¿Qué debo hacer si descubro que la familia de mi esposo está endeudada después de casarme?
Artículo 1064 de la "Ley de Matrimonio y Familia": Las deudas a cargo de ambos cónyuges con la misma firma o de una de las partes expresando posteriormente la misma intención, así como las deudas a cargo de una de las partes a nombre propio por las necesidades diarias de la familia durante el matrimonio. Las deudas pertenecen tanto al marido como a la mujer.
El artículo 1064 del “Código Civil” establece un principio básico, es decir, durante la existencia de la relación entre marido y mujer, las deudas soportadas por una de las partes son en principio deudas personales, salvo que concurran tres condiciones. cumplidas, se considerarán deudas solidarias del marido y de la mujer.
El primer tipo es una deuda basada en la misma intención de ambas partes. El más típico es "* * *Deuda* * *", es decir, tanto el marido como la mujer firman el contrato o la deuda, o no firman pero expresan su aprobación a través de llamadas telefónicas, mensajes de texto, WeChat, etc.
El segundo tipo se basa en las necesidades diarias de la familia y la carga de deuda. Como deudas por compra de víveres, medicinas, educación de los hijos, etc. , es decir, el derecho legal de agencia para las tareas domésticas diarias entre marido y mujer.
El tercer tipo es cuando el acreedor puede probar que la deuda adeudada se utiliza para la vida común del marido y la mujer o para la producción y explotación conjunta. Por ejemplo, se puede utilizar para comprar una casa para que viva una familia, o para invertir en una tienda online que sea igual para ambas partes.