¿Qué son "licitación fraudulenta, manipulación de licitaciones y acompañamiento de licitaciones"?
Las ofertas cruzadas y las ofertas generalmente se pueden resumir en dos situaciones:
(1) La unidad de oferta se confabula con la unidad de oferta para ofertar.
Las unidades licitadoras operan de forma privada y hacen todo lo posible por diversos medios. Antes de entrar al proceso de licitación, las unidades postoras ya han seleccionado las unidades que están interesadas en ganar la licitación, para luego realizar los trámites en el mercado físico de la construcción, convirtiendo el sistema de licitación en una mera formalidad. Algunas empresas hacen grandes esfuerzos por encontrar negocio. Para conseguir el compromiso privado de la unidad constructora, recurren a diversos trucos, establecen conexiones emocionales y entretienen de todas las formas posibles. El resultado será inevitablemente un desperdicio de mucha mano de obra, recursos materiales y financieros.
(B) Colusión entre postores
Antes de pujar, todos los postores acuerdan qué postor ganará la oferta y otros acompañarán la oferta, y luego el postor ganador dará una cierta proporción o se distribuirá a los postores una determinada cantidad de "beneficios razonables" como remuneración. En términos generales, el acuerdo entre las partes tiene un cierto grado de naturaleza contractual a largo plazo. Una vez formado, esta forma se convertirá en una "regla oculta" reconocida por todos.
El concepto de “acompañar la norma” es muy típico. ¿Qué es un socio? Una agencia de gestión pública o una empresa pública es la unidad licitadora, y la Parte A negocia en privado con la agencia o unidad a qué precio (precio bajo causado por la corrupción) tomar el recurso o proyecto, pero la ley nacional exige la transferencia o contratación mediante licitación. No les resulta difícil conseguir que los comerciantes B, C y D, que en realidad no hacen ofertas, hagan ofertas falsas. Al mismo tiempo, el diseño está diseñado deliberadamente para que el público (incluidos los comerciantes que realmente deseen y puedan participar en la licitación) no pueda conocer ni participar en la transmisión y el momento de la información de la licitación. De esta manera, los socios A, B, C y D constituyen múltiples entidades licitadoras formales, dando a las actividades de licitación un manto legal. Por supuesto, los postores no están ocupados en vano. La parte A no sólo tiene que soportar los distintos costes de su participación en una licitación falsa, sino que también le paga un determinado número de puntos o una determinada proporción de remuneración. Los puntos o las proporciones incluso han formado reglas en la industria.
Tomemos como ejemplo la "Ley de Licitaciones y Licitaciones" que entró en vigor el 5 de junio de 38 + 1 de octubre de 2000. El artículo 53 de la Ley estipula: Si los licitadores se confabulan entre sí en la licitación o con el licitador, y si el licitador busca ganar la licitación sobornando al licitador o a los miembros del comité de evaluación de la oferta, la oferta ganadora será inválida y se impondrá una multa. del mil por ciento del monto del proyecto ganador, se impondrá una multa no menor del 5% ni mayor del 10% de las ganancias ilegales, si las hubiere, las ganancias ilegales de primera mano; También se impondrá, si las circunstancias son graves, las calificaciones de la persona para participar en licitaciones de proyectos que de acuerdo con la ley requieran licitación, se cancelarán por uno o dos años, y se anunciarán hasta que la administración industrial y comercial la revoque; su licencia comercial; si se constituye delito, la responsabilidad penal se perseguirá conforme a la ley. Quien cause daños a otros será responsable de una indemnización conforme a la ley. Veamos el artículo 223 de la Ley Penal: Los licitadores que se confabulan entre sí en la licitación y cotización, perjudicando los intereses del licitador o de otros licitadores, y las circunstancias son graves, serán sancionados con pena privativa de libertad de no más de tres años o prisión penal, y será también o únicamente multada. Si un postor y un licitador se confabulan en la licitación y lesionan los derechos e intereses legítimos del Estado, de los colectivos y de los ciudadanos, serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior.
Sólo a partir del análisis de las normas legales de estas entidades, encontraremos que las licitaciones colusorias son un asunto con riesgos legales extremadamente bajos y enormes ganancias. Aquellos que se confabulen en las licitaciones y paguen sobornos a los evaluadores de ofertas sólo serán multados con menos del 1% una vez descubiertos; si las circunstancias son graves, sus calificaciones para participar en las licitaciones serán revocadas por uno o dos años; Incluso si es lo suficientemente grave como para constituir un delito, sólo se castiga con una pena de prisión de duración determinada no superior a tres años o con detención penal. Se pueden suspender penas de prisión de hasta tres años, pero se puede seguir haciendo negocios sin ser detenido. En las zonas desarrolladas de nuestro país, el robo de 1.000 yuanes se considera un caso de "gran cantidad" y constituye un delito de hurto, que también se castiga con una pena de prisión de no más de tres años o detención penal. En comparación, ¡qué "rentable" es la colusión en las ofertas! Además, incluso si se hace, es difícil detectarlo, al igual que aceptar sobornos y cometer adulterio. Desde la perspectiva de las especificaciones procesales y los mecanismos de aplicación, incluso una responsabilidad jurídica mínima es difícil de lograr. Se puede juzgar comprobando el número de casos de este tipo publicados.
No es necesario utilizar ninguna teoría jurídica de análisis económico, ni ningún principio de atribución de "análisis de beneficio (coste-beneficio)", ni siquiera la necesidad de estudiar hechos relevantes. Podemos juzgar por las propias normas que el sistema actual tiene graves defectos.