Red de conocimientos sobre prescripción popular - Como perder peso - Aviso del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y la Administración Estatal de Alimentos y Medicamentos sobre la emisión de las "Medidas Provisionales para la Gestión de Farmacias Minoristas Designadas bajo el Seguro Médico Básico para Empleados Urbanos"

Aviso del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y la Administración Estatal de Alimentos y Medicamentos sobre la emisión de las "Medidas Provisionales para la Gestión de Farmacias Minoristas Designadas bajo el Seguro Médico Básico para Empleados Urbanos"

Artículo 1 Con el fin de fortalecer y estandarizar la gestión de las farmacias minoristas designadas para el seguro médico básico para los empleados urbanos, este documento se formula de conformidad con la "Decisión del Consejo Estatal sobre el establecimiento de un seguro médico básico Sistema para Empleados Urbanos" (Guofa [1998] No. 44). Artículo 2 El término "farmacias minoristas designadas" como se menciona en estas Medidas se refiere a tiendas minoristas que han sido calificadas por el departamento administrativo regional coordinador de trabajo y seguridad social y determinadas por la agencia de seguro social para brindar servicios de dispensación de recetas médicas básicas para los empleados urbanos. participantes del seguro. farmacia. La subcontratación de recetas se refiere al comportamiento de los asegurados que compran medicamentos en farmacias minoristas designadas con recetas de instituciones médicas designadas. Artículo 3 Los principios para la revisión y determinación de las farmacias minoristas designadas son: garantizar la variedad y calidad de los medicamentos utilizados en el seguro médico básico; introducir un mecanismo de competencia para controlar razonablemente el costo de los servicios farmacéuticos después de facilitar a los asegurados la compra de medicamentos; buscar tratamiento médico y facilitar el manejo. Artículo 4 Las farmacias minoristas designadas deberán tener las siguientes calificaciones y condiciones:

(1) Poseer la "Licencia de empresa comercial farmacéutica", el "Certificado de empresa comercial farmacéutica" y la "Licencia comercial" y estar aprobadas por el fabricante. supervisión y gestión El departamento ha pasado la inspección anual;

(2) Cumplir con la "Ley de Administración de Medicamentos de la República Popular China" y las regulaciones pertinentes, y tener un sistema de garantía de calidad de medicamentos sólido y completo para garantizar la seguridad, eficacia y calidad del servicio de suministro de medicamentos;

(3) Implementar estrictamente las políticas de precios de medicamentos estipuladas por el país, las provincias (regiones autónomas, municipios directamente dependientes del Gobierno Central) y aprobar la supervisión e inspección del departamento de precios;

(4) Tener la capacidad de brindar atención médica básica oportuna La capacidad de asegurar medicamentos y brindar servicios las 24 horas del día;

(5) Capacidad para garantizar que al menos un farmacéutico esté de servicio durante el horario comercial y que el personal de ventas debe estar capacitado y calificado por el departamento de regulación de medicamentos a nivel de prefectura o superior;

(6) Implementar estrictamente las políticas pertinentes y reglamentos del sistema de seguro médico básico de los empleados urbanos, contar con un sistema de gestión interna estandarizado y equipar con el personal y el equipo de gestión necesarios. Artículo 5 Las farmacias minoristas que estén dispuestas a realizar servicios designados para el seguro médico básico para empleados urbanos deben presentar una solicitud por escrito al departamento administrativo regional de coordinación laboral y de seguridad social y proporcionar los siguientes materiales:

(1) Productos farmacéuticos licencia comercial, calificaciones Copias del certificado y licencia comercial;

(2) Materiales de certificación para los títulos profesionales de técnicos farmacéuticos superiores al nivel de farmacéutico;

(3) Lista de productos farmacéuticos variedades comerciales e ingresos y gastos comerciales del año anterior;

(4) Documentos que demuestren que el medicamento ha pasado la supervisión e inspección por parte de los departamentos de supervisión, administración y precios de medicamentos

(5) Otros materiales especificados por el departamento administrativo del trabajo y seguridad social. Artículo 6: El departamento administrativo de trabajo y seguridad social revisará las calificaciones designadas de las farmacias minoristas con base en sus solicitudes y diversos materiales proporcionados. Artículo 7: La agencia regional coordinadora del seguro social determinará las farmacias minoristas designadas dentro del alcance de las farmacias minoristas que hayan obtenido las calificaciones designadas, emitirá carteles uniformes de las farmacias minoristas designadas y las anunciará al público para que los asegurados opten por comprar medicamentos. Artículo 8 Las agencias de seguro social deben firmar un acuerdo con las farmacias minoristas designadas que cubra el alcance del servicio, el contenido del servicio, la calidad del servicio, los métodos de liquidación de tarifas de medicamentos, la revisión y control de tarifas de medicamentos, etc., para aclarar las responsabilidades, derechos y obligaciones de ambas partes. El acuerdo tiene una validez general de 1 año. Incumplimiento del Acuerdo por cualquiera de las partes. La otra parte tiene derecho a rescindir el contrato, pero deberá notificarlo con antelación a la otra parte y al asegurado y reportarlo al departamento administrativo de trabajo y seguridad social para que conste. Artículo 9: Las recetas externas deben ser emitidas por un médico de una institución médica designada, firmadas por el médico y selladas por la institución médica designada. La receta debe ser revisada y firmada por el farmacéutico y conservada por más de 2 años para su verificación. Artículo 10 Las farmacias minoristas designadas deben estar equipadas con personal de gestión a tiempo completo (a tiempo parcial) para realizar diversas tareas de gestión junto con las agencias de seguro social. Las recetas externas deben gestionarse por separado y establecerse cuentas separadas. Las farmacias minoristas designadas deben informar periódicamente los servicios y gastos de subcontratación de recetas a la agencia regional coordinadora del seguro social. Artículo 11: Las agencias de seguro social deben fortalecer las inspecciones de los servicios de subcontratación de recetas en farmacias minoristas designadas y la revisión de las tarifas. Las farmacias minoristas designadas están obligadas a proporcionar información y listas de cuentas relacionadas con la revisión de gastos. Artículo 12 Las agencias de seguro social deben liquidar las tarifas en su totalidad y a tiempo de acuerdo con las políticas y regulaciones pertinentes del seguro médico básico y los acuerdos firmados con las farmacias minoristas designadas. Las agencias de seguridad social no pagarán tarifas por violaciones de las regulaciones. Artículo 13 El departamento administrativo de trabajo y seguridad social organizará departamentos pertinentes, como las autoridades de supervisión y administración de medicamentos, precios y de la industria farmacéutica, para fortalecer la supervisión e inspección de los servicios de subcontratación de recetas y la gestión de las farmacias minoristas designadas. Las calificaciones de las farmacias minoristas designadas deben revisarse anualmente.

Para las farmacias minoristas designadas que violan las regulaciones, los departamentos administrativos de trabajo y seguridad social pueden ordenarles que hagan correcciones dentro de un límite de tiempo, o cancelar sus calificaciones designadas, según las circunstancias. Artículo 14 El formulario de solicitud de farmacias minoristas designadas será formulado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Artículo 15 Los departamentos administrativos de trabajo y seguridad social de cada provincia (región autónoma y municipio directamente dependiente del Gobierno Central) podrán formular detalles de implementación con base en estas Medidas. Artículo 16 Estas Medidas entrarán en vigor a partir de la fecha de su promulgación.

Formulario de solicitud de farmacia minorista designada (estilo) (omitido)