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Reglamento de control de drogas de la provincia de Anhui

Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 1 Con el fin de prevenir y combatir las actividades ilegales y delictivas relacionadas con las drogas, proteger la salud física y mental de los ciudadanos y mantener el orden social, este Reglamento se formula de conformidad con la "Decisión de la Comisión Antidrogas de la APN". Comité Permanente" y las leyes y reglamentos administrativos pertinentes, y a la luz de las condiciones reales de esta provincia. Artículo 2 El término “drogas” mencionado en este Reglamento se refiere al opio, heroína, metanfetamina (metanfetamina), morfina, marihuana, cocaína, éxtasis (éxtasis), ketamina (k en polvo) y otros narcóticos adictivos recetados por el estado. sustancias psicotrópicas. Artículo 3 El trabajo antidrogas sigue el principio de dar prioridad a la prevención y la gestión integral, se adhiere al principio de prohibición del tabaquismo, el tráfico, especies, especies, nacientes y ríos, aplica estrictamente la ley y trata tanto los síntomas como las causas profundas. . Artículo 4 El control de las drogas es responsabilidad común de toda la sociedad.

Los gobiernos populares en todos los niveles son responsables del trabajo antidrogas dentro de sus propias regiones administrativas e implementan un sistema de responsabilidad para el trabajo antidrogas.

Los gobiernos populares en todos los niveles deberían incluir fondos antidrogas en sus presupuestos fiscales para garantizar los gastos necesarios. Los fondos antidrogas están destinados a usos especiales.

Las agencias estatales, los grupos sociales, las empresas e instituciones y los comités (residentes) de las aldeas deberían hacer un buen trabajo en el trabajo antidrogas de sus propias unidades. Artículo 5 Los órganos de seguridad pública son los departamentos administrativos responsables del control de drogas y son responsables de tomar medidas enérgicas contra los delitos relacionados con las drogas e implementar la rehabilitación obligatoria de drogas de conformidad con la ley.

Los órganos procuradores, órganos judiciales y órganos administrativos judiciales deben cumplir sus funciones y sancionar los delitos de drogas de conformidad con la ley.

Los departamentos de salud, industria y comercio, aduanas, transporte, aviación civil, ferrocarriles, supervisión de alimentos y medicamentos, inspección y cuarentena de entrada-salida, finanzas, industria de la información, agricultura y otros departamentos llevan a cabo actividades anti- trabajo antidrogas de acuerdo con sus respectivas responsabilidades. Artículo 6 Los departamentos de prensa y publicaciones, radio y televisión, cultura y otros realizarán publicidad antidrogas.

Los sindicatos, la Liga de la Juventud Comunista, las federaciones de mujeres y otras organizaciones de masas deben organizar y llevar a cabo publicidad y educación antidrogas de acuerdo con sus respectivas funciones.

Los departamentos administrativos educativos y las escuelas deben incorporar la educación antidrogas en el contenido de la educación jurídica y llevar a cabo educación antidrogas para los estudiantes.

Los tutores de menores deben reforzar la educación antidrogas de los menores. El artículo 7 alienta a las unidades o individuos a denunciar y exponer actividades ilegales y delictivas relacionadas con las drogas. Quienes denuncian y exponen los delitos relacionados con las drogas deben ser elogiados y recompensados. Capítulo 2 Tratamiento y Rehabilitación de Drogas Artículo 8 Está prohibido consumir o inyectarse drogas.

Está prohibido obligar, inducir, engañar, instigar o permitir que otros tomen o se inyecten drogas.

Está prohibido proporcionar fondos, lugares, equipos u otras instalaciones para que otros tomen o se inyecten drogas de cualquier forma.

Las unidades o individuos dedicados a actividades comerciales de entretenimiento cultural, servicios de catering, hoteles, alquiler de casas, transporte y otras industrias deberán cumplir con las leyes y reglamentos nacionales pertinentes sobre control de drogas y descubrir que otras personas están consumiendo o inyectándose. drogas en sus locales comerciales o participar en otras actividades ilegales y delictivas relacionadas con las drogas, deben informar a los órganos de seguridad pública de manera oportuna y ayudar en la investigación y recolección de pruebas. Artículo 9 Los menores que consuman o se inyecten drogas deberán ser detenidos por sus tutores. Si los estudiantes en la escuela consumen o se inyectan drogas, deben suspenderlas de manera oportuna e informar a los órganos de seguridad pública. Para los toxicómanos, sus tutores y las escuelas deberían cooperar con los órganos de seguridad pública en la supervisión de su rehabilitación de las drogas. Las escuelas deben fortalecer la supervisión y la educación de los estudiantes que regresan a la escuela después de la desintoxicación para evitar que vuelvan a consumir o inyectarse drogas.

Está prohibido obligar, inducir, engañar, instigar o permitir que menores de edad tomen o se inyecten drogas. Artículo 10 Si una persona dedicada a los siguientes trabajos se involucra en el abuso de drogas, su unidad deberá ajustar su puesto de trabajo: (1) Conducir y comandar trenes, vehículos de motor, aviones y barcos;

(2) Operaciones a gran altitud;

(3) Operación de importantes equipos de producción e instrumentos de precisión;

(4) Producción, operación, gestión y uso de sustancias altamente tóxicas, electricidad. , gas, petróleo y otros artículos inflamables y explosivos;

(5) Investigación, producción, venta, operación y uso de drogas psicotrópicas y estupefacientes;

(6) Compromiso que involucra a Trabajo secreto;

(7) Otros trabajos que tengan un impacto significativo en la seguridad pública, la seguridad personal y la sociedad. Artículo 11 Los órganos de seguridad pública harán cumplir la desintoxicación de drogas de conformidad con la ley u ordenarán a los drogadictos que se desintoxicen dentro de un plazo.

Quienes fumen o se inyecten drogas después de una desintoxicación obligatoria de drogas o a quienes se les ordene desintoxicarse dentro de un límite de tiempo podrán ser determinados a someterse a reeducación a través del trabajo de conformidad con la ley y ser enviados a un centro de reeducación a través del trabajo para cumplimiento obligatorio. desintoxicación de drogas.

Las familias deben instar a las personas adictas a fumar o inyectarse drogas a desintoxicarse en instituciones de tratamiento de drogas y centros de tratamiento obligatorio de drogas. Artículo 12 Los gastos de manutención y tratamiento de los drogadictos durante el período de tratamiento obligatorio de drogas correrán a cargo de ellos mismos o de sus familiares.

En cualquiera de las siguientes circunstancias, los gastos de manutención y tratamiento de los drogadictos obligatorios serán subsidiados por el departamento financiero del gobierno popular local de acuerdo con las circunstancias específicas;

( 1) Los drogadictos son residentes urbanos, el ingreso familiar per cápita es inferior al estándar mínimo de seguridad de vida local para los residentes urbanos y han obtenido el certificado de seguridad de vida mínima;

(2) Los drogadictos son residentes rurales, sus familias tienen dificultades financieras y han obtenido el certificado de seguridad de vida mínima emitido por el gobierno popular del municipio (pueblo). El estándar de dificultades económicas se determina con referencia a los estándares mínimos de seguridad de vida locales estipulados por el gobierno popular a nivel de condado o superior. Artículo 13 Si los drogadictos o los drogadictos inyectables se encuentran en alguna de las siguientes circunstancias, los órganos de seguridad pública a nivel del condado o superior les ordenarán que abandonen la drogadicción dentro de un plazo límite fuera de un centro de rehabilitación obligatoria de drogas:

(1) Padecer una enfermedad infecciosa aguda u otras enfermedades graves;

(2) Embarazar o amamantar a un bebé menor de un año;

(3) Menor de catorce años mayores de setenta años;

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(4) Otros que no sean aptos para la rehabilitación de drogas en centros de rehabilitación obligatoria de drogas.

Para las personas enumeradas en el párrafo anterior, los órganos de seguridad pública emitirán un "Aviso de Rehabilitación de Drogas por Tiempo Limitado" a la persona o su familia o su tutor, y la estación de seguridad pública local será responsable de la supervisión.