¿El plazo para emitir facturas con IVA sigue siendo de 90 días?
Base Legal
Artículo 1 del “Anuncio de la Administración Tributaria del Estado sobre la Cancelación del Plazo de Autenticación y Confirmación de los Comprobantes de Deducción del IVA y Otras Cuestiones de Recaudación y Administración del IVA”.
Los contribuyentes generales con IVA han obtenido facturas especiales con IVA emitidas el 17 de octubre de 2017 y posteriores, documentos especiales de pago del IVA de importación en aduana, facturas unificadas de venta de vehículos de motor y facturas electrónicas con IVA de autopistas. Se cancelan los plazos para la confirmación, revisión y comparación de las certificaciones y la declaración de deducciones. Al presentar declaraciones de impuestos, los contribuyentes deben confirmar el uso de la información del comprobante de deducción de impuestos anterior a través de la plataforma de servicios integrales de factura del impuesto al valor agregado de la provincia (región autónoma, municipio directamente dependiente del gobierno central, ciudad bajo planificación estatal separada).