¿Qué conductas constituyen violaciones de las normas de gestión de medicamentos y serán castigadas?
Quien viole las leyes y reglamentos de gestión de medicamentos y sea lo suficientemente grave como para poner en peligro la salud humana, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años o prisión penal, y será multado también o únicamente; cause daño grave a la salud humana o concurra otras circunstancias graves, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de siete años, y además será multado:
1. vender medicamentos prohibidos por el departamento de regulación de medicamentos del Consejo de Estado;
2 No obtener medicamentos Producir e importar medicamentos con los documentos de aprobación pertinentes, o vender medicamentos a sabiendas de que son los medicamentos mencionados anteriormente;
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3. Proporcionar certificados, datos, materiales, muestras falsos o utilizar otros medios engañosos al solicitar el registro de medicamentos;
4.
Base Jurídica
Artículo 142-1 de la "Ley Penal": El que viole las normas de gestión de medicamentos y concurra alguna de las siguientes circunstancias, que sea suficiente para poner en grave peligro la salud humana, será condenado a tres años de prisión de duración determinada o detención penal, y concurrente o únicamente con multa, quienes causen daños graves a la salud humana u otras circunstancias graves, serán condenados a pena de prisión de duración determinada no inferior a tres años; pero no más de siete años, y también será multado:
(1) Producir y vender medicamentos prohibidos por el departamento regulador de medicamentos del Consejo de Estado (2) Producir e importar medicamentos sin obtener documentos de aprobación de medicamentos; o venderlos a sabiendas de que son los medicamentos antes mencionados;
(3) Solicitar el registro de medicamentos Proporcionar certificados, datos, información, muestras falsos o utilizar otros medios engañosos;
( 4) Elaboración de registros de producción e inspección.
Quien cometa los hechos mencionados en el párrafo anterior y al mismo tiempo constituya los delitos previstos en los artículos 141 y 142 de esta Ley u otros delitos, será condenado y castigado conforme a lo dispuesto en las penas más severas.