¿Qué sistema implementa la Base Nacional de Educación Continua?
Capítulo 1 Principios Generales
Artículo 1 Con el fin de asegurar la implementación del proyecto de actualización de conocimientos del personal profesional y técnico, estandarizar y fortalecer el sistema nacional de educación continua base para el personal profesional y técnico Operación y gestión, impulsando la construcción del sistema de servicio público de educación continua, y formulando estas medidas de acuerdo con el “Plan Nacional de Desarrollo del Talento de Mediano y Largo Plazo (2010-2020)”.
Artículo 2 La Base Nacional de Educación Continua para el Personal Profesional y Técnico (en adelante “Base Nacional de Educación Continua”) es un programa reconocido por el Ministerio de Recursos Humanos y Seguridad Social para complementar la formación profesional y técnica. personal, actualizar conocimientos, ampliar la estructura del conocimiento, una institución educativa y de formación que mejora la calidad integral y las capacidades innovadoras como contenido básico. Es una plataforma de servicios para que el país cultive talentos profesionales y técnicos clave, de alto nivel y que se necesitan con urgencia.
Artículo 3 Las bases nacionales de educación continua se construirán en fases y se gestionarán en categorías basadas en las necesidades de desarrollo regionales y de campo y de acuerdo con los principios de "optimizar el diseño, resaltar características, compartir recursos y centrarse en la eficacia". .”
Capítulo 2 Deberes y Responsabilidades
Artículo 4 El Ministerio de Recursos Humanos y Seguridad Social es el departamento de gestión integral de las bases nacionales de educación continua y es responsable del establecimiento y adecuación de las bases nacionales de educación continua. bases de educación y cancelación, formular políticas, normas y planes pertinentes, organizar intercambios entre bases nacionales de educación continua y supervisar y orientar el funcionamiento y gestión de las bases.
Artículo 5: Las localidades, departamentos y departamentos de personal pertinentes de las empresas centrales e instituciones públicas son las unidades de gestión de las bases nacionales de educación continua recomendadas y son responsables del uso y la gestión de las bases nacionales de educación continua, y el formulación e implementación de bases locales de educación continua, políticas y medidas de gestión de bases basadas en las características de este departamento y de la industria.
Artículo 6 Las universidades, institutos de investigación científica y otras instituciones de enseñanza que estén aprobadas para establecer bases nacionales de educación continua son las unidades de construcción de bases y son responsables de establecer y mejorar las instituciones de gestión de bases, dotar de personal especializado y formular bases. método de operación y gestión y realizar el trabajo específico de operación y gestión de la base.
Artículo 7 Las Bases Nacionales de Educación Continua son entidades de formación establecidas con base en colegios y universidades, institutos de investigación científica y otras instituciones de enseñanza. La afiliación original no cambiará, pero el negocio de educación continua será guiado por la unidad de gestión y se implementará un mecanismo de gestión humana, financiera y material relativamente independiente.
Capítulo 3 Establecimiento de bases
Artículo 8 Las unidades que establezcan bases nacionales de educación continua deben tener una rica experiencia en la capacitación de personal profesional y técnico y tener cierta influencia en el área local y las capacidades de la industria. y cumplir con las siguientes condiciones básicas:
(1) Tener docentes de tiempo completo (tiempo parcial) de alta calidad que satisfagan las necesidades de capacitación, sean relativamente estables y estén estrechamente relacionados con la primera línea de la investigación científica. y producción. Los profesores de tiempo completo (tiempo parcial) deben tener un alto nivel teórico y experiencia práctica, y tener una gran influencia y reconocimiento en este campo profesional.
(2) Contar con una sólida organización de gestión de la educación continua y personal de tiempo completo (tiempo parcial) dedicado a la gestión de la educación continua. Existen sistemas completos de gestión de base, como gestión de organizaciones docentes, gestión de evaluaciones de estudiantes, gestión de enseñanza e investigación científica, gestión de registros de capacitación, gestión de fondos de capacitación, gestión de apoyo logístico, evaluación estandarizada del efecto de la capacitación y seguimiento de comentarios.
(3) Proporcionar fondos de apoyo para la construcción básica y el trabajo diario de la base. Existen aulas fijas, equipos didácticos, libros y materiales profesionales y las correspondientes instalaciones de hardware adecuadas para las tareas de formación de personal profesional y técnico de alto nivel en campos profesionales o materias de educación continua, y también se pueden proporcionar lugares de formación o unidades de cooperación para la formación de profesionales; y personal técnico.
(4) Tener condiciones modernas de educación a distancia, contar con equipos e infraestructura de enseñanza para satisfacer las necesidades de la capacitación en línea a gran escala, establecer una plataforma de información de gestión y capacitación en línea y realizar capacitación e interacción en línea.
(5) Formar no menos de 2.000 profesionales y técnicos cada año en áreas clave del desarrollo económico y social y de las industrias de servicios modernas.
Artículo 9 Las bases nacionales de educación continua se declararán y evaluarán por etapas.
(1) La solicitud de bases nacionales de educación continua sigue el principio de voluntariedad.
(2) Las bases nacionales de educación continua provienen principalmente de colegios y universidades, institutos de investigación científica, instituciones de educación y capacitación locales, departamentales o industriales, asociaciones profesionales (sociedad) y universidades que tienen una base práctica para la educación continua. para personal profesional y técnico. Elija entre instituciones de formación para medianas empresas.
Se dará prioridad a las bases de educación continua regionales e industriales para el personal profesional y técnico establecidas en regiones, departamentos e industrias.
(3) Las instituciones docentes elegibles completan el "Formulario de Declaración de Base Nacional de Educación Continua para Personal Profesional y Técnico", que es revisado y aprobado por el departamento local de recursos humanos y seguridad social o el departamento de personal competente de la industria. a nivel de diputado provincial o superior y recomendaciones firmadas Luego, presentarlo al Ministerio de Recursos Humanos y Seguridad Social.
(4) El Ministerio de Recursos Humanos y Seguridad Social organiza expertos en educación continua y campos relacionados para formar un comité de revisión de expertos para evaluar, demostrar, inspeccionar y examinar los materiales de solicitud, y determinar las instituciones de enseñanza que han pasado la revisión.
Artículo 10 Las bases nacionales de educación continua reconocidas serán anunciadas por el Ministerio de Recursos Humanos y Seguridad Social, y se expedirá una placa a las bases nacionales de educación continua para el personal profesional y técnico.
Capítulo 4 Operación de la Base
Artículo 11 Las bases nacionales de educación continua cumplirán estrictamente las leyes y políticas de educación continua, se centrarán estrechamente en las necesidades del desarrollo económico y social y seguirán el ritmo de la desarrollo de la ciencia y la tecnología mundial Realizar educación continua y labores de gestión afines al personal profesional y técnico de vanguardia.
Artículo 12 La base nacional de educación continua será la principal responsable de la formación de talentos profesionales y técnicos centrales de alto nivel, necesarios con urgencia y fundamentales en las regiones, campos e industrias correspondientes, de acuerdo con las necesidades de desarrollo de regiones, departamentos e industrias, y será responsable de la formación de profesores de educación continua locales.
Artículo 13 Las bases nacionales de educación continua contratarán expertos y académicos de la educación continua e industrias relacionadas para formar un equipo de evaluación y proponer el plan de capacitación y el plan de estudios de la base con base en los requisitos de desarrollo regional e industrial, sujeto a aprobación por parte de la unidad de gestión implementada posteriormente.
Artículo 14 Las bases nacionales de educación continua brindarán al personal profesional y técnico servicios de educación continua eficientes y de alta calidad, especialmente capacitación en nuevas teorías, nuevos conocimientos, nuevas tecnologías y nuevos métodos, y mejorarán continuamente los niveles profesionales y personal técnico nivel de ética profesional y mejorar continuamente su capacidad de aprendizaje, capacidad práctica, capacidad de innovación y capacidad de investigación científica.
Artículo 15 Las bases nacionales de educación continua brindan servicios de educación continua en las siguientes formas: emprenden importantes proyectos nacionales de educación continua para personal profesional y técnico, organizan cursos de capacitación encomendados por departamentos gubernamentales, asociaciones industriales, empresas e instituciones, seminarios; o cursos de actualización; ayudar en la formación, evaluación y gestión de personal profesional y técnico en disciplinas públicas o profesionales; realizar investigaciones teóricas sobre educación continua, desarrollar proyectos y cursos de formación específicos y eficaces; organizar actividades de servicios de intercambio de educación continua;
Artículo 16 Las bases nacionales de educación continua están obligadas a realizar proyectos de servicio público de educación continua encomendados por los departamentos gubernamentales. La implementación de la educación continua para el bienestar público debe estar igualmente abierta a todas las regiones, a las diversas organizaciones económicas y a la mayoría del personal profesional y técnico, y se debe dar un trato preferencial a las antiguas bases de apoyo revolucionarias, las áreas de minorías étnicas, las áreas remotas y las áreas afectadas por la pobreza. .
El artículo 17 alienta a las bases de educación continua a nivel nacional a aprovechar al máximo sus propias ventajas de recursos y, sobre la base de garantizar las tareas de capacitación del personal gubernamental, brindar capacitación empresarial y en el trabajo de manera proactiva. y formación de capacidades para diversas unidades sociales y personal profesional y técnico. Servicios como promoción y educación continua para la cualificación profesional.
Artículo 18 Las bases nacionales de educación continua deben fortalecer la formación del personal docente, innovar continuamente el contenido de la formación, mejorar continuamente los métodos de formación, fortalecer la gestión del proceso de formación y el control de calidad, mejorar continuamente los niveles de formación y mejorar gradualmente el enfoque de la formación. Sexo y efectividad.
Artículo 19 Las bases nacionales de educación continua deben explorar activamente un mecanismo de formación de talentos que combine la industria, la academia y la investigación, establecer relaciones de cooperación a largo plazo con instituciones de investigación autorizadas y empresas e instituciones líderes en campos clave, e introducir el Los últimos resultados de la investigación científica de manera oportuna, experiencia en tecnología avanzada y columna vertebral empresarial, formando gradualmente una marca profesional y características de capacitación.
Artículo 20 Las bases nacionales de educación continua deben promover activamente nuevos métodos de enseñanza, como la formación en línea, la educación a distancia y la educación audiovisual, desarrollar activamente plataformas de aprendizaje en línea, construir centros de aprendizaje en línea con características profesionales y mejorar continuamente. formación en línea y capacidades modernas de educación a distancia.
Artículo 21 Las bases nacionales de educación continua pueden tomar la forma de salir e invitar, participar activamente en intercambios internacionales de educación continua, utilizar recursos extranjeros de alta calidad y mejorar continuamente la calidad y eficacia de la educación continua.
Capítulo 5 Gestión y Supervisión
Artículo 22 La Base Nacional de Educación Continua implementará un sistema anual de revisión y archivo del plan. La base nacional de educación continua debe formular un plan de trabajo anual basado en las necesidades de capacitación, resumir la implementación del plan anual antes del 10 de febrero de cada año y presentar el plan del próximo año a la unidad de gestión que recomienda el establecimiento de la base para su revisión; Para su aprobación, el resumen de la ejecución del plan anual y del plan para el año siguiente deberán presentarse al Ministerio de Recursos Humanos y Seguridad Social para su presentación antes del 31 de febrero del año en curso.
Artículo 23: Las bases nacionales de educación continua realizarán actividades de capacitación de acuerdo con el plan anual aprobado por la unidad gestora. Una vez finalizada la capacitación, se procederá cuidadosamente al archivo, registro y evaluación del efecto de la misma. hecho.
Artículo 24 Sin el consentimiento de la unidad de gestión de la base nacional de educación continua, la base nacional de educación continua y sus unidades de construcción no realizarán actividades de educación y capacitación en nombre de la base nacional de educación continua.
Artículo 25: Las bases nacionales de educación continua implementarán un sistema de inspección y evaluación. Los principales contenidos de la inspección y evaluación incluyen: la construcción del personal docente de la base, el uso de los fondos de la base, las instalaciones de apoyo, la implementación del sistema, la finalización de las tareas de educación continua, los efectos de la capacitación y el seguimiento, etc.
Artículo 26 La unidad gestora de la base nacional de educación continua es responsable de inspeccionar y evaluar la base nacional de educación continua y formular medidas específicas.
Artículo 27 El Ministerio de Recursos Humanos y Seguridad Social, junto con la unidad de gestión de base, realizará inspecciones periódicas, evaluaciones e inspecciones aleatorias de las bases nacionales de educación continua sobre la base de inspección y evaluación, y publicará resultados relevantes al público. Los resultados de inspecciones, evaluaciones o controles aleatorios sirven como base importante para adaptar o cancelar las bases nacionales de educación continua y asignar tareas en la siguiente fase.
Para las bases de educación continua a nivel nacional con logros sobresalientes y excelentes evaluaciones, se publicarán y promoverán oportunamente las experiencias y prácticas, y se darán ciertas preferencias en términos de asignación de recursos de capacitación y asignación de tareas. . Las bases de formación continua de ámbito nacional que no realicen formación continua de acuerdo con estas medidas, no puedan completar las tareas de formación continua o no cumplan los requisitos de gestión docente, serán ordenadas a realizar rectificaciones en un plazo determinado. Quienes aún no cumplan con los requisitos dentro del tiempo señalado serán descalificados de la base nacional de educación continua.
Artículo 28: Si se viola el sistema de presentación y revisión del plan anual y las regulaciones pertinentes, y la base nacional de educación continua organiza clases al azar, cobra tarifas y emite certificados indiscriminadamente, los líderes de unidad y las partes involucradas serán responsables de conformidad con la ley.
Artículo 29: Las instituciones docentes que cometan fraude durante el proceso de postulación o tengan revocadas sus calificaciones como bases nacionales de educación continua, ya no aceptarán sus solicitudes de reconocimiento.
Capítulo 6 Medidas de Salvaguardia
Artículo 30: El Ministerio de Recursos Humanos y Seguridad Social brinda apoyo a políticas y proyectos para la construcción de bases nacionales de educación continua y apoya a las bases nacionales de educación continua en emprender proyectos y actividades de educación continua.
Artículo 31 El Ministerio de Recursos Humanos y Seguridad Social trabajará con organizaciones locales, departamentales e industriales para desarrollar recursos de capacitación de alta calidad, como materiales didácticos, cursos y sitios web, y proporcionarlos al sistema nacional continuo. base educativa de forma gratuita o con descuento para uso interno.
Artículo 32 El Ministerio de Recursos Humanos y Seguridad Social apoya a expertos en investigación científica, producción, docencia y otros campos para que participen en la formación de talentos en bases de educación continua. Se dará prioridad a los expertos con desempeño destacado y resultados evidentes en términos de su participación en educación continua, evaluación de cargos profesionales y técnicos, disfrute de subsidios gubernamentales especiales, selección como candidatos nacionales para el Proyecto Nacional Cientos y Miles de Talentos y participación en vacaciones de expertos.
Artículo 33 El gobierno central proporcionará una determinada cantidad de fondos especiales para las bases nacionales de educación continua de acuerdo con la reglamentación. Los fondos especiales se utilizan principalmente para llevar a cabo enseñanza especializada, formación de docentes, desarrollo de material didáctico y cursos, desarrollo de bases de datos, investigación de temas, etc. La unidad de construcción de base debe formular métodos y planes para el uso de fondos especiales de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes. La unidad de gestión de base es responsable de revisar los métodos y planes para el uso de fondos especiales para garantizar que los fondos estén asignados y utilizados. máxima efectividad.
Artículo 34 La unidad de construcción y la unidad de gestión de la base nacional de educación continua proporcionarán fondos de apoyo para la infraestructura y el trabajo diario de la base.
Artículo 35 La unidad de gestión de la base nacional de educación continua brindará apoyo a la base nacional de educación continua en muchos aspectos, como apoyo a políticas, apoyo a proyectos, formación de equipos de docentes, integración de recursos, capacitación y publicidad, etc. ., y ayudar a la educación continua nacional. La base ha formado un sistema científico y eficaz de formación de talentos profesionales y técnicos.
Artículo 36 El estado de formación del personal profesional y técnico en la base nacional de educación continua podrá registrarse en el "Certificado de Educación Continua para Personal Profesional y Técnico" o expedientes de aprendizaje, y utilizarse como evaluación del personal profesional y técnico. , contratación laboral, título profesional Una base importante para la evaluación y el registro.
Artículo 37: Las bases nacionales de educación continua que brindan servicios de educación continua a la sociedad podrán cobrar tarifas de capacitación de manera adecuada de acuerdo con las regulaciones pertinentes, pero no podrán aumentar los estándares de cobro sin autorización. Las tasas correspondientes recaudadas se utilizarán en primer lugar para la construcción y desarrollo de la base.
Artículo 38: Apoyar las bases nacionales de educación continua para fortalecer la cooperación con empresas, universidades e institutos de investigación científica, establecer un sistema de cooperación de educación continua que combine la industria, la academia y la investigación, promover la transformación de los resultados de la educación continua. y organizar según sea necesario Llevar a cabo actividades como el intercambio de experiencias y la promoción de logros.
Capítulo 7 Disposiciones Complementarias
Artículo 39 Si el nombre, datos de contacto y otros datos importantes del Organismo Nacional de Base de Educación Continua cambian, se deberá informar al Ministerio de Recursos Humanos y Seguro Social en tiempo y forma y presentado ante el Ministerio de Recursos Humanos y Previsión Social.
Artículo 40: Los departamentos locales de recursos humanos y seguridad social y las autoridades de la industria podrán referirse a estas medidas y formular las correspondientes políticas y medidas nacionales de gestión de la base de educación continua basadas en sus respectivas realidades.
Artículo 41 La gestión de las bases nacionales de educación continua en el sistema militar se implementará con referencia al presente reglamento.
El artículo 42 alienta y apoya a las regiones, departamentos e industrias a construir bases de educación continua regionales e industriales para personal profesional y técnico, formando un sistema básico de educación continua que conecte hacia arriba y hacia abajo, complemente las fortalezas de cada uno y comparta recursos.
Artículo 43 El Ministerio de Recursos Humanos y Seguridad Social es responsable de la interpretación de las presentes Medidas.
Artículo 44 Las presentes Medidas entrarán en vigor a partir de la fecha de su promulgación.