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Reglamento de control de drogas de la provincia de Shandong

Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 1 Con el fin de prevenir y sancionar los delitos relacionados con las drogas, proteger la salud física y mental de los ciudadanos y mantener el orden social, estas normas se formulan de conformidad con la Ley Antidrogas de la República Popular China, la "Ley Antidrogas Reglamento de Tratamiento" y demás leyes y reglamentos administrativos, y en combinación con las condiciones reales de esta provincia. Artículo 2 El presente reglamento se aplica a la publicidad y educación antidrogas, al control de drogas y precursores, a las medidas de tratamiento de drogas y a las garantías laborales antidrogas dentro de la región administrativa de esta provincia.

Las drogas mencionadas en estas regulaciones se refieren al opio, la heroína, la metanfetamina (hielo), la ketamina (polvo k), la morfina, la marihuana, la cocaína y otros estupefacientes y psicotrópicos adictivos controlados por el estado. Artículo 3 El control de las drogas es responsabilidad común de toda la sociedad. Los organismos estatales, los grupos sociales, las empresas, las instituciones, otras organizaciones y los ciudadanos desempeñarán deberes u obligaciones antidrogas de conformidad con la ley. Artículo 4 El trabajo antidrogas seguirá los principios de priorizar la prevención, la gestión integral, la prohibición de especies, la prohibición del tráfico, la prohibición de fumar y la combinación de educación y sanción. Artículo 5 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior fortalecerán el liderazgo en el trabajo antidrogas, implementarán el sistema de responsabilidad para el trabajo antidrogas, considerarán el trabajo antidrogas como una parte importante de la civilización espiritual y la construcción de la paz, lo incorporarán al sistema nacional plan de desarrollo económico y social, e incluir fondos antidrogas en este nivel de presupuesto financiero. Artículo 6 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior establecerán comités antidrogas que serán responsables de organizar, coordinar y orientar el trabajo antidrogas en sus respectivas regiones administrativas y desempeñar las siguientes funciones:

( 1) Formular planes, planes y medidas de trabajo antidrogas;

(2) Organizar la implementación de leyes, reglamentos y normas antidrogas, e inspeccionar su implementación;

( 3) Establecer y mejorar el seguimiento y la evaluación de la situación de las drogas, la alerta temprana sobre el abuso de drogas y los mecanismos de notificación de la situación de las drogas, y publicar periódicamente el estado y los cambios de la situación de las drogas;

(4) Establecer un sistema de notificación de la situación de las drogas trabajo antidrogas;

(5) Coordinar y resolver problemas importantes en el trabajo antidrogas;

(6) Implementar los acuerdos de trabajo antidrogas del gobierno popular de nivel superior, el comité antidrogas y al gobierno popular al mismo nivel, e informar periódicamente sobre el trabajo antidrogas al comité antidrogas de nivel superior y al gobierno popular al mismo nivel;

(7) Establecer un sistema de evaluación del trabajo antidrogas y evaluar El comité antidrogas del siguiente nivel inferior y los departamentos y unidades pertinentes del gobierno popular del mismo nivel supervisarán y evaluarán el trabajo antidrogas.

La Oficina del Comité Antinarcóticos es responsable del trabajo diario del Comité Antinarcóticos. Artículo 7 Las unidades integrantes del Comité Antinarcóticos incluyen seguridad pública, administración judicial, educación, salud y planificación familiar, asuntos civiles, recursos humanos y seguridad social, transporte, supervisión y administración de alimentos y medicamentos, supervisión y administración de seguridad en el trabajo, aduanas. , etc. Organizar, coordinar y orientar el trabajo antidrogas de este sistema, identificar al responsable del trabajo antidrogas, disponer razonablemente los fondos para el trabajo antidrogas, implementar el despliegue y requerimientos del comité antidrogas del mismo nivel y el departamento superior y coordinar el trabajo antidrogas de acuerdo con sus respectivas responsabilidades; otros departamentos y unidades relevantes deben cooperar en el trabajo relacionado con la lucha contra las drogas. Artículo 8 Los gobiernos populares de los municipios y las oficinas subdistritales, de conformidad con las regulaciones pertinentes, harán un buen trabajo en la prevención de drogas, la desintoxicación comunitaria y la rehabilitación comunitaria, y guiarán a los comités de aldeanos y comités de residentes para implementar medidas de prevención de drogas.

Los comités antidrogas de los condados (ciudades, distritos) deben guiar e inspeccionar el trabajo antidrogas llevado a cabo por los gobiernos populares de los municipios y las oficinas de los subdistritos. Artículo 9 Los gobiernos populares de todos los niveles y departamentos pertinentes establecerán un sistema de recompensas por denunciar delitos y violaciones de drogas, divulgarán la línea directa de denuncia y los métodos de recompensa, mantendrán confidencial la información de identidad del denunciante y protegerán su seguridad personal de conformidad con la ley; Las unidades e individuos que hayan realizado informes meritorios serán y las recompensas se otorgarán de acuerdo con las regulaciones pertinentes. Artículo 10: Alentar y apoyar a las fuerzas sociales para que participen en la publicidad y educación antidrogas, la investigación científica, los servicios de rehabilitación de drogas y otros trabajos relacionados con la lucha contra las drogas. Capítulo 2 Publicidad y educación antidrogas Artículo 11 Los gobiernos populares en todos los niveles establecerán y mejorarán los sistemas de publicidad y educación antidrogas, combinarán la publicidad y educación antidrogas con publicidad y educación legales, educación moral, educación sanitaria, educación científica y SIDA. educación preventiva y organizar publicidad y educación antidrogas periódicas. Promover y educar a los ciudadanos para aumentar su conciencia antidrogas y mejorar su capacidad para resistir conscientemente a las drogas. Artículo 12 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior construirán o determinarán lugares fijos de educación antidrogas y proporcionarán publicidad y servicios educativos antidrogas gratuitos al público. Artículo 13 Los departamentos pertinentes del gobierno popular del condado (ciudad, distrito), los gobiernos populares de los municipios, las oficinas de subdistrito, los comités de aldeanos y los comités de residentes tomarán medidas para fortalecer la publicidad y la educación antidrogas para los aldeanos, residentes y poblaciones flotantes. . Artículo 14 Los órganos de seguridad pública de los gobiernos populares a nivel de condado o superior, junto con los departamentos pertinentes, fortalecerán la educación y capacitación del personal relevante de las agencias estatales, grupos sociales, empresas, instituciones y otras organizaciones involucradas en el trabajo antidrogas. .

Artículo 15 Los departamentos administrativos educativos y las escuelas primarias y secundarias incorporarán conocimientos antidrogas en la educación y el contenido de la enseñanza, llevarán a cabo actividades de publicidad y educación antidrogas y llevarán a cabo publicidad y educación antidrogas para los estudiantes. Las escuelas secundarias vocacionales, colegios y universidades deben organizar actividades educativas y de publicidad antidrogas de acuerdo con las regulaciones pertinentes.

Si la escuela descubre que estudiantes, profesores y personal han participado en actividades ilegales y criminales relacionadas con las drogas, como fumar, inyectarse o poseer drogas, deberá detenerlas de inmediato e informar al departamento de administración educativa y órganos de seguridad pública. Artículo 16 Los operadores de transporte y administradores de carreteras, vías navegables, ferrocarriles, aviación, tránsito ferroviario urbano, etc. colocarán señales de advertencia antidrogas en lugares destacados en áreas densamente pobladas de sus instalaciones comerciales y llevarán a cabo publicidad y educación antidrogas.