La mujer que dio a luz a tres hijos estaba divorciada.
Depende de la situación: 1. Si ambas partes se divorcian voluntariamente y llegan a un acuerdo sobre la división de bienes y la manutención de los hijos, pueden acudir a la oficina de registro de matrimonio local para registrarse para el divorcio. 2. Si no se cumplen las condiciones anteriores, la parte que quiere divorciarse acude al tribunal; donde se encuentra la otra parte. El tribunal confirma que la relación entre la pareja se ha roto y la mediación es inválida, la sentencia permitió que ambas partes se divorciaran. De lo contrario, las partes no podrán divorciarse. Artículo 1076 del Código Civil: Si una pareja se divorcia voluntariamente, debe firmar un acuerdo de divorcio por escrito y solicitar el registro del divorcio personalmente en la oficina de registro de matrimonio. El acuerdo de divorcio debe indicar la intención de ambas partes de divorciarse voluntariamente y el consenso en cuestiones como la manutención de los hijos, la propiedad y la liquidación de deudas.
Objetividad jurídica:
Artículo 1076 del Código Civil: Si una pareja desea divorciarse voluntariamente, deberá firmar un acuerdo de divorcio por escrito y solicitar el registro de divorcio personalmente en el registro de matrimonio. oficina. El acuerdo de divorcio debe indicar la intención de ambas partes de divorciarse voluntariamente y el consenso en cuestiones como la manutención de los hijos, la propiedad y la liquidación de deudas. Artículo 1077 Si cualquiera de las partes no desea divorciarse dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que la autoridad de registro de matrimonio recibe la solicitud de registro de divorcio, la parte puede retirar la solicitud de registro de divorcio de la autoridad de registro de matrimonio. Dentro de los treinta días siguientes a la expiración del plazo especificado en el párrafo anterior, ambas partes solicitarán personalmente un certificado de divorcio ante la autoridad de registro de matrimonio; si no lo presentan, la solicitud de registro de divorcio se considerará retirada; . Artículo 1.079 Si uno de los cónyuges solicita el divorcio, el organismo competente podrá realizar una mediación o presentar directamente una demanda de divorcio ante el Tribunal Popular. Al conocer un caso de divorcio, el Tribunal Popular llevará a cabo una mediación; si la relación realmente se ha roto y la mediación es ineficaz, se concederá el divorcio. Si la mediación falla bajo cualquiera de las siguientes circunstancias, se concederá el divorcio: (1) Bigamia o convivencia con otras personas; (2) Violencia doméstica o abuso o abandono de miembros de la familia (3) Juego, abuso de drogas y otros malos hábitos (; 4) ) Separados por más de dos años por discordia afectiva; (5) Otras circunstancias que conduzcan a la ruptura de la relación conyugal; Si una de las partes es declarada desaparecida y la otra solicita el divorcio, se concederá el divorcio. Después de que el tribunal popular dictamine que no se permite el divorcio, si las dos partes han vivido separadas durante un año y una de las partes presenta nuevamente un procedimiento de divorcio, se concederá el divorcio.