Red de conocimientos sobre prescripción popular - Colección de remedios caseros - Estándares de grado de discapacidad y estándares de compensación

Estándares de grado de discapacidad y estándares de compensación

1. Lesiones graves que causen discapacidad física, desfiguración, pérdida de audición, pérdida de visión, pérdida de funciones de otros órganos u otras lesiones que causen daños importantes a la salud personal, incluidas lesiones graves de nivel uno y lesiones graves de nivel dos. Si alcanza el nivel de discapacidad, puede reclamar una indemnización por daños mentales.

2. Lesiones leves que causen daño corporal o facial, disfunción auditiva, visual u otros órganos, u otras lesiones moderadamente perjudiciales para la salud humana, incluidas las lesiones menores de primer y segundo nivel. Si se alcanza el nivel de discapacidad, se calcularán 20 años a partir de la fecha de la discapacidad con base en el grado o nivel de discapacidad de la víctima y el ingreso disponible per cápita de los residentes urbanos o el ingreso neto per cápita de los residentes rurales en el año anterior en el que se presentó la apelación. se encuentra el tribunal. Sin embargo, para los mayores de 60 años la edad se reducirá en un año por cada año; para los mayores de 75 años se computará como 5 años.

3. Provoca lesiones personales generales (sin llegar a la discapacidad): lesión menor: lesión primaria causada por diversos factores de lesión, que produce daños leves en tejidos y órganos o disfunción leve. Los gastos médicos y los ingresos reducidos debido a la pérdida de trabajo, incluidos los gastos médicos, los gastos de pérdida de trabajo, los gastos de enfermería, los gastos de transporte, los gastos de alojamiento, los subsidios de alimentación de hospitalización y los gastos de nutrición necesarios, etc., serán compensados ​​por el deudor.

Base jurídica: “Interpretaciones del Tribunal Supremo Popular sobre Diversas Cuestiones Relativas a la Aplicación del Derecho en el Juicio de Casos de Indemnización por Daños Personales”. Artículo 17 Si la víctima sufre lesiones personales, el deudor deberá compensar todos los gastos incurridos por tratamiento médico y pérdida de ingresos debido a la pérdida de trabajo, incluidos los gastos médicos, los gastos de trabajo perdido, los gastos de enfermería, los gastos de transporte, los gastos de alojamiento y los subsidios de alimentación por hospitalización. y tarifas de nutrición necesarias, etc.