Artículo 82: ¿Irán a la cárcel los delincuentes detenidos bajo sospecha de fraude?
La detención penal no necesariamente conlleva pena de cárcel.
Según la Ley de Procedimiento Penal
El artículo 82 estipula las condiciones de detención penal. Si el órgano de seguridad pública considera que una persona que cumple las condiciones para la detención necesita ser arrestada, lo presentará a la Fiscalía Popular para su revisión y aprobación dentro de los tres días siguientes a la detención. En circunstancias especiales, el tiempo para solicitar el arresto puede ampliarse de uno a cuatro días. Para los principales sospechosos que cometen delitos sobre la marcha, han cometido delitos múltiples o conspiran para cometer delitos, el plazo para solicitar el arresto puede ampliarse a 30. días. Luego de solicitada la detención, la fiscalía tiene siete días para revisar y aprobar la detención, lo que también se considera tiempo de detención, es decir, la detención penal más larga es de 37 días.
Artículo 89: Si el órgano de seguridad pública considera necesario detener a una persona detenida, deberá elevar el asunto a la Fiscalía Popular para su revisión y aprobación dentro de los tres días siguientes a la detención. En circunstancias especiales, el plazo de aprobación podrá ampliarse de uno a cuatro días.
Para los principales sospechosos que cometen delitos con frecuencia, cometen delitos repetidamente o conspiran para cometer delitos, el tiempo de revisión y aprobación puede ampliarse a 30 días.
Por lo tanto, el plazo máximo de detención penal decidido por el órgano de seguridad pública es de 37 días.
Artículo 77 Los tribunales populares, las fiscalías populares y los órganos de seguridad pública no pondrán en libertad bajo fianza a los sospechosos o acusados de delitos en espera de juicio durante más de 12 meses, ni los pondrán bajo vigilancia domiciliaria durante más de seis meses.
Durante el período de libertad bajo fianza pendiente de juicio y vigilancia domiciliaria, no se interrumpirá la investigación, el procesamiento y el juicio del caso. Si se determina que no procede perseguir la responsabilidad penal, o si el período de la fianza pendiente de juicio o vigilancia domiciliaria ha expirado, la fianza pendiente de juicio o vigilancia domiciliaria se terminará oportunamente. Cuando se ponga en libertad a una persona bajo fianza en espera de juicio o bajo vigilancia residencial, se notificará oportunamente a la persona en libertad bajo fianza pendiente de juicio o bajo vigilancia residencial y a las unidades pertinentes.
¿Debería quedar en libertad bajo fianza en espera de juicio?
Quedar en libertad bajo fianza en espera de juicio requiere sentencia. La ley estipula que los tribunales populares, las fiscalías populares y los órganos de seguridad pública pueden poner en libertad bajo fianza a los sospechosos o acusados de delitos en espera de juicio por cualquiera de las siguientes circunstancias:
1. Pueden ser condenados a vigilancia pública o detención penal. o castigo adicional de forma independiente;
2. La persona podrá ser condenada a una pena de prisión o más, y su liberación bajo fianza en espera de juicio o bajo vigilancia residencial no representará un riesgo social.
3. Las mujeres que estén gravemente enfermas o embarazadas y amamantando a sus bebés deben ser arrestadas.
Cuando el tribunal popular, la fiscalía popular y los órganos de seguridad pública deciden poner en libertad bajo fianza a un sospechoso o acusado de un delito en espera del juicio, ordenarán al sospechoso o acusado que proporcione un garante o pague un depósito.
En resumen, esta es la respuesta relevante del editor al artículo 82: La detención por sospecha de fraude dará lugar a prisión. Espero que esto ayude.
Base jurídica
Ley de Procedimiento Penal
El artículo 82 estipula las condiciones de la detención penal. Si el órgano de seguridad pública considera que una persona que cumple las condiciones para la detención necesita ser arrestada, lo presentará a la Fiscalía Popular para su revisión y aprobación dentro de los tres días siguientes a la detención. En circunstancias especiales, el tiempo para solicitar el arresto puede ampliarse de uno a cuatro días. Para los principales sospechosos que cometen delitos sobre la marcha, han cometido delitos múltiples o conspiran para cometer delitos, el plazo para solicitar el arresto puede ampliarse a 30. días. Luego de solicitada la detención, la fiscalía tiene siete días para revisar y aprobar la detención, lo que también se considera tiempo de detención, es decir, la detención penal más larga es de 37 días.