Medidas de gestión de la configuración de iluminación de la escena nocturna de la ciudad de Tianjin (revisada en 1997)
Capítulo 1 Disposiciones generales Artículo 1 Con el fin de embellecer la apariencia de la ciudad y la escena nocturna, promover el desarrollo económico y la apertura al mundo exterior, y convertir esta ciudad en una metrópolis internacional moderna, estas medidas se formulan en de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes y en combinación con la situación real de esta ciudad. Artículo 2 Estas Medidas se aplicarán a la instalación y gestión de iluminación nocturna dentro del área administrativa de esta ciudad. Artículo 3 El término "iluminación de escenas nocturnas" tal como se menciona en estas Medidas se refiere a:
(1) Iluminación de escenas nocturnas e iluminación decorativa de ventanas de unidades comerciales a lo largo de la calle (incluidos los trabajadores autónomos, lo mismo a continuación );
(2) Iluminación exterior de edificios y estructuras;
(3) Iluminación publicitaria comercial e iluminación publicitaria no comercial;
(4) Carreteras , puentes, plazas, vías públicas ***Lugar iluminación. Artículo 4 La Oficina de Gestión del Aspecto y Saneamiento de la Ciudad del Gobierno Popular Municipal es el departamento encargado de la instalación y gestión de las luces nocturnas de la ciudad. Las autoridades de apariencia de las ciudades del distrito y del condado son responsables de la instalación y gestión de la iluminación de escenas nocturnas dentro de sus respectivas jurisdicciones. La Oficina de Gestión de la Apariencia de la Ciudad del Gobierno Popular Municipal y los departamentos de gestión de la apariencia de la ciudad de varios distritos y condados pueden, según las necesidades reales, encomendar a la agencia de gestión y supervisión de la construcción urbana la responsabilidad de la supervisión e inspección de la instalación de iluminación del paisaje nocturno de la ciudad. y gestión. Artículo 5: Los departamentos como energía eléctrica, administración municipal, planificación, gestión de vivienda, jardinería, seguridad pública, transporte y protección contra incendios que intervienen en la instalación y gestión del alumbrado nocturno urbano deberán realizar trabajos de gestión profesional bajo la dirección y coordinación. del departamento de gestión de apariencia de la ciudad. Artículo 6 La instalación y gestión del alumbrado nocturno en esta ciudad deberá seguir los principios de liderazgo unificado, implementación jerárquica y participación nacional.
Los gobiernos populares en todos los niveles alientan a todas las unidades e individuos a instalar activamente instalaciones de iluminación nocturna, fortalecer la investigación científica y tecnológica sobre iluminación nocturna, promover nuevas tecnologías, nuevos procesos, nuevos materiales y nuevas fuentes de luz, y continuamente Mejorar la configuración, el nivel de uso y la gestión de la iluminación del paisaje nocturno urbano. Capítulo 2 Instalación de instalaciones de iluminación nocturna Artículo 7 Los gobiernos populares de varios distritos y condados organizarán los departamentos pertinentes para preparar planes anuales de construcción de iluminación nocturna para sus respectivas regiones administrativas con base en el plan de construcción de iluminación nocturna de la ciudad, que será organizado e implementado por el Departamento de apariencia de la ciudad.
Al instalar instalaciones de iluminación de escenas nocturnas, todas las unidades o personas deben instalarlas y configurarlas de acuerdo con la ubicación, forma y fecha límite aprobadas por el departamento de apariencia de la ciudad. Artículo 8 Todos los edificios públicos grandes y medianos, edificios de estilo, unidades comerciales a lo largo de la calle, pabellones comerciales aprobados y estructuras grandes y medianas dentro del área administrativa de esta ciudad deben estar equipados con iluminación decorativa o luces publicitarias comerciales. .
Las instalaciones de iluminación de visión nocturna de edificios públicos grandes y medianos y edificios de estilo serán instaladas por el usuario.
Los operadores son responsables de instalar instalaciones de iluminación nocturna en los locales comerciales a lo largo de la calle.
Los operadores son responsables de instalar instalaciones de iluminación nocturna en carpas comerciales aprobadas.
Las instalaciones de iluminación nocturna para estructuras grandes y medianas, carreteras, puentes, plazas, lugares públicos, macizos de flores y espacios verdes son instaladas por los departamentos de electricidad, municipales, de jardinería y otros departamentos o unidades de derechos de propiedad.
La unidad editorial publicitaria se encarga de instalar las instalaciones de iluminación publicitaria comercial exterior.
El usuario es responsable de instalar las instalaciones de iluminación no comerciales (incluidas placas, tamaños de fuente, nombres de unidades, anuncios de servicios públicos y letreros icónicos). Artículo 9 Las instalaciones de iluminación decorativa de edificios públicos grandes y medianos y de edificios comerciales cuya construcción o construcción se propongan deben diseñarse, construirse y ponerse en uso simultáneamente con el edificio. Artículo 10: Cuando cualquier unidad renueva los aleros exteriores de un edificio en una calle renovada, la decoración de la iluminación de la fachada debe completarse simultáneamente con la decoración de los aleros exteriores de acuerdo con los requisitos del departamento de gestión de la apariencia de la ciudad. Artículo 11 La instalación de anuncios comerciales al aire libre debe diseñarse e instalarse en forma de anuncios de neón, anuncios de cajas de luz, pantallas electrónicas y pantallas eléctricas. Artículo 12: Las placas, tipografías y letreros en fachadas comerciales deberán diseñarse e instalarse en forma de luces de neón, y los escaparates deberán estar decorados con luces. Artículo 13 Cualquier unidad o individuo que instale instalaciones de iluminación de escenas nocturnas debe instalar instalaciones de prevención de incendios, prevención de fugas y otras instalaciones de seguridad. Artículo 14 Las instalaciones de iluminación de carreteras, puentes, plazas y lugares públicos son una parte importante de la iluminación de escenas nocturnas. Deben mejorarse y mejorarse gradualmente para mejorar el efecto de decoración de escenas nocturnas de las instalaciones de iluminación en carreteras, puentes, plazas y lugares públicos. lugares. .
Capítulo 3 Gestión de las instalaciones de iluminación de escenas nocturnas Artículo 15 La unidad de usuario o individuo (en lo sucesivo denominado colectivamente la persona responsable) es responsable del mantenimiento y gestión diarios de las instalaciones de iluminación de escenas nocturnas y de la apertura y cierre de las luces. Artículo 16 La persona responsable siempre debe mantener intactas y funcionales las instalaciones de iluminación de la escena nocturna. Si se descubre que las instalaciones están dañadas o la iluminación no cumple con los estándares prescritos, deben ser reparadas o reemplazadas inmediatamente. Artículo 17 Todas las instalaciones de iluminación nocturna instaladas por la ciudad deben entregarse a la unidad de usuario o propietario de la propiedad. La unidad receptora será la unidad responsable de la gestión y mantenimiento de las instalaciones de iluminación nocturna. Artículo 18 Cuando las personas responsables cambien, muevan o desmantelen las instalaciones de iluminación de escenas nocturnas, deben obtener la aprobación del departamento de apariencia de la ciudad. Artículo 19 Las luces publicitarias comerciales (incluidos anuncios de neón, anuncios de cajas de luz, pantallas electrónicas, pantallas eléctricas, etc.) dentro del área administrativa de esta ciudad deben encenderse simultáneamente con las luces de la calle todos los días y apagarse a las 22:30 horas.
Las placas, tamaños de letra, luces con los nombres de las unidades y equipos de iluminación decorativa en las ventanas de los locales comerciales a lo largo de la calle deberán encenderse simultáneamente con el alumbrado público todos los días y apagarse a las 22:30 horas.
La iluminación exterior y las luces decorativas de los edificios públicos grandes y medianos dentro de los "tres grupos y tres líneas" deberán encenderse todos los días de forma sincronizada con el alumbrado público y apagarse a las 22:30 horas.
Si aún fuera necesario encender las distintas luces de escena nocturna del párrafo anterior después de las 22:30 horas de cada día, la hora de cierre será determinada por cada responsable.