Tratamiento contable para la adquisición de material de prevención de epidemias
1. Durante la epidemia, cuando las empresas compran materiales antiepidémicos:
Préstamo: gastos de gestión - protección laboral. gastos, etc (Según el departamento al que pertenezca el gasto se incluirá en la cuenta correspondiente)
Impuestos por pagar - impuesto al valor agregado por pagar (impuesto soportado)
Préstamos: depósitos bancarios
2. Cuando se traslada al final del período:
Débito: Beneficio del ejercicio
Crédito: Gastos de gestión - gastos de protección laboral, etc. (Según el departamento al que pertenecen los gastos, se incluyen en las cuentas correspondientes)
Los materiales epidémicos comprados deben incluirse en las cuentas de pérdidas y ganancias correspondientes como "gastos administrativos-gastos de protección laboral" y se traslada al "beneficio del ejercicio" al final del período.
Cabe señalar que durante el período epidémico, los materiales antiepidémicos adquiridos por la empresa también se pueden registrar normalmente sin facturas. Sin embargo, al realizar deducciones antes de impuestos y otros tratamientos fiscales relacionados, los vales. Serán facturas. Sin factura, no se pueden realizar las deducciones normales. Por lo tanto, es necesario realizar los ajustes y aumentos impositivos correspondientes durante la liquidación final.