Reglamento del Ministerio de Salud sobre Renovación de Certificados de Registro de Medicamentos Importados
1. Documentos que acrediten la producción y venta del medicamento por parte. la autoridad sanitaria del país productor;
2. Instrucciones de uso de los medicamentos;
3. Después de obtener el "Certificado de Registro de Medicamentos Importados", si se cumplen los estándares de calidad del producto y los procesos de producción. Para cambiar, se deben presentar nuevos estándares de calidad.
Los materiales anteriores deben traducirse al chino. Artículo 4 La Oficina de Administración y Supervisión Médica del Ministerio de Salud procesa las solicitudes de renovación de licencias de acuerdo con los siguientes principios:
1. Pueden ser todas las variedades con eficacia comprobada y calidad confiable requeridas para la producción de medicamentos clínicos o nacionales. renovado con el Certificado de "Registro de Medicamentos Importados"";
2. Si la eficacia es incierta o controvertida, la verificación clínica debe reprogramarse y reevaluarse antes de decidir si se renueva el certificado de registro de medicamentos importados;
3. Si hay variedades que se han producido en China y pueden satisfacer las necesidades médicas, y cuya calidad no es inferior a la de los productos extranjeros, el "Certificado de Registro de Medicamentos Importados" ya no se renovará. Artículo 5 Para las variedades cuyos certificados no hayan sido renovados, los importadores nacionales no firmarán contratos de importación a partir de la fecha de vencimiento del "Certificado de Importación de Medicamentos" o del "Certificado de Registro de Importación de Medicamentos" original. Para los contratos de importación firmados antes del vencimiento y las variedades que lleguen después del vencimiento, la oficina de inspección de drogas del puerto puede aceptar la inspección. Artículo 6 Las tasas por la renovación de los certificados de registro de medicamentos importados se cobrarán de conformidad con las normas pertinentes. Artículo 7 La Administración de Alimentos y Medicamentos del Ministerio de Salud es responsable de la interpretación de este reglamento. Artículo 8 El presente reglamento entrará en vigor a partir de julio de 1991.