Disputas médicas dentales

Análisis legal: Actualmente, las disputas médicas son manejadas principalmente por departamentos administrativos de salud, litigios judiciales y negociación (o mediación de terceros).

Base legal: "Reglamento para el Manejo de Accidentes Médicos"

Artículo 20: El departamento administrativo de salud recibe un informe de negligencia médica grave de una institución médica o una solicitud de manejo de un disputa por negligencia médica presentada por una parte involucrada en una disputa por negligencia médica. Posteriormente, la evaluación técnica de accidentes médicos se presentará al colegio médico responsable de la evaluación técnica de accidentes médicos. Si un conflicto por negligencia médica requiere negociación y valoración entre el médico y el paciente, el colegio médico al que ambas partes hayan confiado la responsabilidad de la valoración técnica de la negligencia médica organizará la valoración.

Artículo 43: Si una disputa por accidente médico se resuelve mediante negociación entre las dos partes, la institución médica deberá informar por escrito al departamento administrativo de salud local dentro de los 7 días siguientes a la fecha de la resolución y adjuntar una carta. de acuerdo.

Artículo 46: La compensación por negligencia médica y otras disputas de responsabilidad civil pueden resolverse mediante consulta entre médicos y pacientes. Si las partes no están dispuestas a negociar o no pueden llegar a un acuerdo, las partes pueden solicitar una mediación al departamento administrativo de salud o presentar directamente una demanda civil ante el Tribunal Popular.

Artículo 47 Cuando ambas partes negocien para resolver controversias de responsabilidad civil como indemnización por accidente médico, deberán llegar a un acuerdo. El acuerdo debe establecer la situación básica de ambas partes, la causa del accidente médico, el nivel del accidente médico determinado por ambas partes y el monto de la compensación determinado mediante negociación, y debe estar firmado por ambas partes.

Artículo 48: Si se ha identificado una negligencia médica, el departamento administrativo de salud podrá mediar en la compensación por negligencia médica a solicitud de ambas partes en la disputa por negligencia médica. La mediación seguirá el principio de voluntariedad de ambas partes, y el importe de la indemnización se calculará de conformidad con lo dispuesto en este Reglamento.

Si las dos partes llegan a un acuerdo sobre el monto de la compensación después de la mediación, se redactará una carta de mediación y ambas partes la ejecutarán; si la mediación falla o una de las partes se arrepiente después de llegar a un acuerdo a través de la mediación, la El departamento administrativo de salud ya no mediará.