Red de conocimientos sobre prescripción popular - Cuidado de la salud en otoño - ¿Se puede transferir el contrato de cooperación entre la aldea y la empresa?

¿Se puede transferir el contrato de cooperación entre la aldea y la empresa?

Análisis jurídico: Ambas partes llegan a un acuerdo y el contrato puede ser transferido. La formación de un contrato, también llamado celebración, es la unificación de los comportamientos dinámicos y acuerdos estáticos de ambas partes del contrato. Incluye tanto todo el proceso dinámico de contacto y negociación entre las partes contratantes antes de llegar a un acuerdo, como el acuerdo formado después de que las dos partes llegan a un acuerdo y determinan los términos o términos principales del contrato. En términos generales, un contrato es un acto jurídico entre las dos partes y sólo puede establecerse si ambas partes llegan a un consenso. En otras palabras, celebrar un contrato es un proceso dinámico, independientemente de cómo se celebre un acuerdo, debe pasar por dos etapas. : oferta y aceptación.

Base jurídica: “Código Civil de la República Popular China”

Artículo 543 Las partes podrán negociar la modificación del contrato.

Artículo 544: Si las partes no se ponen de acuerdo expresamente sobre el contenido de la modificación del contrato, se presume que el contrato no ha sido modificado.

Artículo 545: Un acreedor podrá transferir todo o parte de sus derechos de acreedor a un tercero, salvo en una de las siguientes circunstancias:

(1) Según la naturaleza del derechos del acreedor No transferible;

(2) No transferible según el acuerdo de las partes;

(3) No transferible según la ley.

Si las partes acuerdan que los créditos no monetarios no pueden transferirse, no podrán enfrentarse a un tercero de buena fe. Si las partes convienen en que el derecho del acreedor es intransferible, no podrán luchar contra un tercero.

Artículo 546: Si no se notifica al deudor la transferencia de sus derechos, la transferencia no producirá efectos contra el deudor.

La notificación de cesión de derechos del acreedor no será revocada sino con el consentimiento del cesionario.

Artículo 547: Cuando un acreedor transfiere un derecho de acreedor, el cesionario obtendrá derechos accesorios relacionados con el crédito, salvo que los derechos accesorios pertenezcan exclusivamente al acreedor.

La adquisición de derechos subordinados por parte del cesionario no se verá afectada por la falta de cumplimiento de los trámites de registro de transmisión o transferencia de posesión de los derechos subordinados.

Artículo 548: Recibida la notificación de transferencia de los derechos del acreedor, el deudor podrá hacer valer sus derechos contra el cesionario basándose en la defensa del transmitente.

Artículo 549 En cualquiera de las siguientes circunstancias, el deudor podrá reclamar compensación al cesionario:

(1) Cuando el deudor reciba una notificación de transferencia de los derechos del acreedor, el deudor deberá tiene derechos contra el cedente y los derechos del deudor vencen antes o al mismo tiempo que los derechos transferidos;

(2) Los derechos del deudor y los derechos transferidos se basan en el mismo contrato.

Artículo 550: El incremento de los costos de ejecución por la transmisión de los derechos del acreedor será a cargo del enajenante.

Artículo 551: Si un deudor transfiere todo o parte de su deuda a un tercero, deberá obtener el consentimiento del acreedor.

El deudor o un tercero podrá instar al acreedor a que preste su consentimiento dentro de un plazo razonable. Si el acreedor no manifiesta su consentimiento, se entenderá que no está de acuerdo.

Artículo 552: Si un tercero conviene con el deudor en acumular la deuda y lo notifica al acreedor, o el tercero manifiesta su voluntad de unir la deuda al acreedor, y el acreedor no se niega expresamente dentro del plazo En un plazo razonable, el acreedor podrá solicitar que el tercero soporte deudas solidarias con el deudor dentro del alcance de las deudas que este esté dispuesto a soportar.

Artículo 553: Si un deudor transfiere su deuda, el nuevo deudor podrá hacer valer la defensa del deudor original frente al acreedor. Si el deudor original disfruta de los derechos del acreedor, el nuevo deudor no podrá reclamar compensación al acreedor.

Artículo 554: Si un deudor transfiere una deuda, el nuevo deudor soportará las deudas subordinadas relacionadas con la deuda principal, salvo que las deudas subordinadas pertenezcan exclusivamente al deudor original.

Artículo 555: Una parte puede transferir sus derechos y obligaciones en el contrato a un tercero con el consentimiento de la otra.

Artículo 556: Si se transfieren al mismo tiempo los derechos y obligaciones del contrato, se aplicarán las disposiciones pertinentes sobre transferencia de créditos y deudas.