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¿Qué violaciones de las leyes antidrogas serán castigadas?

El que viole las normas de gestión de medicamentos y cometa cualquiera de las siguientes circunstancias, que sea suficiente para poner en grave peligro la salud humana, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor a tres años o prisión penal, y será también o únicamente multada; /p>

Causar daños graves a la salud humana o causar otros En los casos graves, serán sancionados con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de siete años, y además se les impondrá multa:

1. Medicamentos cuya producción y venta están prohibidas por el departamento de regulación de medicamentos del Consejo de Estado;

2. No obtener los documentos de aprobación de medicamentos, producidos, importados o vendidos a sabiendas de que son los medicamentos mencionados anteriormente. ;

3. Proporcionar certificados, datos, materiales, muestras falsos o utilizar otros medios engañosos en la solicitud de registro de medicamentos;

4.

Base Legal

Artículo 142-1 de la Ley Penal: El que viole las normas de gestión de medicamentos y tenga alguna de las siguientes circunstancias, que sea suficiente para poner en grave peligro la salud humana, será sentenciado a pena privativa de libertad de no más de tres años de prisión o detención penal

multa o multa sola si se causa daño grave a la salud humana o concurren otras circunstancias graves; sentenciado a una pena de prisión de no menos de tres años pero no más de siete años, y también será multado:

(1) Medicamentos cuya producción y venta está prohibida por el departamento de regulación de medicamentos del Consejo de Estado (2) Producir, importar o vender medicamentos sin obtener un certificado de aprobación de medicamentos;

(3) Proporcionar información en la solicitud de registro de medicamentos Certificados, datos, información y muestras falsos o utilizar otros medios engañosos;

(4) Fabricar registros de producción e inspección.

Toda persona que cometa los hechos mencionados en el párrafo anterior y simultáneamente constituya un delito previsto en los artículos 141 y 142 de la Ley de Costas u otros delitos, será condenada y sancionada conforme a lo dispuesto en la pena más grave. .