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Sitio web nacional de consulta de registro de cosméticos para fines no especiales

1. Vaya al sitio web de la Administración de Alimentos y Medicamentos de EE. UU.

/WS01/CL0001/

2. Haga clic en la sección "Servicios de licencia" en la parte superior e intermedia de la página.

3. Después de ingresar, busque la sección "Servicios en línea" en la parte inferior izquierda y haga clic en "Más" para ingresar.

4. Busque "Cosméticos nacionales para fines no especiales" en la posición media y haga clic para ingresar.

5. Ingrese el nombre de la empresa/producto a consultar y haga clic en Aceptar. Si la empresa/producto ha sido registrado, se mostrará a continuación.

Con el fin de fortalecer aún más la gestión de registro de cosméticos y proteger los derechos e intereses de salud de los consumidores, de conformidad con el “Reglamento de Supervisión de Higiene de los Cosméticos” y el “Reglamento de la Oficina General del Estado "Consejo sobre la publicación de la estructura interna y las principales responsabilidades de la Administración de Alimentos y Medicamentos de China". De acuerdo con las disposiciones pertinentes del "Aviso" (Guobanfa [2013] No. 24), la gestión del registro de cosméticos ahora está ajustada.

A partir del 1 de junio de 2004, los cosméticos nacionales para fines no especiales deben presentarse en línea de acuerdo con los requisitos del "Reglamento de presentación de información sobre cosméticos nacionales para fines no especiales". Una vez que las autoridades provinciales reguladoras de alimentos y medicamentos confirmen la información de registro, se publicará en el sitio web del gobierno nacional de la Administración de Alimentos y Medicamentos de EE. UU. para consulta pública. Las autoridades provinciales reguladoras de alimentos y medicamentos ya no emitirán certificados de registro para cosméticos nacionales no especiales.

A quienes incumplan sus obligaciones de presentación de información previa a la comercialización de conformidad con la reglamentación, las autoridades reguladoras de alimentos y medicamentos impondrán sanciones de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45, numeral 7, de las “Normas de Implementación”. del Reglamento de Supervisión de la Higiene de los Cosméticos".