¿Cuál es la base legal para que el departamento administrativo de salud supervise la seguridad alimentaria?
Artículo 6 El departamento administrativo de salud del gobierno popular de la provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central organizará la supervisión de la calidad, la administración industrial y comercial, la supervisión y gestión de alimentos y medicamentos, y el comercio. Los departamentos de tecnología de la información, industria y tecnología del mismo nivel, de conformidad con el artículo 11 de la Ley de Seguridad Alimentaria, formularán un plan de monitoreo de riesgos de seguridad alimentaria para esta región administrativa y lo presentarán al departamento administrativo de salud del Consejo de Estado para su presentación.
El departamento administrativo de salud del Consejo de Estado se registrará en los departamentos de supervisión de calidad, administración industrial y comercial, supervisión y administración nacional de alimentos y medicamentos del Consejo de Estado, y los departamentos de comercio, industria y tecnología de la información de el Consejo de Estado.
Artículo 7 El departamento administrativo de salud del Consejo de Estado, junto con los departamentos pertinentes, ajustará el plan nacional de monitoreo de riesgos de seguridad alimentaria de acuerdo con las disposiciones del artículo 12 de la Ley de Seguridad Alimentaria. Si es necesario, con base. sobre la información relevante sobre enfermedades reportada por las instituciones médicas, Ajustar el plan nacional de monitoreo de riesgos de inocuidad de los alimentos.
Después de ajustar el plan nacional de monitoreo de riesgos de seguridad alimentaria, los departamentos administrativos de salud de los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central deberán realizar los ajustes correspondientes al plan de monitoreo de riesgos de seguridad alimentaria. en esta región administrativa según las condiciones específicas de la región administrativa.
Artículo 8 Si una institución médica descubre que los pacientes que trata son pacientes con enfermedades transmitidas por alimentos o intoxicación alimentaria, o pacientes con sospecha de enfermedades transmitidas por alimentos o intoxicación alimentaria, deberá informar de inmediato a la autoridad administrativa de salud. Departamento del gobierno popular local a nivel de condado. Informar información relevante sobre enfermedades.
El departamento administrativo de salud que recibe el informe resumirá y analizará la información relevante sobre la enfermedad, informará de inmediato al gobierno popular del mismo nivel y al mismo tiempo informará al departamento administrativo de salud de nivel superior; Si es necesario, puede informar directamente al departamento administrativo de salud del Consejo de Estado, e informar al gobierno popular del mismo nivel y al departamento administrativo de salud de nivel superior.
Artículo 9 El monitoreo de riesgos de seguridad alimentaria será realizado por instituciones técnicas determinadas por el departamento administrativo de salud del gobierno popular en o por encima del nivel provincial en conjunto con la supervisión de calidad, la administración industrial y comercial, y la administración de alimentos y departamentos de supervisión y gestión de medicamentos del mismo nivel.
Las instituciones técnicas responsables del monitoreo de riesgos de seguridad alimentaria llevarán a cabo trabajos de monitoreo de acuerdo con el plan de monitoreo de riesgos de seguridad alimentaria y el plan de monitoreo para garantizar que los datos de monitoreo sean verdaderos y precisos, e informarán al gobierno provincial en De acuerdo con los requisitos del plan de monitoreo de riesgos de inocuidad de los alimentos y el plan de monitoreo, los departamentos administrativos de salud de los gobiernos populares a nivel provincial o superior y los departamentos que asignan tareas de monitoreo deberán presentar datos de monitoreo y resultados de análisis.
El personal de monitoreo de riesgos de seguridad alimentaria puede recolectar muestras y datos relevantes, y puede ingresar a lugares relevantes de plantación y cultivo de productos agrícolas comestibles, producción de alimentos, circulación de alimentos o servicios de catering. Al recolectar muestras, las tarifas deben pagarse según los precios del mercado.
Artículo 10: Si los resultados del monitoreo y análisis de riesgos para la inocuidad de los alimentos muestran que puede haber peligros potenciales para la inocuidad de los alimentos, los departamentos administrativos de salud de los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes de la Autoridad Central. El gobierno notificará con prontitud a los gobiernos populares a nivel de ciudad y condado y a sus departamentos administrativos de salud la información relevante dentro de la región administrativa.
Artículo 11 El departamento administrativo de salud del Consejo de Estado recopilará y resumirá los datos de monitoreo de riesgos de seguridad alimentaria y los resultados de los análisis, y los informará a la supervisión de calidad, la administración industrial y comercial, la supervisión nacional de alimentos y medicamentos del Consejo de Estado. y administración, y el Consejo de Estado de comercio, industria e Informe del departamento de tecnología de la información.
Artículo 12 En cualquiera de las siguientes circunstancias, el departamento administrativo de salud del Consejo de Estado organizará una evaluación de riesgos para la inocuidad de los alimentos:
(1) Se requiere una evaluación de riesgos para formular o revisar las regulaciones de seguridad alimentaria Las normas nacionales proporcionan una base científica;
(2) Para determinar las áreas clave y las variedades clave para la supervisión y gestión, es necesario realizar una evaluación de riesgos;
(3) Se descubre que la seguridad alimentaria puede estar en peligro Nuevos factores;
(4) Es necesario juzgar si un determinado factor constituye un peligro para la seguridad alimentaria;
(5) Otras situaciones en las que el departamento de administración sanitaria del Consejo de Estado considere necesario realizar una evaluación de riesgos.
Artículo 13 Los departamentos pertinentes, como la administración agrícola del Consejo de Estado, la supervisión de la calidad, la administración industrial y comercial y la Administración Estatal de Alimentos y Medicamentos, de conformidad con las disposiciones del artículo 15 de la Ley de Seguridad Alimentaria , informe a la administración de salud del Consejo de Estado. El departamento presenta recomendaciones de evaluación de riesgos para la seguridad alimentaria y proporciona la siguiente información y materiales:
(a) La fuente y naturaleza del riesgo;
(2) Datos y conclusiones de inspección relevantes;
(3) Alcance del riesgo;
(4) Otra información y materiales relevantes.
La administración agrícola local pertinente, la supervisión de calidad, la administración industrial y comercial, la supervisión y gestión de alimentos y medicamentos y otros departamentos pertinentes a nivel de condado o superior ayudarán a recopilar la información y los datos de evaluación de riesgos de inocuidad de los alimentos especificados en el párrafo anterior.
Artículo 14 Los departamentos administrativos de salud y agricultura de los gobiernos populares a nivel provincial o superior se notificarán entre sí con prontitud sobre la información relevante sobre el monitoreo de riesgos de seguridad alimentaria y el monitoreo de riesgos de calidad y seguridad de productos agrícolas comestibles.
Los departamentos administrativos de salud y agricultura del Consejo de Estado se notificarán mutuamente de inmediato los resultados de las evaluaciones de riesgos de seguridad alimentaria y los resultados de las evaluaciones de riesgos de calidad y seguridad de los productos agrícolas comestibles.