Red de conocimientos sobre prescripción popular - Colección de remedios caseros - ¿Qué tipo de enfermedades puedo solicitar para los trámites de jubilación?

¿Qué tipo de enfermedades puedo solicitar para los trámites de jubilación?

Pueden acogerse a los procedimientos de jubilación anticipada quienes padezcan las siguientes enfermedades:

1. Diversas enfermedades del sistema nervioso central o enfermedades neuromusculares periféricas, etc. , después del tratamiento, todavía existe una de las siguientes condiciones:

(1) Parálisis de una sola extremidad con fuerza muscular por debajo del nivel 2 (incluido el nivel 2).

(2) Parálisis de dos o tres extremidades, fuerza muscular por debajo del nivel 3 (incluido el nivel 3).

(3) Diplejia de ambas manos o pies, fuerza muscular por debajo del nivel 2 (incluido el nivel 2).

(4) Afasia completa (sensorial o mixta).

(5) Trastorno del movimiento moderado, sin parálisis de extremidades.

2. Dificultad respiratoria grave a largo plazo.

3. La función cardíaca se mantiene elevada durante mucho tiempo. En la enfermedad del ventrículo izquierdo, la fracción de eyección del ventrículo izquierdo es ≤50%.

4. El tratamiento de la taquicardia ventricular maligna es ineficaz.

5. Para diversas anemias graves que son difíciles de curar, la hemoglobina estará por debajo de 6 g/dl (incluidos 6 g/dl) durante mucho tiempo después del tratamiento.

6. Gastrectomía total o resección total de colon o 3/4 del intestino delgado.

7. Daño crónico grave a la función hepática.

8. Insuficiencia renal crónica irreversible.

9. Complicaciones graves y descompensaciones de disfunciones en más de un órgano importante como corazón, cerebro, riñón, pulmón, hígado, etc. causadas por diversas enfermedades metabólicas o endocrinas, enfermedades del tejido conectivo o enfermedades autoinmunes. . Esperar.

10. Varios tumores malignos (incluidos los hematológicos) fracasan o recaen después de un tratamiento integral, radioterapia y quimioterapia.

11. De un vistazo queda claro si hay luz o no.

12. Trastorno mental orgánico crónico, que aún presenta alguno de los siguientes síntomas después de 2 años de tratamiento sistémico, y afecta gravemente las funciones laborales: demencia (retraso mental moderado, persistente o frecuente, delirios y alucinaciones persistentes); o episodios frecuentes de inestabilidad emocional e impulsividad incontrolable.

13. Esquizofrenia, aquellos que no pueden volver a la normalidad después de 5 años de tratamiento sistémico; trastorno mental paranoico, delirios persistentes, que no pueden aliviarse después de 5 años, afectando gravemente las funciones ocupacionales.

14. Trastorno afectivo refractario, que no se recupera después de 5 años de tratamiento sistémico. Los hombres tienen más de 50 años y las mujeres tienen más de 45 años. Afecta gravemente las funciones laborales.

15. El trastorno obsesivo-compulsivo refractario con base obvia de personalidad obsesivo-compulsiva no ha respondido al tratamiento sistemático después de 5 años, afectando gravemente las funciones laborales.

16. Los que cumplen con los estándares de “Valoración de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales y Grados de Incapacidad de los Empleados” son del 1 al 4.

Base Legal

Medidas Provisionales del Consejo Estatal sobre Jubilación y Renuncia de Trabajadores

Primera

Empresas e instituciones propiedad del Pueblo entero, partidos y agencias gubernamentales. Se jubilarán los trabajadores de organizaciones y organizaciones de masas que cumplan una de las siguientes condiciones.

(1) Los hombres deben tener más de 60 años, las mujeres deben tener más de 50 años y haber trabajado continuamente durante diez años.

(2) Quienes realizan trabajos físicos subterráneos, a gran altitud, a altas temperaturas, particularmente pesados ​​u otros trabajos nocivos para la salud, hombres mayores de cincuenta y cinco años, mujeres mayores de cuarenta y cinco años. de edad, y tener diez años consecutivos de servicio.

Esta disposición también se aplica a los cuadros de base cuyas condiciones laborales sean las mismas que las de los trabajadores.

(3) Los hombres tienen más de 50 años, las mujeres tienen más de 45 años, han trabajado continuamente durante diez años, han sido certificados por el hospital y confirmados por el Comité de Evaluación Laboral, y han perdido por completo la capacidad de trabajar.

(4) Incapacitado para el trabajo, certificado por el hospital y confirmado por el comité de valoración laboral, perdiendo completamente la capacidad para trabajar.