Estándares de calificación de inspección militar
2. El peso cumple las siguientes condiciones. Los niños no deben exceder el 30% del peso estándar (peso estándar kg = altura cm-110) y no deben ser inferiores al 15% del peso estándar; para las niñas, no deben exceder el 20% del peso estándar y no deben ser inferiores al 30% del peso estándar; 15% del peso estándar.
3. Serán descalificados aquellos con traumatismo craneoencefálico, malformación cerebral, antecedentes de cirugía cerebral o síndrome postraumático.
En cuarto lugar, el cuello está rígido, con tortícolis evidente y no puede soportar un peso excesivo.
5. Tener enfermedades de huesos, articulaciones y otras y no tener antecedentes de fracturas, y ser capaz de soportar objetos pesados.
6. Si la hiperextensión de la articulación del codo excede los 65438 ± 05 grados y el valgo de la articulación del codo excede los 20 grados, hay falla funcional.
7. Marcha anormal, incapacidad para ponerse en cuclillas con normalidad, longitud desigual de los dos miembros inferiores mayor a 2 cm, distancia entre el cóndilo medial del fémur en genu varum y distancia entre el maléolo medial de la tibia en genu. valgo mayor a 7cm, descalificación.
8. El cuerpo no está mutilado ni deformado.
9. Se descalifican los tatuajes en partes del cuerpo, la longitud de los tatuajes en otras partes expuestas supere los 3 cm y la longitud de los tatuajes en otras partes supere los 10 cm.
X. El canal auditivo está bloqueado y la prueba de susurro bilateral es inferior a 5 m, por lo que el paciente no pasa la prueba.
11. La agudeza visual no corregida del ojo derecho es inferior a 4,6 y la agudeza visual no corregida del ojo izquierdo es inferior a 4,5.
Base legal: Normas de examen físico para academias militares
Artículo 2: Estas normas se aplican al reclutamiento de soldados, graduados de escuelas secundarias ordinarias y estudiantes de posgrado locales en academias militares y de policía armada. y al reclutamiento de colegios y universidades ordinarios. Selección de estudiantes de defensa nacional y examen físico de egresados de colegios y universidades militares ordinarios. [1]Capítulo 2 Artículos Quirúrgicos
Artículo 3: Están calificados los hombres con una altura de 162 cm o más y las mujeres con una altura de 160 cm o más.
Incluyendo:
(1) Armadura mayor: altura 162 ~ 178 cm;
(2) Barco de superficie y submarino mayor: altura masculina 162 ~ 182 cm, altura femenina 160 ~ 182 cm;
(3) Mayor de buceo: altura 168 ~ 185 cm;
(4) Asistente de vuelo mayor: altura 168 cm o más; (5) Operaciones especiales mayores: los hombres deben medir 170 cm o más (165 cm o más si están en buena condición física), las mujeres deben medir 165 cm o más.
Se califica el cuarto peso si cumple las siguientes condiciones:
(1) Macho: el peso no supera el 30% del peso estándar (peso estándar kg = altura cm- 110) y no supera menos del 15% del peso corporal estándar. Entre ellos, el peso de la carrera de musicología no podrá exceder el 35% del peso estándar.
(2) Hembras: El peso no debe exceder el 20% del peso estándar ni ser inferior al 15% del peso estándar. Entre ellos, el peso de la danza mayor no podrá ser inferior al 20% del peso estándar.
Artículo 5: Se descalifican el traumatismo craneoencefálico, la malformación cerebral, el antecedente de cirugía cerebral y el síndrome postraumático.
Artículo 6. La función de movimiento del cuello es limitada y el grado de tortícolis, bocio simple o superior no está calificado.
Artículo 7: No se califican los tumores de mama, el síndrome de desarrollo mamario severo en hombres y la hiperplasia mamaria severa en mujeres.
Artículo 8 Enfermedades o lesiones de huesos, articulaciones y bolsas y sus secuelas, deformidades óseas y articulares, escoliosis, deformidades torácicas, luxaciones habituales, fracturas de cuello, tórax y vértebras lumbares y fracturas graves de Los antecedentes de las extremidades, la hernia de disco lumbar, la espondilitis anquilosante y las enfermedades de la vaina del tendón que afectan la función de las extremidades no están calificadas.
Las siguientes condiciones son elegibles:
(1) Fracturas simples de extremidades, 1 año después de la curación, la película de rayos X muestra que la línea de fractura desaparece, la reducción es buena y no hay disfunción ni secuelas ((Excepto para especialistas en transporte aéreo);
(2) El chasquido de articulaciones excluye enfermedades o lesiones de huesos y articulaciones y no afecta las funciones normales;
(3) La enfermedad de Kashin-Beck solo se refiere a los dedos de los pies y las articulaciones de los pies Gruesos, sin síntomas conscientes y deterioro funcional (excepto para especialistas en comando);
(4) Deformidad torácica leve (excepto para comando, submarino, buceo y aerotransportado).
Artículo 9: La articulación del codo está hiperextendida en más de 15 grados, la articulación del codo está en valgo en más de 20 grados, o la articulación del codo no excede los requisitos anteriores pero tiene disfunción y es descalificada.
Artículo 10: La longitud de los miembros inferiores es desigual en más de 2 cm, la distancia entre el cóndilo medial del fémur en genu varum y el maléolo medial de la tibia en genu valgum excede de 7 cm (más de 4 cm en profesional aéreo), o la marcha no excede las normas anteriores Anormal, no calificado.
El undécimo dedo de la mano y del pie están mutilados o deformados, el arco plantar ha desaparecido por completo y el pie está muy agrietado y no supera la prueba.
Artículo 12: Tumores malignos, tumores benignos y quistes de longitud y diámetro superior a 1 cm en la cara y cuello; tumores benignos y quistes de longitud y diámetro superior a 3 cm en los demás; partes de la cara, o aquellas que no excedan las normas anteriores pero afecten la función y estén entrenados, no calificados.
Artículo 13 Son cicatrices las que tienen una longitud superior a 3 cm en la cara o el cuello o tienen funciones afectadas. No están calificadas las que afectan funciones en otras partes del cuerpo.