¿La receta de medicamentos psicotrópicos de categoría II requiere un número de identificación?
Obligatorio. La base es el artículo 7 del "Reglamento sobre Gestión de Prescripción de Estupefacientes y Psicotrópicos" "El formato de prescripción de estupefacientes y psicotrópicos consta de tres partes:
(1) Preámbulo: nombre de la institución médica , número de receta, nombre del paciente, sexo, edad, número de identificación, número de historia clínica ambulatoria, nombre del agente, sexo, edad, número de identificación, departamento, fecha de emisión, etc., y elementos requeridos por la especialidad.
( 2) Texto principal: condición y diagnóstico; marcado con Rp o R, enumerando el nombre, especificación, cantidad, uso y dosis del medicamento.
(3) Posdata: firma del médico, cantidad del medicamento y revisión, despliegue y verificación, firmada por el profesional y técnico farmacéutico que distribuyó el medicamento."