¿Pueden los tatuadores servir como soldados?

Sí puedes.

¿Capítulo 2? Proyecto Quirúrgico

Regla Tres. Están calificados los machos con una longitud corporal superior a 162 cm y las mujeres con una longitud corporal superior a 160 cm. Entre ellos, la longitud de los hombres en áreas remotas y de minorías étnicas se puede reducir a 160 cm y la longitud de las mujeres se puede reducir a 158 cm.

El peso de los hombres no debe exceder el 25% del peso estándar ni ser inferior al 15% del peso estándar. El peso de las mujeres no debe exceder el 15% del peso estándar y no ser inferior al 15% del peso estándar. peso estándar. La fórmula de cálculo del peso estándar es:

Peso estándar (kg) = longitud corporal (cm)-110 (el peso de una persona con una altura de 179 cm debe estar entre 59 kg y 86,25 kg).

¿Artículo 4? Se descalifican la malformación cerebral, la cirugía cerebral, el traumatismo craneoencefálico y el síndrome postraumático.

Rigidez de nuca, tortícolis, bocio de tercer grado, tuberculosis linfática, síndrome de desarrollo mamario grave en hombres e hiperplasia mamaria grave en mujeres no están calificados.

¿Artículo 5? No están calificadas las deformidades o disfunciones causadas por displasia congénita de extremidades, articulaciones y columna, lesiones y secuelas de huesos, articulaciones, tejidos blandos y bolsas, luxaciones habituales, enfermedades crónicas de la columna y enfermedades de la vaina tendinosa que afecten la función de las extremidades.

Deformidad torácica leve (excepto fractura simple mayor), sin deterioro funcional ni secuelas al año de curación, calificado.

¿Artículo 6? Si la longitud de las extremidades inferiores es desigual en más de 2 cm, la distancia entre los cóndilos mediales del fémur y el maléolo medial de la tibia excede los 7 cm, o la marcha es anormal aunque no exceda el rango especificado, el paciente está descalificado.

¿Artículo 7? La deformidad de los dedos de las manos (de los pies), los pies planos con desaparición completa del arco plantar, el hallux valgus que afecta la función, los callos y la piel agrietada grave que afectan las caminatas de larga distancia no están calificados.

¿Artículo 8? No se califican los tumores malignos o tumores benignos con posibilidad de transformación maligna, tumores benignos, quistes, cicatrices y cicatrices en diversas partes de la cara o función.

¿Artículo 9? Se descalifican vasculitis, aneurisma, varices graves de miembros inferiores y varicocele. Entre ellos, las venas varicosas moderadas de las extremidades inferiores y el varicocele no están calificados para la especialidad de mando.

¿Artículo 10? Vitíligo, cicatrices, nevus melanocíticos, pigmentaciones, hemangiomas, etc. Pantalones cortos que cubren un área grande o afectan la apariencia militar con "textos y patrones" tatuados en las partes expuestas del cuerpo con un diámetro superior a 2 cm, y otras partes con un diámetro superior a 3 cm, o con cicatrices evidentes después de la cirugía; tratamiento, quedan descalificados.

Se matizan los tatuajes con costumbres y hábitos étnicos en zonas minoritarias, ropa corta y que no afecten significativamente al aspecto militar.

Artículo 11: No serán admitidos aquellos con antecedentes de cirugía toracoabdominal, hernia, prolapso anal, fístula anal, fisura anal crónica severa, hemorroides anulares, hemorroides mixtas con un diámetro mayor a 0,5 cm o dos o más. calificado. Más de seis meses después de la cirugía de apendicitis, más de un año después de la cirugía de hernia inguinal y femoral, y sin secuelas, calificaron.

Artículo 12: No se califican malformaciones o hipoplasias, criptorquidia, inflamación del sistema urinario y reproductivo, tuberculosis, cálculos y otras lesiones y sus secuelas que afecten la función del sistema urinario y reproductivo.

Se califican las siguientes condiciones:

(1) El hidrocele del cordón espermático no comunicante sin síntomas subjetivos no es más grande que el testículo sano, y el hidrocele testicular junto con el testículo es no más grande que el doble que los testículos sanos;

(2) No hay más de 2 nódulos del cordón espermático y del epidídimo, no hay sensibilidad ni síntomas subjetivos, y cada diámetro no excede los 0,5 cm

(Tres) Dermatitis aguda leve, cistitis, prepucio, fimosis y falta de adherencia entre prepucio y glande, criptorquidia reducida al escroto tras la cirugía;

(4) Hidrocele comunicante, más de un año Después de la cirugía no hubo recidivas ni secuelas.

Artículo 13: Tiña corporal extensa, tiña de la cabeza, mal olor axilar intenso, tiña manuum, tiña pedis, onicomicosis, sarna, psoriasis, lupus eritematoso, esclerodermia, eczema crónico y urticaria, aquellos con enfermedades cutáneas contagiosas o incurables. como neurodermatitis, y aquellos con antecedentes de contacto cercano con pacientes con lepra infecciosa no son elegibles. Entre ellos, se califican la tiña cruris, la tiña versicolor, el acné vulgar, los sabañones, la neurodermatitis localizada con un diámetro inferior a 3 cm y el olor leve en las axilas (excepto submarinos y armaduras).

Artículo 14: No están calificados la gonorrea, la sífilis, el chancroide, el linfogranuloma venéreo, la uretritis no gonocócica, las verrugas genitales, el herpes genital, el SIDA y los portadores de virus.

¿Capítulo 3? Proyecto de Medicina Interna

Artículo 15: Se califica presión arterial sistólica de 90 mmHg a 140 mmHg (12,00 kPa a 18,66 kPa), presión arterial diastólica inferior a 90 mmHg (12,00 kPa) y frecuencia cardíaca de 50 a 100 latidos por minuto.

Artículo 16: No se califican las enfermedades cardiovasculares crónicas como las cardiopatías orgánicas, la hipertensión, las enfermedades vasculares, el soplo sistólico no fisiológico, las arritmias, etc.

Artículo 17: No se califican las enfermedades respiratorias crónicas como bronquitis crónica, bronquiectasias, asma bronquial, tuberculosis, ampollas, neumotórax espontáneo, pleuresía tuberculosa y otras enfermedades respiratorias crónicas.

Artículo 18: Serán descalificados las enfermedades gastrointestinales crónicas graves, hígado, vesícula biliar, bazo, enfermedad pancreática, prolapso visceral, masa abdominal, anemia, desnutrición.

Se califican las siguientes condiciones:

(1) Posición supina, respirando tranquilamente, el hígado no está a más de 65438 ± 0,5 cm por debajo del margen costal de la línea medioclavicular derecha, y no más de 3 cm por debajo de la apófisis xifoides, suave, liso, sin sensibilidad ni dolor por punción, y el límite superior del hígado está dentro del rango normal;

(2) Esplenomegalia pasada causada por malaria, esquistosomiasis , kala-azar, etc. no supera el margen costal izquierdo Abajo 65438±0cm.

Artículo 19: Son incalificados el reumatismo, las enfermedades reumatoides, las enfermedades urinarias, sanguíneas, endocrinas y del sistema metabólico y la diabetes en sus diversos estadios.

Artículo 20: Son incalificadas la malaria, la esquistosomiasis, el kala-azar, la disentería amebiana, la filariasis, las hepatitis virales y otras enfermedades infecciosas. Entre ellos, la filariasis y la disentería bacilar se pueden curar durante más de medio año, la malaria, el kala-azar, la esquistosomiasis, la disentería amebiana, la leptospirosis y la fiebre hemorrágica epidémica se pueden curar durante más de dos años sin secuelas y la hepatitis viral aguda ( excepto hepatitis B y hepatitis C) ) sin recurrencia durante más de un año.

Artículo 21 Epilepsia u otras enfermedades neurológicas y sus secuelas, trastornos mentales, esquizofrenia, neurosis, trastornos de la personalidad, retraso mental, sonambulismo, enuresis, abuso y dependencia de sustancias psicoactivas.