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Medidas de divulgación de información del gobierno provincial de Hainan

Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 1 Con el fin de promover la divulgación de los asuntos gubernamentales, estandarizar la divulgación de información gubernamental, aumentar la transparencia de las actividades administrativas, proteger los derechos de los ciudadanos, personas jurídicas y otras organizaciones a conocer, participar y supervisar las actividades administrativas, y promover la administración gubernamental conforme a la ley, de conformidad con las leyes pertinentes. Estas medidas se formulan con base en las leyes y reglamentos y a la luz de las condiciones reales de la provincia. Artículo 2 Estas Medidas se aplicarán a la labor de divulgación de información del gobierno provincial.

El término “divulgación de información gubernamental” como se menciona en estas Medidas se refiere a la divulgación por parte de agencias administrativas nacionales en todos los niveles en esta provincia y organizaciones autorizadas por leyes y reglamentos o encomendadas por agencias administrativas para realizar tareas administrativas ( en adelante denominados organismos administrativos) de conformidad con los procedimientos y métodos prescritos. Actividades que producen, obtienen o dominan información relevante en el desempeño de funciones administrativas o en la prestación de servicios públicos. Artículo 3 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior establecerán un sistema de reunión conjunta para la divulgación de información gubernamental. La reunión conjunta está compuesta por departamentos gubernamentales relevantes, como la oficina general del gobierno (oficina), el departamento administrativo de información, la oficina legal del gobierno, la agencia de supervisión, la agencia de auditoría, la oficina de información del gobierno provincial, etc., y es responsable de orientar y coordinar la información del gobierno. trabajos relacionados con la divulgación.

La oficina general (oficina) del gobierno popular a nivel de condado o superior es la autoridad competente para la divulgación de información gubernamental al mismo nivel y es responsable de organizar la implementación de estas Medidas. Artículo 4 Las agencias administrativas designarán agencias especializadas que serán responsables del trabajo diario de divulgación de información gubernamental de la agencia y manejarán los asuntos de divulgación de información gubernamental. Las responsabilidades específicas incluyen:

(1) Responsable de la divulgación proactiva de información gubernamental por parte de la agencia;

(2) Aceptar y procesar las solicitudes de divulgación de información gubernamental presentadas a esta agencia;

(3) Conservar, mantener y actualizar la información gubernamental de la agencia;

(4) Organizar la preparación de la guía de divulgación de información gubernamental y el catálogo de información gubernamental de la agencia, y preparar el trabajo anual de divulgación de información gubernamental de la agencia. Informar;

(5) Otros deberes previstos en leyes, reglamentos y normas.

La agencia administrativa informará el nombre de la agencia especializada que maneja los asuntos de divulgación de información gubernamental a la oficina general (oficina) del gobierno popular en el mismo nivel para su registro. Artículo 5 La información gubernamental será divulgada, excepto las enumeradas en el artículo 9 de estas Medidas que no deben divulgarse de conformidad con la ley.

La divulgación de información gubernamental debe seguir los principios de legalidad, estandarización, exhaustividad, autenticidad, puntualidad y facilidad de supervisión. Artículo 6 Para la información gubernamental que debe ser ampliamente conocida o participada por el público, las agencias administrativas deben anunciarla al público de manera rápida y proactiva. En el caso de información gubernamental que involucre objetos específicos, las agencias administrativas deben revelarla a los solicitantes de acuerdo con los procedimientos prescritos.

Los ciudadanos, personas jurídicas y otras organizaciones no necesitan exponer los motivos cuando solicitan a los organismos administrativos que proporcionen información gubernamental relevante de conformidad con estas Medidas. Si el organismo administrativo se niega a proporcionarlo, explicará los motivos. Artículo 7 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior fortalecerán el liderazgo sobre el trabajo de divulgación de información gubernamental e incluirán fondos de divulgación de información gubernamental en el presupuesto fiscal.

Capítulo 2 Contenido de la divulgación de información gubernamental Artículo 8 Además de las regulaciones gubernamentales y los documentos normativos con fuerza vinculante universal, las agencias administrativas divulgarán proactivamente al público la siguiente información gubernamental:

(1) Relacionada con la población y la naturaleza Información básica relacionada con recursos, geografía y desarrollo económico;

(2) Planificación, planes, avance y finalización del desarrollo económico y social;

(3) Planificación general urbana y rural, controlar la planificación detallada y otros tipos de planificación urbana y rural, así como la planificación general del uso del suelo y su implementación;

(4) La predicción, ocurrencia y manejo de epidemias, desastres o emergencias que afecten el bienestar personal y seguridad de la propiedad del público;

(5) Estándares, condiciones e implementación de alivio de la pobreza, atención preferencial, educación y seguridad social;

(6) Documentos de aprobación de adquisición y demolición de tierras, normas de compensación y planes de reasentamiento;

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(7) Catálogo, normas y bases para cargos administrativos;

(8) Planificación, diseño, construcción, licitación pública y proyecto. progreso y fondos de los principales proyectos de infraestructura con inversión gubernamental Uso

(9) Catálogo de proyectos de adquisiciones centralizadas del gobierno, estándares de cuotas de adquisiciones gubernamentales, resultados y supervisión de las adquisiciones

(10) Asignación; de fondos gubernamentales (fondos especiales), uso y supervisión;

(11) Reestructuración de empresas estatales, enajenación de activos estatales y supervisión de operaciones;

(12) Inversión, construcción y uso de empresas de bienestar público;

(13) Presupuesto gubernamental, cuentas finales y gastos reales;

(14) Resultados de auditoría de proyectos importantes, informes de auditoría anuales, conclusiones y manejo de auditoría de violaciones de leyes y disciplinas Situación;

(15) Las bases, procedimientos y resultados de la concesión de licencias administrativas, sanciones administrativas, ejecución administrativa, resoluciones administrativas, reconsideración administrativa, etc.;

(16) Funciones e instituciones de gestión Establecimiento, división del trabajo entre los miembros del liderazgo, ubicación de la oficina, información de contacto, compromisos de servicio, pautas de servicio y ajustes;

(17) Condiciones, procedimientos y resultados para el reclutamiento, empleo y selección pública de cuadros para funcionarios públicos;

(18) Otra información gubernamental que debe divulgarse de acuerdo con las leyes, reglamentos y normas.

Si las leyes y reglamentos tienen otras disposiciones sobre la autoridad de divulgación de los asuntos del párrafo anterior, esas disposiciones prevalecerán. Artículo 9 No se divulgará la siguiente información gubernamental:

(1) Es un secreto de estado;

(2) Es un secreto comercial o la divulgación del secreto comercial puede conducir a la divulgación del secreto comercial;

(3) Pertenece a la privacidad personal o la divulgación puede conducir a una intrusión indebida de la privacidad personal;

(4) Durante la investigación, el proceso de discusión y manejo, las leyes, los reglamentos y estos reglamentos también deberán Excepto cuando existan disposiciones relacionadas con la aplicación de la ley administrativa, que puedan afectar la inspección, la investigación, la recopilación de pruebas y otras actividades de aplicación de la ley; puede amenazar la seguridad personal;

(6) Leyes y regulaciones Otras circunstancias que no serán reveladas.

La información gubernamental enumerada en los puntos (2) y (3) del párrafo anterior también podrá ser divulgada bajo cualquiera de las siguientes circunstancias:

(1) El titular del derecho o La parte interesada acepta la divulgación;

(2) El interés público supera el posible daño;

(3) La divulgación está permitida por las leyes y reglamentos.

Si la información gubernamental enumerada en los puntos (4) y (5) del párrafo 1 tiene intereses públicos obvios y no causará un daño sustancial, la agencia administrativa puede decidir divulgarla.