Red de conocimientos sobre prescripción popular - Recetas de medicina tradicional china - Medidas para la Gestión de Bancos de Semen Humanos

Medidas para la Gestión de Bancos de Semen Humanos

Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 1 Estas Medidas se formulan con el fin de estandarizar el manejo de los bancos de esperma humanos, garantizar la seguridad, la aplicación efectiva y el sano desarrollo de la tecnología de reproducción asistida humana y proteger la salud de las personas. Artículo 2 El término "banco de esperma humano", tal como se menciona en estas Medidas, se refiere a una institución que utiliza tecnología de congelación a temperatura ultrabaja para recolectar, detectar, preservar y proporcionar esperma con el fin de tratar la infertilidad y prevenir enfermedades genéticas.

Los bancos de esperma humanos deben crearse en instituciones médicas. Artículo 3: La recolección y provisión de esperma debe respetar la voluntariedad de los interesados ​​y respetar los principios éticos sociales.

Ninguna unidad o individuo podrá recolectar y proporcionar esperma con fines de lucro. Artículo 4: Corresponde al Ministerio de Salud la supervisión y gestión de los bancos de esperma humano a nivel nacional. Los departamentos administrativos de salud de los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior son responsables de la supervisión y gestión diaria de los bancos de esperma humano dentro de sus respectivas regiones administrativas. Capítulo 2 Aprobación Artículo 5 El Ministerio de Salud formula un plan para el establecimiento de un banco de esperma humano basado en los recursos de salud de mi país, la demanda de suministro de esperma, las fuentes de esperma, las condiciones técnicas y otras condiciones reales. Artículo 6 El establecimiento de un banco de esperma humano deberá ser aprobado por el Ministerio de Salud. Artículo 7 Las instituciones médicas que soliciten establecer un banco de esperma humano deberán cumplir las siguientes condiciones:

(1) Tener una licencia de práctica de institución médica;

(2) Tener una ética médica comité;

(3) Contar con técnicos profesionales de la salud adecuados para la recolección, prueba, conservación y suministro de esperma.

(4) Contar con personal calificado y adecuado para la recolección, prueba, conservación y provisión de esperma; Tecnología y equipamiento;

(5) Tener la capacidad técnica para realizar el cribado de donantes de esperma;

(6) Deberán cumplir con las "Normas Básicas para Bancos de Esperma Humano" formuladas por el Ministerio de Salud . Artículo 8 Las instituciones médicas que soliciten la creación de un banco de esperma humano deberán presentar los siguientes materiales al departamento administrativo de salud del gobierno popular de la provincia, región autónoma o municipio donde estén ubicados:

(1 ) Informe de viabilidad para la creación de un banco de esperma humano;

(2) Situación básica de las instituciones médicas;

(3) Plan de diseño arquitectónico del banco de esperma humano propuesto;

(4) Tecnologías a desarrollar en el banco de esperma humano propuesto Alcance comercial, condiciones del equipo técnico, personal técnico y estructura organizacional;

(5) Normas y regulaciones del banco de esperma humano, manuales de operación técnica , etc.;

(6) Nivel provincial o superior Otros materiales especificados por el departamento administrativo de salud. Artículo 9: Una vez recibidos los materiales especificados en el artículo anterior, los departamentos administrativos de salud de los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central presentarán dictámenes preliminares y los someterán al Ministerio de Salud para su aprobación. Artículo 10 Después de recibir las opiniones y materiales preliminares de los departamentos administrativos de salud de los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central, el Ministerio de Salud contratará expertos pertinentes para realizar demostraciones y revisarlas dentro de los 45 días hábiles. días después de recibir los informes de demostración de los expertos, si se aprueba, se emitirá un certificado de aprobación del banco de esperma humano; si el solicitante no está de acuerdo con la revisión, se le notificará por escrito; Artículo 11 Una institución médica autorizada para establecer un banco de esperma humano deberá, de conformidad con las disposiciones pertinentes del "Reglamento para la administración de instituciones médicas", acudir al departamento administrativo de salud que emitió su licencia de práctica de institución médica para pasar por el cambiar los procedimientos de registro con el certificado de aprobación del Ministerio de Salud. Artículo 12 El Certificado de aprobación del banco de esperma humano se verificará cada dos años. Si la verificación es calificada, el banco de esperma humano podrá continuar funcionando; si la verificación no es calificada, se retirará el Certificado de aprobación del banco de esperma humano. Capítulo 3 Recogida y suministro de esperma Artículo 13 La recogida y suministro de esperma se realizará en un banco de esperma humano autorizado. Sin aprobación, ninguna unidad o individuo puede participar en actividades de recolección y suministro de esperma. Artículo 14 La recolección y provisión de esperma debe cumplir estrictamente con las "Especificaciones Técnicas para Bancos de Esperma Humano" y diversos procedimientos técnicos operativos formulados por el Ministerio de Salud. Artículo 15: El donante de esperma deberá ser un varón sano de entre 22 y 45 años.

Artículo 16 Los bancos de esperma humanos realizarán exámenes de salud y controles estrictos de los donantes de esperma, y ​​no recolectarán semen de personas con cualquiera de las siguientes condiciones:

(1) Tener antecedentes familiares de enfermedades genéticas o padecer enfermedades hereditarias Enfermedad;

(2) Pacientes mentales;

(3) Pacientes con enfermedades infecciosas o portadores de enfermedades;

(4) Personas que han estado expuestas a la radiación y sustancias nocivas durante mucho tiempo;

(5) Aquellos que no pasan el examen de semen;

(6) Pacientes con otras enfermedades orgánicas graves. Artículo 17: El personal del banco de esperma humano debe explicar a los donantes de esperma el uso del esperma, los métodos de almacenamiento y las posibles cuestiones sociales y éticas. El banco de esperma humano deberá firmar un formulario de consentimiento informado con el donante de esperma. Artículo 18: Los donantes de esperma sólo podrán donar esperma de un banco de esperma humano. Artículo 19: Después de la recolección de esperma, el banco de esperma realizará inspecciones y exámenes. Después de 6 meses de congelación, el esperma solo puede entregarse a instituciones médicas aprobadas por el departamento administrativo de salud para llevar a cabo tecnología de reproducción asistida humana después de pasar el nuevo examen, y los resultados de la prueba se enviarán a la institución médica. Si no ha sido inspeccionado o no ha pasado la inspección, no se entregará a las instituciones médicas.

Los bancos de esperma tienen estrictamente prohibido proporcionar esperma fresco a instituciones médicas.

Los bancos de esperma tienen estrictamente prohibido proporcionar esperma a instituciones médicas que no estén aprobadas para llevar a cabo tecnología de reproducción asistida por humanos. Artículo 20: El esperma de un donante de esperma sólo podrá utilizarse para concebir un máximo de cinco mujeres. Artículo 21: Los bancos de esperma humanos deben establecer archivos de donantes de esperma, realizar una gestión informática y preservar permanentemente la información detallada de los donantes de esperma y el uso del esperma.

Los bancos de esperma humanos mantendrán la confidencialidad de los donantes y receptores de esperma y no divulgarán información relevante sin el consentimiento de los donantes y receptores de esperma.