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Reglamento de gestión de instituciones privadas de bienestar social de la provincia de Guangdong (revisado en 2020)

Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 1 Con el fin de normalizar la gestión de las instituciones privadas de bienestar social, salvaguardar los derechos e intereses legítimos de las instituciones privadas de bienestar social y sus destinatarios de servicios, y promover el desarrollo de las empresas de bienestar social, este reglamento se formula de conformidad con leyes y reglamentos pertinentes y en combinación con las condiciones reales de esta provincia. Artículo 2 Este reglamento se aplica a las personas físicas, jurídicas u otras organizaciones que utilicen activos no estatales dentro del área administrativa de la provincia para organizarse y registrarse como instituciones de servicios sociales o personas jurídicas corporativas para brindar residencia centralizada a grupos especiales como ancianos, discapacitados, huérfanos, bebés abandonados, etc., instituciones de servicios de educación para el cuidado de la vida y la rehabilitación. Artículo 3 Los departamentos de asuntos civiles de los gobiernos populares a nivel de condado o superior son los departamentos competentes de las instituciones privadas de bienestar social y son responsables de la supervisión y gestión de las instituciones privadas de bienestar social dentro de sus respectivas regiones administrativas.

Departamentos de desarrollo y reforma, seguridad pública, manejo de emergencias, finanzas, recursos humanos y seguridad social, recursos naturales, vivienda y construcción urbana y rural, comercio, salud, supervisión y gestión de mercados, supervisión y gestión de medicamentos y otros departamentos deberían hacerlo de acuerdo con sus respectivas responsabilidades. Mejorar la gestión de las instituciones privadas de bienestar social. El artículo 4 alienta a las personas físicas, jurídicas u otras organizaciones a establecer instituciones de bienestar social de conformidad con la ley y apoya el desarrollo de instituciones privadas de bienestar social.

Las instituciones privadas de bienestar social gozan de apoyo y políticas preferenciales de acuerdo con la normativa nacional y provincial. Artículo 5 Las unidades y las personas que hayan realizado contribuciones destacadas a empresas privadas de bienestar social serán elogiadas y recompensadas de conformidad con las normas nacionales pertinentes. Capítulo 2 Constitución, Modificación y Extinción de Instituciones Artículo 6 Para constituir una institución privada de asistencia social se deberán cumplir las siguientes condiciones:

(1) Tener nombre, domicilio y estatutos propios;

( 2) Contar con fondos acordes al contenido y escala del servicio

(3) Contar con gerentes, técnicos profesionales y personal de servicio que cumplan con las calificaciones correspondientes; ) Contar con salas de estar, instalaciones, equipos y lugares para actividades básicos;

(5) Otras condiciones que establezcan las leyes y reglamentos.

Las instituciones privadas de bienestar social deben contar con personal adecuado para los servicios que prestan. La proporción de clientes de servicios directos a clientes de autocuidado está dentro de 65.438+0: 65.438+0, la proporción de clientes con servicios intermediarios está dentro de 65.438+0: 6 y la proporción de clientes con servicios intermediarios está dentro de 65.438+0: Dentro de 3, la proporción de clientes con niños está dentro de 65.438+0: Dentro de 65.438+0. Si hay más de 200 clientes, deberá haber al menos un nutricionista de tiempo completo. Artículo 7 Las instituciones de bienestar social privadas de bienestar público se registrarán en el departamento de asuntos civiles de conformidad con el "Reglamento sobre el registro y gestión de instituciones de servicios sociales" cuando se establezcan una institución de bienestar social privada comercial, se registrarán en la supervisión y administración del mercado; departamento de conformidad con las disposiciones pertinentes sobre la gestión del registro de empresas.

Las instituciones públicas de bienestar social privadas deberán cumplir las siguientes condiciones:

(1) El propósito es proporcionar residencia centralizada, cuidado diario y educación de rehabilitación para personas mayores, personas discapacitadas y huérfanos. y servicios para bebés abandonados, sin fines de lucro;

(2) no realizará negocios no relacionados con el propósito de su establecimiento;

(3) tendrá un sistema de contabilidad financiera sólido;

(4) Todos los activos y su plusvalía pertenecen a la institución;

(5) Los ingresos y saldos operativos se utilizan principalmente para asuntos consistentes con el objeto de la institución;

(6) Los donantes no participan en ninguna forma de distribución de propiedad institucional;

(7) La propiedad restante después de la terminación no pertenece a ningún individuo ni a ninguna organización con fines de lucro;

(8) Otras condiciones estipuladas por las leyes y reglamentos. Artículo 8 Las organizaciones e individuos de Hong Kong y Macao que establezcan instituciones de bienestar social en la provincia en forma de propiedad unipersonal, empresa conjunta, cooperación, etc. deberán presentar una solicitud al departamento de registro del gobierno popular a nivel de condado o al departamento de registro del gobierno popular a nivel de prefectura sin distritos.

Las organizaciones e individuos en la provincia de Taiwán, así como las organizaciones e individuos chinos y extranjeros en el extranjero, que establezcan instituciones de bienestar social en la provincia en forma de empresas conjuntas, cooperación, etc., deberán solicitar el registro. Departamento del Gobierno Popular Provincial. Artículo 9 Sin registro y establecimiento de conformidad con la ley, ninguna organización o individuo podrá acoger a personas mayores, discapacitadas, huérfanos y bebés abandonados en nombre de instituciones privadas de bienestar social. Artículo 10 Si una institución privada de bienestar social cambia sus elementos de registro, deberá pasar por los procedimientos de cambio con los departamentos pertinentes de acuerdo con los procedimientos de solicitud.

Si las leyes y reglamentos dispusieran lo contrario, prevalecerán dichas disposiciones. Artículo 11 Si una institución privada de bienestar social suspende o cancela servicios debido a cambio o terminación, deberá presentar un plan de colocación para los destinatarios de servicios al departamento de asuntos civiles en el lugar de registro 60 días antes de la suspensión o terminación de los servicios.

El plan de reasentamiento debe especificar el número de residentes, el plan de reasentamiento y la fecha de implementación, etc. y solo se puede implementar después de la aprobación. Después de organizar adecuadamente los objetos del servicio, presente la solicitud a los departamentos pertinentes de acuerdo con los procedimientos de licitación, y solo después de la aprobación se podrá suspender el servicio.

El departamento de asuntos civiles deberá completar la revisión dentro de los 20 días siguientes a la fecha de recepción del plan de reasentamiento.

El departamento de asuntos civiles debería instar a las instituciones privadas de bienestar social a implementar planes de reasentamiento y brindar asistencia para el reasentamiento adecuado de los destinatarios de los servicios. Artículo 12 La autoridad de registro de instituciones privadas de bienestar social divulgará información sobre el establecimiento, cambio y terminación de instituciones privadas de bienestar social de conformidad con la ley. Capítulo 3 Supervisión y Gestión Artículo 13 Las instituciones privadas de bienestar social deberán, de conformidad con las regulaciones nacionales pertinentes, formular estándares de servicio y procedimientos de trabajo y anunciarlos al público, y establecer y mejorar sistemas de seguridad, protección contra incendios, saneamiento, finanzas y gestión de archivos.