Gestión de la prescripción de estupefacientes y psicotrópicos
Para los estupefacientes y las inyecciones de psicotrópicos de Clase I utilizados en pacientes ambulatorios, cada receta será una dosis común para los preparados de liberación controlada y de liberación sostenida, cada receta no deberá exceder los 7 días; dosis; para otras formas de dosificación, cada prescripción no debe exceder una dosis de 7 días. Para prescripciones de estupefacientes para pacientes ambulatorios con dolor oncológico y pacientes con dolor crónico de moderado a intenso, para inyecciones de fármacos psicotrópicos de Clase I, cada prescripción no excederá la dosis de 3 días; para preparaciones de liberación controlada, cada prescripción no excederá la dosis de 15 días; ; para otras formas de dosificación, cada prescripción no deberá exceder la dosis de 15 días. Una prescripción no debe exceder la dosis de 7 días. Las recetas de psicofármacos de Clase II para pacientes ambulatorios generalmente no deben exceder una dosis de 7 días. Evite errores Esta pregunta examina los requisitos para las recetas en el "Reglamento sobre Gestión de Recetas".