¿Cuáles son los elementos del examen nacional de seguridad pública?
Cirugía
(1) La altura de los hombres generalmente no es inferior a 170 cm y el peso no es inferior a 50 kg; la altura de las mujeres generalmente no es inferior a 160 cm; y el peso no es inferior a 45 kg (en el sur) En algunas zonas, con la aprobación del departamento de empleo del departamento de seguridad pública (oficina) de la provincia, región autónoma y municipio directamente dependiente del Gobierno Central, la altura de los hombres se puede relajar hasta 168 cm y el peso de las mujeres se puede relajar hasta 43 kg).
(2) No se admitirán personas demasiado obesas o delgadas.
Juzga a las personas obesas o demacradas según los siguientes métodos:
Una persona cuyo peso real excede el peso estándar en más de un 25% es obesa; El peso real es un 15% inferior al peso estándar. La persona está demasiado delgada.
Método de cálculo del peso estándar:
Peso estándar (kg) = altura (cm)-110
Método de cálculo del porcentaje superior e inferior del peso estándar:
[Peso real (kg) - Peso estándar (kg)] ÷ Peso estándar (kg) × 100
Artículo 2 Defecto traumático del cráneo, fractura, depresión del cráneo, cuerpo extraño intracraneal, cerebro No se permite el empleo a aquellos con secuelas de traumatismos, malformaciones cerebrales, antecedentes de cirugía craneocerebral e hipertensión intracraneal crónica.
Artículo 3: Aquellos con antecedentes de cirugía de órganos importantes de la cavidad toracoabdominal (excepto aquellos que hayan sido operados de apendicitis durante más de medio año, y aquellos que no hayan tenido secuelas durante más de un año). después de una cirugía de hernia inguinal y hernia femoral) no se permite su empleo.
Artículo 4: Padecer de enfermedad o lesión de huesos, articulaciones, bolsas, vainas tendinosas y sus secuelas, deformidad ósea y articular, luxación habitual, enfermedad crónica de la columna, deformidad del tórax, escoliosis, cifosis, cintura crónica. No se emplearán dolor en las piernas, enfermedad de Kashin-Beck, hipertrofia de las articulaciones de los dedos de las manos (de los pies) ni deterioro funcional.
Artículo 5 Si la longitud de los miembros inferiores es desigual en más de 2 cm, la distancia entre los cóndilos mediales de la rodilla femoral en genu varum y la distancia entre el maléolo medial de la rodilla tibial en valgo excede los 7 cm, o la anomalía de la marcha está dentro del rango mencionado anteriormente, No se puede contratar.
Artículo 6: No se permiten dedos de manos (pies) que afecten la función y apariencia, pies planos con desaparición completa del arco plantar, callos y ombligo que afecten la marcha de largas distancias y aquellos con grietas severas. ser empleado.
Artículo 7: No se permitirá el empleo a solicitantes con tumores malignos, tumores benignos, quistes, cicatrices y cansancio en diversas partes del cuerpo que afecten el rostro o las funciones.
Artículo 8: No se aceptarán personas con rigidez de nuca, tortícolis que no puedan corregirse por sí solas, bocio simple de tercer grado o superior, tuberculosis ganglionar, etc.
Artículo 9: No se podrán admitir pacientes con vasculitis, aneurisma, varices severas de miembros inferiores y varicocele severo.
Artículo 10: No serán admitidos aquellos con enfermedades o lesiones del aparato genitourinario, tales como inflamación, tuberculosis, cálculos y sus secuelas, malformación o subdesarrollo de los órganos reproductores que afecten su función, criptorquidia, etc. empleado.
Dermatología
Artículo 11: Las personas que padecen mal olor severo en las axilas, tiña de la cabeza, tiña de la cabeza, sarna, rosácea húmeda crónica, urticaria crónica, neurodermatitis y vitíligo, psoriasis, aquellas con No se permite la contratación con antecedentes de contacto estrecho con pacientes con lepra infecciosa (que conviven) y con otras enfermedades infecciosas o incurables de la piel.
Artículo 12: No podrán ser contratados aquellos con nevos vasculares y nevos pigmentados que afecten el rostro, y aquellos con cicatrices evidentes, cicatrices, manchas de pigmentación y otras contracturas cicatriciales de gran superficie en partes expuestas del cuerpo.
Artículo 13: No se permite trabajar a personas con gonorrea, sífilis, chancroide, linfogranuloma venéreo, uretritis no gonocócica, verrugas genitales y portadores de VIH.
Artículo 14: No se permite la práctica de artistas tatuadores.
Medicina Interna
Artículo 15: Enfermedades orgánicas cardíacas y vasculares (cardiopatía reumática, cardiopatía congénita, miocardiopatía, enfermedad coronaria, etc.), electrocardiograma anormal, incapacidad para trabajar.
Artículo 16: No serán contratados aquellos cuya presión arterial supere los siguientes rangos:
Presión arterial sistólica: 12.00-18.66 kPa (90-140 mmHg; presión arterial diastólica: 8.00); -11,46 kilopascales (60-86 mm Hg).
Artículo 17 No podrán emplearse personas con antecedentes de diversos tumores malignos.
Artículo 18: No se pueden admitir bronquitis crónica, asma bronquial, tuberculosis pulmonar de diversos tipos, tuberculosis extrapulmonar, pleuresía tuberculosa y otras enfermedades respiratorias crónicas.
Artículo 19: Las personas con atelectasias por diversas causas no podrán ser empleadas.
Artículo 20: No serán admitidos aquellos con úlceras gástricas y duodenales, gastroptosis severa (que exceda la línea de la cresta ilíaca anterosuperior), enfermedades del hígado, vesícula biliar, bazo y páncreas, disentería bacteriana, enteritis crónica y masas abdominales. aceptado.
Se pueden utilizar las siguientes situaciones:
(1) Posición supina, respirando tranquilamente, la línea medioclavicular derecha debajo del margen costal, el hígado no mide más de 2 cm (no más grande de 3 cm debajo de la apófisis xifoides), los bordes son suaves y lisos, sin sensibilidad ni dolor por punción, el límite superior del hígado está dentro del rango normal, no hay anemia y el estado nutricional es bueno.
(2) Quienes padecieron el virus de la hepatitis A hace cinco años, no han recaído tras curarse y no presentan síntomas ni signos.
(3) Para aquellos que han sufrido malaria, esquistosomiasis, kala-azar o esplenomegalia en el pasado, el margen costal izquierdo no debe exceder los 65438 ± 0 cm, asintomáticos, sin anemia y en buen estado nutricional. el estado de esplenomegalia simple debe ser inferior a 3 cm, sin hiperesplenismo.
Artículo 21: Para las pruebas de función hepática y antígeno de superficie de la hepatitis B no se aceptarán personas que presenten alguna de las siguientes condiciones.
(1) La prueba enzimática de alanina aminotransferasa (A, L, T) es de 40 unidades o más.
(2) La prueba enzimática del antígeno de superficie de la hepatitis B (HBSAg) es positiva.
(3) Pacientes con diversas hepatitis crónicas y diversas enfermedades hepáticas.
Artículo 22: No se admitirán pacientes con nefritis aguda o crónica, riñón único, riñón poliquístico o insuficiencia renal.
Artículo 23: No podrán admitirse pacientes con tromboangeítis obliterante y enfermedad de Raynaud en diversos estadios.
Artículo 24: No se admitirán paperas crónicas y tumores mixtos de glándula parótida.
Artículo 25 Excepto la anemia simple por deficiencia de hierro y la hemoglobina superior a 9 g/dl para los hombres y superior a 8 g/dl para las mujeres, no se pueden emplear pacientes con otras enfermedades de la sangre.
Artículo 26: No se podrán admitir diversos tipos de enfermedades del sistema endocrino, metabólico y del tejido conectivo.
Artículo 27: No podrán emplearse quienes padezcan anquilostomiasis (acompañada de anemia), malaria crónica, esquistosomiasis, kala-azar, disentería amebiana y filariasis.
Artículo 28 No se empleará personal con antecedentes de epilepsia, psicosis, histeria, enuresis, síncope, sonambulismo, neurosis (mareos frecuentes, insomnio, pérdida manifiesta de memoria) y retraso mental.
Se pueden utilizar las siguientes situaciones:
(1) Trastorno mental de corta duración provocado por intoxicación alimentaria o farmacológica, sin secuelas tras la curación.
(2) No se ha producido enuresis desde los trece años.
Artículo 29: No podrán emplearse personas con enfermedades del sistema nervioso central y del sistema nervioso periférico y sus secuelas.
Departamento de Otorrinolaringología
Artículo 30: No serán empleados quienes tartamudeen o tengan la voz manifiestamente ronca.
Artículo 31: No podrán emplearse las personas que hayan perdido el sentido del olfato.
Artículo 32: No se contratarán las personas sordas; aquellas cuya audición por ambos lados sea menor de 4 metros; las que tengan audición normal de un lado y susurro menor de 3 metros del otro lado.
Artículo 33 No se permitirá trabajar al personal que sufra mareos, mareos graves o mareos.
Artículo 34: No se aceptarán pacientes con deformidad del oído, atresia del conducto auditivo externo, inflamación recurrente de la fístula preauricular, conducto auditivo externo y conducto auditivo húmedo y otomicosis.
Artículo 35: No se admitirán pacientes con perforación de la membrana timpánica, otitis media supurada, mastoiditis y otras enfermedades incurables del oído.
Artículo 36: No se podrán emplear la deformidad nasal, la sinusitis crónica grave, la rinitis hipertrófica grave, la rinitis atrófica y otros pólipos nasales y enfermedades nasales crónicas que afecten la función nasal.
Artículo 37: No serán empleados quienes padezcan enfermedades de garganta que afecten la deglución y la pronunciación y sean de difícil curación.
Oftalmología
Artículo 38: No podrán emplearse personas con visión binocular menor de 5,0 y visión periférica central de 30 grados.
Artículo 39: No serán empleados aquellos con visión anormal de los colores.
Artículo 40: No se permite el ingreso de párpados, márgenes palpebrales, conjuntiva, aparato lagrimal y otras enfermedades que afecten la función ocular.
Artículo 41: No se emplearán personas con proptosis, nistagmo, enfermedad de los músculos oculares o esotropía entre personas del mismo sexo superior a 15 grados.
Artículo 42: No podrán ser empleados aquellos que presenten enfermedades de la córnea, esclerótica, iris, cuerpo ciliar, deformación de orificios o trastornos del movimiento.
Artículo 43: No se permite el ingreso de enfermedades de glaucoma, cristalino, vítreo, coroides y nervio óptico.
Estomatología
Artículo 44: La caries de tercer grado y la pérdida de dientes son más de dos, y más de tres no están juntas; enfermedades de las articulaciones de la mandíbula, enfermedades periodontales graves, enfermedades bucales que afecten; No se puede aceptar la función masticatoria.
Ginecología
Artículo 45: No se puede trabajar durante el embarazo.
Artículo 46: No se emplearán sangrados uterinos funcionales, tuberculosis genital, masas, enfermedad inflamatoria pélvica crónica y otras enfermedades ginecológicas, ni aquellas con resultado positivo en pruebas rápidas de gonorrea en secreciones vaginales.
Artículo 47: No podrán ser contratados los solicitantes con desarrollo anormal de los genitales externos, prolapso uterino y tumores de mama.
Datos ampliados:
Notas para el examen físico del funcionario:
1. Tres días antes del examen la dieta debe ser ligera y no comer espinacas. sangre de cerdo, sangre de pato, etc. Alimentos (para evitar falsos positivos de sangre oculta en heces).
2. Preste atención al descanso el día anterior al examen físico, evite el ejercicio extenuante y la excitación emocional y asegúrese de dormir lo suficiente para no afectar los resultados del examen físico.
3. Lo mejor es abstenerse de consumir leche, productos de soja, bebidas, azúcar y otros alimentos la noche anterior. No beba alcohol para evitar afectar los resultados de la prueba.
4. Usar ropa de colores claros, sin maquillaje, vestidos, pantimedias, ropa interior con hebillas metálicas, joyas preciosas y lentes de contacto el día del examen.
5. No desayune el día del examen físico y coma solo después de la extracción de sangre y el examen de ultrasonido B.
6. Las mediciones de ECG y presión arterial deben evitar el estrés mental y mantener la estabilidad emocional.
Las anteriores son todas las respuestas a los ítems del examen de seguridad pública del examen nacional.