¿Es la función de la brigada de inspección del trabajo responsable de recolectar pruebas de los empleados? No firmé un contrato con mi jefe, pero hay grabaciones de mí trabajando allí.
La Brigada de Inspección del Trabajo tiene facultad de investigar, y el fundamento jurídico es el siguiente:
“Reglamento de Supervisión del Trabajo y de la Seguridad Social”
Artículo 15 El Los departamentos administrativos de trabajo y seguridad social implementan trabajo Para garantizar la supervisión, tenemos derecho a tomar las siguientes medidas de investigación e inspección:
(1) Ingresar al lugar de trabajo del empleador para inspección;
( 2) interrogar al personal relevante sobre asuntos de investigación e inspección;
(3) exigir al empleador que proporcione documentos y materiales relacionados con los asuntos de investigación e inspección, y proporcionar explicaciones y explicaciones, y emitir una carta de consulta de investigación si necesario
(4) Tomar registros Recopilar información e información relevante mediante grabaciones, grabaciones de video, fotografías o copias;
(5) Encomendar a una firma de contabilidad la auditoría del pago del salario del empleador y primas de seguro social;
(6) Otras medidas de investigación e inspección que puedan tomar los departamentos administrativos de trabajo y seguridad social según lo establezcan las leyes y reglamentos.
Los departamentos administrativos del trabajo y de la seguridad social tienen el derecho de corregir en el acto violaciones a las leyes, reglamentos o normas del trabajo y de la seguridad social que tengan hechos claros, pruebas concluyentes y puedan ser tratados en el acto. Información ampliada
El alcance de la inspección por parte de la brigada de inspección del trabajo:
"Reglamento de Supervisión del Trabajo y Seguridad Social"
Artículo 11 El departamento administrativo del trabajo y seguridad social implementará la seguridad laboral para los siguientes asuntos Supervisión:
(1) La formulación por parte del empleador de reglas y regulaciones internas de seguridad laboral;
(2) La celebración por parte del empleador de contratos laborales con los trabajadores;
(3) El cumplimiento por parte del empleador de las normas que prohíben el uso de trabajo infantil;
(4) El cumplimiento por parte del empleador de las normas especiales de protección laboral para empleadas y trabajadores menores de edad;
(5) El cumplimiento por parte del empleador de las horas de trabajo y las regulaciones de descanso y vacaciones;
(6) El pago por parte del empleador de los salarios de los trabajadores y la implementación de estándares de salario mínimo;
(7) La participación del empleador en diversos seguros sociales y el pago de las primas del seguro social;
(8) Las agencias de empleo, las instituciones de capacitación vocacional y las agencias de evaluación y evaluación de habilidades vocacionales cumplen con las regulaciones nacionales sobre introducción de empleo, capacitación vocacional. formación de habilidades y evaluación y evaluación de habilidades vocacionales en circunstancias estipuladas;
(9) Otros asuntos de supervisión laboral y de seguridad estipulados por las leyes y reglamentos.