Compensación cosmética para las cicatrices de la última infancia
Base jurídica:
1. El artículo 7 de la “Interpretación sobre diversas cuestiones relativas a la aplicación del derecho en el juicio de casos de indemnización por daños personales” establece que los menores son responsables de la educación, gestión, protección, etc. Si una escuela, jardín de infancia u otra institución educativa con obligaciones legales no cumple con las obligaciones pertinentes dentro del alcance de sus funciones y causa daños personales a un menor, o si un menor causa daños personales a otros, deberá asumir correspondiente responsabilidad de indemnización.
Si un tercero causa daño personal a un menor por infracción, será responsable de una indemnización. Si las escuelas, jardines de infancia y otras instituciones educativas son culpables, asumirán la responsabilidad adicional correspondiente de indemnización.