¿Se pueden llevar aceites esenciales a bordo de un avión?
Artículos prohibidos: gases comprimidos y gases licuados, como hidrógeno, metano, etano, butano, gas natural, etileno, propileno, acetileno (disuelto en el medio), monóxido de carbono, gas licuado de petróleo, freón, oxígeno, dióxido de carbono, gas agua, combustible para mecheros y gas licuado para encendedores.
Artículos de combustión espontánea, como fósforo amarillo, fósforo blanco, nitrocelulosa (incluida la película), papel de aceite y sus productos; artículos inflamables cuando se exponen a la humedad, como potasio metálico, sodio, litio, carburo de calcio ( carburo de calcio), polvo de magnesio y aluminio; líquidos inflamables como gasolina, queroseno, diesel, benceno, etanol (alcohol), acetona, éter, pintura, diluyente, aceite de colofonia y productos que contienen solventes inflamables.
Sólidos inflamables, como fósforo rojo, polvo instantáneo, alcohol sólido, celuloide, agentes espumantes y peróxidos orgánicos, como permanganato de potasio, clorato de potasio, peróxido de sodio, peróxido de potasio, peróxido de plomo, ácido peracético; y peróxido de hidrógeno, como cianuro, arsénico, pesticidas altamente tóxicos y otros químicos altamente tóxicos.
Sustancias corrosivas, como ácido sulfúrico, ácido clorhídrico, ácido nítrico, hidróxido de sodio, hidróxido de potasio, mercurio (mercurio); sustancias radiactivas, como isótopos radiactivos.
Datos ampliados:
Los pasajeros de vuelos nacionales pueden llevar una pequeña cantidad de cosméticos líquidos (incluidos líquidos, pastas, geles, spray, etc.) para su propio viaje. Solo se puede traer una pieza de cosmético y el volumen del contenedor no debe exceder los 100 ml y debe colocarse en una bolsa separada para la inspección del desembalaje. (Excepto artículos inflamables y explosivos).
Los pasajeros que tomen vuelos internacionales y regionales (incluidos los pasajeros que tomen vuelos internacionales de tránsito) pueden transportar artículos líquidos con un volumen de contenedor que no exceda los 65.438.000 ml: los contenedores de artículos líquidos deben colocarse en bolsas de plástico transparentes resellables con un Volumen no superior a 65.438 0 litros. Cada pasajero sólo puede llevar una bolsa de plástico transparente a la vez y cualquier exceso deberá facturarse.
El "spray policial" es un artículo con un fuerte olor acre y está prohibido que los pasajeros lo transporten o lo facturen. El esmalte de uñas es inflamable y no se permite llevarlo ni registrarlo.
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