Aislamiento obligatorio y desintoxicación comunitaria
Las disposiciones específicas son las siguientes:
Artículo 33 de la "Ley Antidrogas": Para los toxicómanos, los órganos de seguridad pública podrán ordenar que se sometan a un tratamiento comunitario contra las drogas y notificarlo. los drogadictos de su residencia o residencia actual. Las oficinas locales de subdistrito de la ciudad y los gobiernos populares de los municipios.
El periodo de rehabilitación comunitaria de drogas es de tres años.
Los drogadictos deberán recibir desintoxicación comunitaria en su lugar de residencia;
Quienes tengan una residencia fija en su lugar de residencia actual distinta a su residencia registrada pueden recibir desintoxicación comunitaria en su lugar de residencia actual domicilio.
Artículo 47 El período de tratamiento obligatorio aislado por drogas es de dos años.
Después de un año de la implementación del aislamiento y desintoxicación obligatorios, para el personal de desintoxicación de drogas que haya logrado buenos resultados después del diagnóstico y la evaluación, el centro de aislamiento y desintoxicación obligatorios podrá proponer opiniones anticipadas sobre el levantamiento del aislamiento y desintoxicación obligatorios. y presentarlos a la autoridad que toma las decisiones de aislamiento obligatorio y desintoxicación para su aprobación.
Antes de que expire el período de aislamiento y desintoxicación obligatorios, para los drogadictos que necesiten extender el período de desintoxicación después del diagnóstico y evaluación, el centro de aislamiento y desintoxicación obligatorio propondrá un dictamen sobre la extensión del período de desintoxicación. desintoxicación y presentarlo a la autoridad que toma las decisiones para el aislamiento obligatorio y la desintoxicación para su aprobación.
El periodo de aislamiento obligatorio y desintoxicación podrá ampliarse a un año.
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