Buenas experiencias y prácticas en la lucha contra la práctica médica ilegal y sistema de recompensas por denunciar
Base jurídica: "Ley Penal de la República Popular China"
Artículo 140: Los productores y vendedores adulteran o adulteran productos, hacen pasar productos falsos como genuinos o hacen pasar productos como no calificado Quien haga pasar un producto como un producto calificado y el monto de las ventas sea superior a 50.000 yuanes pero inferior a 200.000 yuanes será condenado a una pena de prisión de no más de dos años o a detención penal, y también o únicamente a una multa de no menos del 50% pero no más de 200.000 yuanes;
Cualquier persona con un monto de ventas de más de 200.000 yuanes pero menos de 500.000 yuanes será sentenciado a una pena de prisión fija de no menos de dos años pero no más de siete años, y también será multado con no menos del 50% pero no más del doble del monto de las ventas si el monto de las ventas es superior a 500.000 yuanes pero menos de 2 Si el monto de las ventas es superior a un millón de yuanes, será multado; sentenciado a una pena de prisión de no menos de siete años y una multa de no menos del 50% pero no más del doble del monto de las ventas, si el monto de las ventas es superior a dos millones de yuanes, será sentenciado a una pena de prisión de término fijo; de no menos de 15 años o cadena perpetua, y multa no menor del 50% pero no mayor del doble del monto de las ventas, o decomiso de bienes.
Artículo 141 El que produzca y venda medicamentos falsificados que pongan en grave peligro la salud humana, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor a tres años o prisión penal, y será multado además o únicamente con el 20% del valor de las ventas. cantidad superior al 50% Una multa no inferior al 50% del importe de las ventas pero no superior al 20% del importe de las ventas, quien cause daño grave a la salud humana será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años; años pero no mayores de diez años, y multa no menor del 50% ni mayor del doble del monto de las ventas;
Los que causen la muerte o daños al cuerpo humano; los que causen daños especialmente graves a la salud; serán sancionados con pena privativa de libertad no menor de diez años, cadena perpetua o muerte, y además se les impondrá una multa no menor del 50% ni mayor del doble del monto de la venta, o se les confiscarán sus bienes.