Reglamento sobre la Administración de Importaciones y Exportaciones de Precursores Químicos
Los departamentos (oficinas) de economía y comercio exterior de todas las provincias, regiones autónomas, municipios directamente dependientes del Gobierno Central y ciudades bajo planificación estatal separada (en adelante, "departamentos económicos y de comercio exterior locales") son responsables de la gestión de la importación y exportación de sustancias químicas que puedan utilizarse para producir drogas en sus respectivas regiones, y aceptan la responsabilidad del Ministerio de Comercio Exterior y Cooperación Económica de Supervisión y orientación sobre la gestión de la importación y exportación de precursores químicos.
Las empresas administradas por el gobierno central son responsables de la gestión de importación y exportación de precursores químicos de la empresa y sus empresas subordinadas de importación y exportación, y aceptan la supervisión y orientación del Ministerio de Comercio Exterior y Cooperación Económica. sobre la gestión de las importaciones y exportaciones de precursores químicos. Artículo 4 El Estado implementa la gestión de licencias para la importación y exportación de precursores químicos. Cualquier empresa o unidad que importe o exporte precursores químicos de cualquier forma debe informar al Ministerio de Comercio Exterior y Cooperación Económica para su aprobación. Capítulo 2 Gestión de importaciones y exportaciones Artículo 5 El estado controla estrictamente el comercio de precursores químicos con países (regiones) donde la producción y el tráfico de drogas son graves, y está estrictamente prohibido que las empresas de importación y exportación interactúen con empresas ilegales en países sensibles ( regiones) donde la producción y el tráfico de drogas son graves. Artículo 6 El Estado implementa monitoreo y control clave sobre las empresas autorizadas de importación y exportación de precursores químicos. Una vez que la Comisión Nacional de Control de Estupefacientes apruebe el catálogo de productos clave monitoreados y la lista de empresas aprobadas, el Ministerio de Comercio Exterior y Cooperación Económica los anunciará e implementará. Artículo 7 Todas las empresas dedicadas a la importación y exportación de precursores químicos (en lo sucesivo denominadas empresas de importación y exportación) deben tener derecho a realizar actividades de comercio exterior. Artículo 8 Inspección del negocio de importación y exportación de precursores químicos.
(1) Todas las empresas de importación y exportación que hayan sido aprobadas para realizar comercio de precursores químicos deberán, de conformidad con el principio de gestión empresarial centralizada, informar los precursores químicos del trimestre anterior dentro de los 10 días siguientes a al final de cada trimestre, la importación, venta y uso de productos químicos, o la exportación y envío de productos químicos precursores, se informarán a las autoridades económicas y de comercio exterior locales o a las empresas administradas centralmente.
(2) Las autoridades locales de economía y comercio exterior deben supervisar a las empresas exportadoras para que informen a tiempo e inspeccionen periódicamente las ventas y el uso de precursores químicos por parte de las empresas importadoras y exportadoras, e informen a las empresas dentro de un mes después del final. del trimestre anterior La información y los resultados de las inspecciones se resumen al Ministerio de Comercio Exterior y Cooperación Económica.
Las empresas administradas centralmente son responsables de informar oportunamente e inspeccionar periódicamente las ventas y el uso de precursores químicos de la empresa y sus empresas subordinadas de importación y exportación, y resumirán la situación y los resultados de la inspección dentro del mes siguiente. al final del trimestre anterior. Ministerio de Comercio Exterior y Cooperación Económica.
(3) El Ministerio de Comercio Exterior y Cooperación Económica llevará a cabo inspecciones periódicas o irregulares de la gestión de las importaciones y exportaciones de precursores químicos por parte de las autoridades económicas y de comercio exterior locales y de las empresas administradas centralmente. Artículo 9 La importación y exportación de precursores químicos por empresas con inversión extranjera se gestionará de conformidad con las disposiciones del "Aviso sobre la publicación de los principios y procedimientos para la aprobación de la importación y exportación de precursores químicos" del Ministerio de Comercio Exterior y Cooperación Económica. por empresas con inversión extranjera" ([1997] Nº 197). Capítulo 3 Procedimientos de solicitud y aprobación Artículo 10 Las empresas de importación y exportación solicitarán la importación o exportación de precursores químicos de conformidad con este reglamento.
(1) Las empresas administradas centralmente solicitan al Ministerio de Comercio Exterior y Cooperación Económica la importación o exportación de precursores químicos.
(2) Las empresas locales de importación y exportación o las empresas administradas centralmente presentan solicitudes a las autoridades económicas y de comercio exterior locales o a las empresas administradas centralmente, y las presentan al Ministerio de Comercio Exterior y Cooperación Económica para su aprobación después de su revisión. . Artículo 11 Cuando las empresas de importación y exportación soliciten a las autoridades económicas y de comercio exterior locales o empresas de administración centralizada, y cuando las empresas de administración central soliciten al Ministerio de Comercio Exterior y Cooperación Económica, deberán presentar los siguientes documentos:
(1) Sellos de importación y exportación El formulario de solicitud para la importación (exportación) de precursores químicos con el sello oficial de la empresa (véanse los anexos 2 y 3, en adelante denominado "el formulario de solicitud") se realiza en dos copias. Una copia será enviada al Ministerio de Comercio Exterior y Cooperación Económica por el departamento económico y de comercio exterior local o la empresa administrada centralmente y la otra copia será retenida por el departamento económico y comercial exterior local o la empresa administrada centralmente.
(2) Certificado de calificación empresarial de importación y exportación (original).
(3) Si los precursores químicos se importan (exportan) a través del comercio general, se debe proporcionar el contrato de importación (exportación) (original).
(4) Si los precursores químicos se importan a través del comercio de procesamiento, el documento de aprobación del comercio de procesamiento (original), el contrato comercial de procesamiento firmado con empresarios extranjeros (original) y el contrato comercial de procesamiento firmado con empresas procesadoras nacionales y Se deben proporcionar empresas de producción. Acuerdo (original).
(5) Al solicitar la exportación de precursores químicos de la categoría 11 enumerados en el Anexo 1 de este reglamento, las empresas exportadoras dedicadas al comercio de precursores químicos deben proporcionar al departamento gubernamental competente del país usuario final (región ) Licencia de importación expedida (original) o certificado de uso legal (original). Si es necesario reexportar la exportación a través de un tercer país (región), el tercer país debe proporcionar los documentos e información anteriores al mismo tiempo.
(6) Un depósito (original) emitido por el departamento de gestión superior de una empresa de importación y exportación dedicada al comercio de precursores químicos para que sus empresas subordinadas importen precursores químicos. El contenido de la garantía incluye: el nombre, dirección postal, número de contacto y fax de la empresa importadora y del usuario final nacional, el nombre, la cantidad y el propósito de los bienes importados, asegurando que los precursores químicos importados se utilicen para la producción normal y no se utilizan para fabricar drogas ni fluyen hacia canales ilegales de fabricación de drogas, no se reexportan ni reexportan.
Carta de garantía (original) emitida por la empresa importadora de precursores químicos administrada centralmente para la empresa o sus empresas subordinadas de importación y exportación, el contenido relevante es el mismo que el anterior.
Carta de garantía (original) emitida por una empresa importadora dedicada al comercio de precursores químicos. El contenido relevante es el mismo que el anterior.