Red de conocimientos sobre prescripción popular - Como perder peso - ¿Cuántas personas serán condenadas por vender drogas ilegales?

¿Cuántas personas serán condenadas por vender drogas ilegales?

Según las regulaciones pertinentes, cualquiera que produzca y venda tres tipos de productos con un precio superior a 50.000 yuanes será considerado penalmente responsable. La pena por vender productos tres-no es: prisión de duración determinada no superior a tres años o prisión penal, y multa si causa daño grave a la salud humana u otras circunstancias graves, la persona será condenada a pena de duración determinada; prisión no menor de tres años ni mayor de diez años, y multa con causa de muerte; o si concurrieren otras circunstancias especialmente graves, será sancionada con pena privativa de libertad superior a diez años, cadena perpetua o muerte, y También será multado o confiscado sus bienes.

Los estándares de sentencia para la venta de productos tres-no son:

1. Cualquier persona con un monto de ventas de más de 50.000 yuanes pero menos de 200.000 yuanes será sentenciado a prisión de duración determinada. de no más de dos años o prisión penal, y también será multado por ventas con multa no menor del 50% pero no mayor del doble del monto de las ventas.

2. 200.000 yuanes pero menos de 500.000 yuanes, será condenado a una pena de prisión fija de no menos de dos años pero no más de siete años y una multa no inferior al 100% del importe de las ventas. 50% pero no más del doble de la cantidad;

3 si el monto de las ventas es superior a 500.000 yuanes pero inferior a 2 millones de yuanes, será condenado a una pena de prisión fija de no menos de siete años. y también será multado con no menos del 50% del monto de las ventas. Una multa de no más del doble del monto.

4 Si el monto de las ventas excede los 2 millones de yuanes, será sentenciado a 15 años. con prisión o cadena perpetua, y además será multado no menos del 50% del monto de las ventas pero no más del doble del monto, o se le confiscarán sus bienes.

Base jurídica:

Ley Penal de la República Popular China

Artículo 140: Producir y vender productos falsificados e inferiores, adulterar o adulterar productos con el fin de Quien haga pasar un producto falso como genuino, un producto de calidad inferior como un buen producto o un producto de calidad inferior como un producto calificado, y el monto de las ventas sea superior a 50.000 yuanes pero inferior a 200.000 yuanes, será condenado a pena de prisión de duración determinada de no más de dos años o detención penal, y también o únicamente será multado con no menos del 50% menos de 200.000 yuanes. Cualquier persona con un monto de ventas superior a 200.000 yuanes pero inferior a 500.000 yuanes será condenada a una pena de prisión de no menos de dos años pero no más de siete años y una multa de no menos del 50% pero no más de dos. veces el monto de las ventas es superior a 500.000 yuanes pero no más de 2 millones. Si el monto de las ventas excede los 2 millones de yuanes, será condenado a una pena de prisión de no menos de siete años y una multa de no menos de 500.000 yuanes; menos del 50% pero no más del doble del monto de las ventas si el monto de las ventas excede los 2 millones de yuanes, será sentenciado a una pena de prisión de no menos de 15 años o cadena perpetua y también se le impondrá una multa de no menos del 50%; del monto de las ventas pero no más del doble del monto del monto de las ventas. Se impondrá una multa de no menos de cincuenta pero no más del doble del monto o confiscación de bienes.

Artículo 141 El que produzca o venda medicamentos falsificados, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años o prisión preventiva y también será multado por el delito de producción, venta o suministro de medicamentos falsificados; daño grave a la salud humana o si concurre otras circunstancias graves, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años, y también será multado si causa la muerte o concurre otras particularmente; En circunstancias graves, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de diez años ni mayor de diez años, o con la muerte, y también se le impondrá multa o se le confiscarán sus bienes.

El drogadicto que, a sabiendas, proporcione a otros para su uso medicamentos falsificados, será sancionado de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior.

Artículo 142: Delito de producción, venta y suministro de drogas de calidad inferior. Quien produzca y venda medicamentos de calidad inferior y que causen graves daños a la salud humana, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años, y también multa. Si las consecuencias fueran especialmente graves, el infractor será condenado a pena privativa de libertad no inferior a diez años o a cadena perpetua, y además se le impondrá una multa o se le confiscarán bienes.

El drogadicto que, a sabiendas, proporcione a otros drogas de calidad inferior, será sancionado de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior.

Artículo 142-1 Quien cometa el delito de obstrucción a la administración de medicamentos y viole las normas de administración de medicamentos y incurra en cualquiera de las siguientes circunstancias, si las circunstancias son graves y ponen en peligro la salud humana, será sancionado con pena de prisión determinada. pena privativa de libertad no mayor de tres años o prisión preventiva, y también será sancionado con: O multa sola si causare daño grave a la salud humana o concurrieren otras circunstancias graves, será sancionado con pena privativa de libertad no menor; de tres años pero no más de siete años, y también será multado:

(1) El departamento regulador de medicamentos del Consejo de Estado prohíbe la producción de medicamentos para la venta;

( 2) Producir, importar o vender medicamentos a sabiendas sin obtener documentos de aprobación de medicamentos;

(3) Proporcionar certificados falsos en solicitudes de registro de medicamentos, datos, información y muestras o utilizar otros medios engañosos;

(4) Fabricar registros de producción e inspección.

Si la conducta del párrafo anterior constituye simultáneamente un delito u otro de los previstos en los artículos 141 y 142 de la Ley de Costas, será condenada y sancionada conforme a lo dispuesto en la pena más grave.