Sistema de lista negra médica
Lista negra: el objeto al que se dirige la "lista negra" es un comportamiento ilegal o ilegal en términos de manifestaciones externas y un comportamiento que pone en peligro los intereses del público, los intereses de la industria o los intereses corporativos en términos de características internas. . comportamiento. La función de la "lista negra" es restringir el comportamiento de una empresa o desacreditar su crédito. Al suspender el crédito y limitar las capacidades de comportamiento de quienes violan las leyes y reglamentos, desempeña un papel disuasorio y educativo para ellos y para el público. Es un sistema que promueve la integridad social. Un medio eficaz de construcción. El derecho a la salud es el derecho humano más básico. Por tanto, es una violación de los derechos humanos que los hospitales excluyan a los pacientes incluidos en la "lista negra". El sistema de "lista negra" se creó cuando la ley o el mercado fallaban y la atmósfera de integridad social era deficiente. A menudo se trata de una medida impotente, un producto de transición. En respuesta a la violencia hospitalaria, no debemos seguir confundidos e inactivos respecto del crimen y el castigo, sino que debemos establecer leyes y regulaciones pertinentes para gestionarlo y restringirlo.
Solo cuando los órganos de seguridad pública, las fiscalías, la ley y otros organismos sancionen los delitos relacionados con la medicina de conformidad con la ley y exista una gestión de seguridad hospitalaria para disuadir posibles lesiones médicas, podrá garantizarse la seguridad del personal médico. estar garantizado.
Base legal:
"Reglas de Implementación del Reglamento de Gestión de Instituciones Médicas"
Artículo 66 Los departamentos administrativos de salud y planificación familiar en todos los niveles son Responsable de las labores de supervisión y gestión de las instituciones médicas dentro de su jurisdicción.
Artículo 67: En las labores de supervisión y gestión deberá desarrollarse plenamente el papel de los grupos sociales académicos e industriales como la Sociedad de Gestión Hospitalaria y la Asociación de Trabajadores de la Salud.
Artículo 68: Los departamentos administrativos de salud y planificación familiar a nivel de condado o superior establecerán oficinas de supervisión y gestión de instituciones médicas. Las oficinas de supervisión y gestión de las instituciones médicas de todos los niveles llevan a cabo su trabajo bajo la dirección de los departamentos administrativos de salud y planificación familiar del mismo nivel.