Medidas de la Región Autónoma del Tíbet para la Implementación de la "Ley de la República Popular China sobre la Protección de los Derechos e Intereses del Consumidor"
Los consumidores mencionados en estas Medidas se refieren a unidades e individuos que compran y utilizan bienes o reciben servicios para el consumo diario.
Los operadores mencionados en estas Medidas se refieren a unidades e individuos que producen y venden bienes o reciben servicios para los consumidores. Artículo 3 Los operadores comerciales deberán respetar los principios de voluntariedad, igualdad, equidad, buena fe y credibilidad al realizar transacciones con los consumidores. Artículo 4 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior son responsables de la implementación de estas Medidas dentro de sus propias regiones administrativas.
Los gobiernos populares a nivel de condado o superior deben apoyar el trabajo de las asociaciones de consumidores y garantizar que desempeñen sus funciones de conformidad con la ley.
Los departamentos administrativos pertinentes, tales como industria y comercio, supervisión técnica y de calidad, salud, precios, turismo, supervisión de medicamentos, inspección de entrada-salida y cuarentena, deberán, dentro del alcance de sus respectivas responsabilidades, investigar y tratar con actos que atenten contra los derechos e intereses legítimos de los consumidores de conformidad con la ley. Artículo 5 Los gobiernos populares en todos los niveles alentarán y apoyarán a todas las organizaciones e individuos para supervisar los comportamientos que dañen los derechos e intereses legítimos de los consumidores.
Los medios de comunicación deben hacer un buen trabajo para salvaguardar los derechos e intereses legítimos de los consumidores y llevar a cabo una supervisión de la opinión pública de los comportamientos que dañan los derechos e intereses legítimos de los consumidores.
Los gobiernos populares a nivel de condado o superior elogiarán y recompensarán a las unidades e individuos que hayan contribuido a proteger los derechos e intereses legítimos de los consumidores. Capítulo 2 Derechos de los consumidores y obligaciones de los operadores comerciales Artículo 6 Los consumidores disfrutan de los siguientes derechos:
(1) Comprar bienes y elegir servicios de forma independiente;
(2) Comprender los derechos de los consumidores La situación real del precio, calidad, medida, rendimiento, etc. de los bienes adquiridos y utilizados o de los servicios recibidos;
(3) Aceptar las garantías legales de calidad, medida, precio, seguridad, higiene, etc.;
(4) Solicitar vales de compra o vales de cargo por servicio;
(5) Si los bienes adquiridos no funcionan correctamente o no se pueden utilizar normalmente dentro del período prescrito o acordado, solicitar reparar, rehacer, reemplazar, devolver;
(6) Deben respetarse la dignidad personal, las costumbres y hábitos nacionales;
(7) Reclamar una indemnización cuando se lesionen derechos e intereses legítimos;
(8) Presentar un reclamo Criticar, sugerir, quejarse o acusar;
(8) Denunciar y acusar conductas que vulneren los derechos del consumidor y violaciones a las leyes y negligencia del deber por parte del estado agencias y su personal;
(9) De conformidad con la ley Establecer grupos sociales para proteger sus propios derechos e intereses legítimos;
(10) Otros derechos disfrutados de conformidad con la ley . Artículo 7 Los operadores deberán colgar una licencia comercial cuando realicen actividades comerciales.
Los operadores deberán indicar su verdadero nombre y marca en un lugar visible del local comercial; quienes alquilen mostradores o locales ajenos para realizar actividades comerciales deberán indicar su verdadero nombre y marca.
Los lugares, los proveedores de mostradores y los organizadores de ferias comerciales deben fortalecer la gestión y supervisar los lugares, los usuarios de los mostradores y los expositores para colgar licencias comerciales y marcar sus nombres y marcas reales. Artículo 8 Los operadores no obligarán a los consumidores a comprar bienes o recibir servicios, ni podrán vincular bienes, proporcionar servicios ni imponer otras condiciones irrazonables de ninguna forma. Los consumidores tienen derecho a rechazar las transacciones forzadas o las prácticas vinculantes de los operadores.
Los operadores no rechazarán ni retrasarán la prestación de los bienes o servicios que operan a los consumidores sin razones justificables. Artículo 9 Para productos eléctricos, productos inflamables y explosivos y servicios de belleza, cosméticos, servicios de entretenimiento y otros bienes y servicios que puedan poner en peligro la seguridad personal y de la propiedad, los operadores deberán brindar a los consumidores explicaciones veraces y advertencias claras, y explicar o indicar la forma correcta de utilizar bienes o recibir servicios y cómo prevenir peligros. Se deben desarrollar atracciones emocionantes, medidas de emergencia y planes de rescate. Artículo 10 Los operadores que venden "productos procesados", "productos defectuosos", "productos extranjeros", "productos de prueba" y otros productos básicos harán anuncios públicos a los consumidores para garantizar que tengan el valor de uso correspondiente y proteger la seguridad personal de los consumidores. para la seguridad de la propiedad.
Artículo 11 Los operadores utilizarán instrumentos de medición que cumplan con las regulaciones nacionales y utilizarán unidades de medida legales como base para la liquidación. Los operadores no rechazarán la revisión de las mediciones por parte de los consumidores. Artículo 12 Los operadores que promocionen productos a través de ventas por correo, ventas directas por televisión, ventas en línea, etc. deberán garantizar que la calidad y el rendimiento de los productos sean consistentes con los anuncios y proporcionar los productos dentro del plazo prometido.
Si los productos adquiridos a través de los métodos anteriores no coinciden con los anuncios o tienen problemas de calidad, los consumidores pueden devolverlos dentro de los 15 días siguientes a la fecha de recepción. El operador correrá con los gastos necesarios y razonables pagados por. al consumidor. Artículo 13 Los operadores deberán proporcionar a los consumidores un entorno de consumo seguro. Sus locales e instalaciones comerciales, la decoración de las tiendas y la exhibición de productos deberán cumplir con los requisitos para garantizar la seguridad personal y de la propiedad. Los proyectos o lugares con factores peligrosos deberán establecer señales de advertencia. Si las faltas del operador, como instalaciones imperfectas o negligencia, causan daños personales o materiales a los consumidores, el operador asumirá la responsabilidad legal correspondiente. Artículo 14 La introducción y compromiso de bienes o servicios realizados por los empleados contratados por los operadores a los consumidores en la prestación de bienes o servicios, así como las consultas, quejas y respuestas de los consumidores se considerarán acciones de los operadores.
Si el convenio o compromiso de servicio asumido por el operador es beneficioso para los consumidores, debe utilizarse como base para resolver disputas; si el acuerdo o la responsabilidad contractual firmados por el operador y los consumidores no es claro, se debe tomar una decisión; debe hacerse algo que sea beneficioso para los consumidores.