Varias disposiciones sobre la prevención y el tratamiento del SIDA en la prefectura autónoma kazaja de Ili
Artículo 1. Con el fin de prevenir y controlar la propagación y propagación del SIDA y proteger la salud humana y la higiene pública, de conformidad con el "Reglamento para la Prevención y Control del SIDA" del Consejo de Estado, el El "Reglamento sobre la prevención y el control del SIDA en la Región Autónoma Uygur de Xinjiang" y las leyes, reglamentos y reglamentos pertinentes se formulan en función de las condiciones reales de la prefectura autónoma. Artículo 2 Este reglamento se aplica a la prevención y el control del SIDA y su supervisión y gestión dentro de las áreas administrativas de los condados y ciudades directamente bajo la prefectura autónoma. Artículo 3: El trabajo de prevención y control del SIDA implementará el sistema de responsabilidad de los jefes administrativos de los gobiernos populares en todos los niveles y se incluirá en el sistema de responsabilidad objetivo y evaluación del desempeño de los gobiernos populares en todos los niveles.
Establecer un mecanismo de trabajo de cuatro niveles para la prevención y el control del SIDA en los comités de estado, condado, ciudad, municipio (oficina de subdistrito) y aldea (vecindario). Se deben establecer instituciones de trabajo para la prevención y el control del SIDA en las áreas. con graves epidemias de SIDA y dotado de personal dedicado a hacerse cargo del trabajo de prevención y control del SIDA. Artículo 4 Los gobiernos populares de los estados, condados y ciudades incluirán los fondos para la prevención y el control del SIDA en el presupuesto fiscal al mismo nivel y aumentarán la inversión financiera en el trabajo de prevención y control del SIDA año tras año para garantizar los fondos necesarios para la publicidad y educación, prevención y control, seguimiento y pruebas, atención y tratamiento, y supervisión y gestión. Artículo 5: Implementar un sistema gratuito de consulta y prueba prematrimonial de SIDA.
Tanto los hombres como las mujeres que quieran casarse deben acudir a instituciones médicas y de salud autorizadas por el departamento de administración de salud para recibir consultas y pruebas gratuitas de SIDA.
Se deben anunciar al público las direcciones y la información de contacto de las instituciones médicas y de salud que brindan servicios gratuitos de consulta y pruebas de SIDA. Artículo 6: Implementar un sistema gratuito de consulta y prueba de VIH para mujeres embarazadas y acostadas.
Las instituciones médicas y de salud, las instituciones de servicios técnicos de planificación familiar y las instituciones de atención de salud maternoinfantil deben proporcionar pruebas y exámenes de detección del VIH gratuitos a las mujeres embarazadas, así como consultas gratuitas sobre transmisión maternoinfantil, orientación prenatal y asesoramiento. y Servicios de intervención, visitas posparto, seguimiento infantil y pruebas. Artículo 7 Los departamentos de recursos humanos y seguridad social y el departamento administrativo de salud incluirán el costo de las pruebas del VIH en el alcance del seguro médico para empleados y residentes urbanos y el nuevo diagnóstico y tratamiento médico cooperativo rural. Artículo 8 Las personas propensas a la infección por VIH en lugares públicos de riesgo, como hoteles, hoteles, baños, salones de belleza, servicios de entretenimiento y otros lugares públicos comerciales, se someterán a pruebas de VIH cada seis meses y los operadores no organizarán personal que no haya pasado la prueba; Pruebas de VIH De guardia. Artículo 9 Los gobiernos populares de los estados, condados y ciudades deben establecer un mecanismo de coordinación para la prevención del SIDA y el trabajo de control de drogas, y los departamentos administrativos de seguridad pública, salud, asuntos civiles y supervisión de medicamentos y alimentos deben coordinar y cooperar activamente para establecer el mantenimiento comunitario de medicamentos. Instituciones de tratamiento en zonas de concentración de drogadictos. Intercambiar puntos de trabajo con agujas de limpieza.
Los órganos administrativos judiciales deben trabajar con los gobiernos populares de los municipios y las oficinas de los subdistritos para brindar educación sanitaria sobre la prevención y el tratamiento del VIH/SIDA a los drogadictos dentro de su jurisdicción, y cada grupo objetivo debe recibir al menos una educación sanitaria. Artículo 10: El departamento administrativo de salud promoverá medidas para prevenir la propagación del SIDA a las personas infectadas por el VIH y a los pacientes con SIDA, así como a los grupos que necesiten tomar medidas.
Las instituciones médicas a nivel estatal y de condado deberían establecer centros de tratamiento antiviral y proporcionar tratamiento antiviral gratuito a los pacientes con SIDA.
Los órganos judiciales deben cooperar con el departamento de salud en la prevención y el tratamiento de la intervención conductual del VIH/SIDA para los detenidos en centros de detención, centros de detención, centros de rehabilitación de drogas aislados obligatorios, prisiones, campos de trabajo y otros lugares de supervisión.
Los departamentos competentes de población y planificación familiar deberían, en colaboración con los servicios técnicos de planificación familiar, distribuir preservativos gratuitamente a las personas en edad fértil. Artículo 11 Las personas infectadas por el VIH y los pacientes con SIDA deberán informar a sus cónyuges y a quienes tengan relaciones sexuales con ellos sobre el hecho de la infección dentro de los diez días siguientes a su conocimiento y tomarán las medidas de protección necesarias para prevenir la infección de otros. Si la notificación no se realiza dentro del plazo, la agencia de prevención y control de enfermedades se lo notificará en su nombre. Artículo 12 Los contenidos no previstos en esta normativa se implementarán de conformidad con la normativa nacional y autonómica correspondiente. Artículo 13 El presente reglamento entrará en vigor el 1 de julio de 2012.