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Los estupefacientes y psicotrópicos con fines no medicinales que pertenecen a nuestro país son

Hay 121 especies.

Los estupefacientes y psicotrópicos se clasifican según usos medicinales y no medicinales. Además de las variedades enumeradas en el "Catálogo de estupefacientes y psicotrópicos", en el apéndice de estas Medidas se incluyen nuevas variedades de estupefacientes y psicotrópicos no medicinales.

El ajuste del catálogo de variedades controladas de estupefacientes y psicotrópicos no medicinales es responsabilidad del departamento de seguridad pública del Consejo de Estado en conjunto con el departamento de regulación de alimentos y medicamentos del Consejo de Estado y el departamento administrativo de salud y planificación familiar del Consejo de Estado.

Los estupefacientes y psicofármacos no medicinales que hayan sido identificados con fines médicos y ajustados para su inclusión en el “Catálogo de Medicamentos” no se incluirán en el “Catálogo de Variedades Controladas de Estupefacientes No Medicinales”. Drogas y Psicotrópicos".

Datos ampliados:

De acuerdo con lo establecido en el artículo 3 del “Reglamento para la Administración de Estupefacientes y Psicotrópicos”, el “Catálogo de Estupefacientes” (Edición 2013) , “Catálogo de Medicamentos Psicotrópicos” (versión 2013), vigente desde el día 1 de 2014.

Artículo 3 El término “estupefacientes y psicotrópicos” mencionado en este reglamento se refiere a los medicamentos y otras sustancias incluidas en el “Catálogo de Estupefacientes y Psicotrópicos” (en adelante, el “Catálogo” ). Los psicotrópicos se dividen en Categoría I y Categoría II.

El catálogo es formulado, ajustado y anunciado por el departamento de regulación de medicamentos del Consejo de Estado en conjunto con el departamento de seguridad pública del Consejo de Estado y la autoridad sanitaria del Consejo de Estado.

En caso de abuso de drogas y otras sustancias que se encuentren en el mercado pero no incluidas en el catálogo o psicofármacos de Clase II, que causen o puedan causar graves daños sociales, el departamento de regulación de medicamentos del Consejo de Estado deberá , en conjunto con el departamento de seguridad pública del Consejo de Estado y el Departamento de Salud del Consejo de Estado, el departamento administrativo lo incluirá rápidamente en el catálogo o ajustará la segunda categoría de psicofármacos a la primera categoría de psicofármacos.