Sistema de gestión de verificación periódica de instrumentos de medida de energía en centrales térmicas
1 Alcance
Esta norma especifica la preparación e implementación del plan de verificación periódica de instrumentos de medición de energía dentro de la empresa para garantizar que los instrumentos de medición de energía sean incluido efectivamente en la gestión de trazabilidad. Permite rastrear los instrumentos de medición hasta las unidades SI, logrando así uniformidad de los resultados de medición y cumpliendo con los requisitos de medición del proceso de medición de la empresa.
Esta norma se aplica a la gestión de la verificación periódica de los instrumentos de medida de energía dentro de la empresa.
2 Responsabilidades
2.1 El departamento XXXX es el departamento de gestión centralizada de la verificación periódica de las mediciones de energía y es responsable de la elaboración, implementación y trazabilidad del plan de verificación periódica de los instrumentos de medición de energía de la empresa.
2.2 El departamento que utiliza instrumentos de medición de energía deberá cooperar con XXXXX para llevar a cabo la verificación periódica de los instrumentos de medición de energía.
3 Requisitos del proceso
3.1 Requisitos legales para la verificación periódica de los instrumentos de medición de energía
3.1.1 Los más altos estándares de medición de la empresa y los instrumentos de medición de energía utilizados para la liquidación comercial (1 y otros instrumentos) deben enviarse a una agencia de verificación de metrología legal o una agencia de verificación de metrología autorizada para su verificación.
3.1.2 Además de los instrumentos de medición de energía enumerados en 3.1.1, el departamento XXXX puede determinar el método de trazabilidad basado en el uso real de los instrumentos de medición de energía y evaluar la capacidad de la empresa para establecer medidas. estándares o desarrollar métodos de calibración Verificar y calibrar los parámetros técnicos (rango, nivel de precisión o error máximo permitido) de los instrumentos de medición de energía.
3.1.3 Para proyectos que la empresa no es capaz de realizar, enviarlos a las correspondientes instituciones técnicas calificadas y capaces (proveedores de servicios externos) para su verificación y calibración.
3.1.4 Normas del ciclo de calibración
3.1.4.1 Los siguientes instrumentos de medición de energía sólo se confirmarán una vez antes de su uso y serán desechados y reemplazados:
a ) Medidor de energía eléctrica;
b) Medidor de agua fría;
c) Medidor de gas.
3.1.4.2 El ciclo de calibración de otros instrumentos de medición de energía debe cumplir con las "Medidas de gestión de calibración para la calibración obligatoria de instrumentos de medición del trabajo de la República Popular China y el Estado" nacionales y las regulaciones de calibración.
3.2 Bases de verificación interna o calibración
3.2.1 La verificación interna de los instrumentos de medida de energía se basa en la normativa nacional de verificación metrológica.
3.2.2 La calibración interna de los instrumentos de medición de energía se llevará a cabo de acuerdo con el método de autocalibración de los instrumentos de medición. El método de autocalibración será preparado por los departamentos pertinentes organizados por el departamento XXXX. El método de autocalibración debe escribirse de acuerdo con los requisitos de calibración internos de los instrumentos de medición de la empresa, con referencia a las disposiciones de JJF1071-2000 "Reglas de redacción de especificaciones de calibración nacional", y debe ser escrito por personal o técnicos que estén familiarizados con la medición y calibración de dichos instrumentos de medición, y debe ser revisado por el jefe del departamento, implementado después de la aprobación del representante de la gerencia.
3.3 Plan de verificación periódica
3.3.1 El departamento XXXX formulará un plan de verificación periódica para el próximo año al final de cada año y lo emitirá a todos los departamentos relevantes. El departamento deberá, de acuerdo con el plan, dentro de la fecha especificada enviar instrumentos de medición de energía al departamento XXXX (el departamento XXXX organizará la verificación y calibración in situ para los instrumentos que no se pueden desmontar y que se pueden verificar/calibrar in situ), y el departamento XXXX organizará la verificación y calibración in situ). El departamento XXXX debe enviar el instrumento a la unidad determinada para su verificación/calibración dentro de la fecha especificada.
3.4 Resultados de la verificación o calibración
3.4.1 Si los requisitos de medición del lugar donde se utiliza el instrumento de medición de energía no han cambiado, si la conclusión del certificado de verificación emitido es " calificado" o los datos del certificado de calibración. Si el error máximo está dentro de los requisitos de aceptación, se puede poner en uso. De lo contrario, se considerará no calificado y será desechado o degradado. Si califica, será descartado o degradado.
3.4.2 Pegar etiquetas
Según los resultados de la verificación, los administradores de medición están autorizados a pegar diferentes etiquetas. Para obtener más detalles, consulte "Sistema de gestión de etiquetado de instrumentos de medición de energía eléctrica".