Reglamento sobre la gestión de los pequeños talleres de producción y procesamiento de alimentos y de los vendedores de alimentos en la Región Autónoma de Mongolia Interior
El término "pequeños talleres de alimentos", tal como se menciona en este Reglamento, se refiere a los operadores de producción y procesamiento de alimentos que tienen sitios de producción fijos, no cumplen con las condiciones de licencia para empresas de producción de alimentos y no tienen productos preenvasados. productos o embalajes simples.
El término "vendedores de alimentos", como se menciona en estas regulaciones, se refiere a los operadores de alimentos que instalan puestos para vender alimentos, preparar y vender alimentos en el lugar y brindar servicios de catering sin obtener una licencia de negocio de alimentos. Artículo 3 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior dirigirán y coordinarán la supervisión y gestión de la inocuidad de los alimentos de los pequeños talleres y vendedores de alimentos dentro de sus respectivas regiones administrativas, y mejorarán la implementación del sistema de responsabilidad de gestión y supervisión de la inocuidad de los alimentos. Artículo 4 Los departamentos de administración y supervisión de alimentos y medicamentos a nivel de condado o superior son responsables de la supervisión y gestión de la seguridad alimentaria de los pequeños talleres y vendedores de alimentos.
El departamento de administración y supervisión de alimentos y medicamentos a nivel de bandera y de condado puede establecer oficinas de despacho en la ciudad de Sumu o en áreas específicas según las necesidades de gestión.
Los departamentos de agricultura y ganadería, salud, supervisión de calidad, administración industrial y comercial, seguridad pública, educación, gestión urbana, gestión de asuntos étnicos y otros departamentos desempeñarán sus funciones dentro del alcance de sus respectivas responsabilidades y de acuerdo con las leyes, reglamentos y disposiciones pertinentes de seguridad alimentaria. Responsable de la supervisión y gestión de pequeños talleres de alimentos y vendedores de alimentos. Artículo 5 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior y sus departamentos pertinentes, de conformidad con los principios de facilitar la vida de las personas y promover el desarrollo económico y el empleo social, elaborarán planes generales, construirán y transformarán lugares y bloques centralizados adecuados para la producción y operación de pequeños talleres de alimentos y vendedores de alimentos, y mejorar las instalaciones de base y las instalaciones de apoyo, y promover operaciones a gran escala y en cadena.
El gobierno popular del distrito municipal o capital del condado determinará, con base en la planificación urbana, las áreas y períodos de tiempo en que los vendedores de alimentos pueden realizar negocios de alimentos y los anunciará al público. Artículo 6 Los pequeños talleres de alimentos y vendedores de alimentos deberán participar en actividades de producción y negocios de acuerdo con las leyes, reglamentos y estándares de seguridad alimentaria, cumplir con la gestión de la apariencia de la ciudad y las regulaciones pertinentes, y garantizar que los alimentos que producen y venden sean higiénicos, no -tóxico e inofensivo. El artículo 7 alienta a los pequeños talleres de alimentos a mejorar las condiciones de producción, aumentar la capacidad de producción, ampliar la escala comercial y transformarse y actualizarse en empresas de producción de alimentos. Artículo 8 Se alienta a las asociaciones de la industria alimentaria a participar en la formulación de normas alimentarias locales y especificaciones de la industria alimentaria, publicitar y popularizar los conocimientos sobre seguridad alimentaria, orientar y estandarizar la producción y operación de pequeños talleres y vendedores de alimentos de acuerdo con la ley, y promover la construcción de la integridad de la industria. Artículo 9 La radio, la televisión, los periódicos, Internet y otros medios de comunicación realizarán publicidad de bienestar público sobre las leyes y reglamentos de seguridad alimentaria, las normas y conocimientos de seguridad alimentaria, promoverán patrones de alimentación saludables, mejorarán la conciencia del público sobre la seguridad alimentaria y la capacidad de autoprotección. y responder a las violaciones de la seguridad alimentaria. La aplicación de las leyes y reglamentos será supervisada por la opinión pública. Artículo 10 Cualquier unidad o individuo tiene derecho a quejarse y denunciar actividades ilegales en la producción y operación de pequeños talleres de alimentos y vendedores de alimentos. El departamento que lo acepta recompensará los informes cuya veracidad se verifique de acuerdo con las regulaciones pertinentes.
El departamento responsable de la supervisión y gestión de pequeños talleres y vendedores de alimentos debe publicar la dirección de correo electrónico del departamento, la dirección de la unidad y la línea directa para presentar quejas.
Los departamentos que aceptan quejas y denuncias deberán mantener la confidencialidad de los denunciantes y denunciantes y salvaguardar sus derechos e intereses legítimos. Capítulo 2 Producción y Procesamiento de Pequeños Talleres de Alimentos Artículo 11 Para abrir un pequeño taller de alimentos para dedicarse a la producción y procesamiento de alimentos, se deberán cumplir las siguientes condiciones:
(1) Tener la variedad, cantidad y calidad requeridas requisitos para la producción y procesamiento de alimentos, procesamiento, envasado, almacenamiento y otros lugares adaptables, y mantener una distancia específica de lugares tóxicos y nocivos y otras fuentes de contaminación;
(2) Contar con limpieza, desinfección, refrigeración. , transporte, anticorrosión, a prueba de polvo, a prueba de moscas, antiroedores, anticontaminación, tratamiento de aguas residuales, almacenamiento de basura y otros equipos e instalaciones. , compatible con los estándares de seguridad de los alimentos procesados producidos;
(3) Tener un diseño de equipo y un flujo de proceso razonables, y los equipos y utensilios de producción que entran directamente en contacto con los alimentos no son tóxicos, son inofensivos, resistente a la corrosión, no se oxida fácilmente y cumple con los requisitos higiénicos;
(4) Los recipientes y materiales utilizados para envasar alimentos son limpios, no tóxicos, inofensivos y cumplen con los requisitos higiénicos y Normas de envasado de alimentos. Artículo 12 Un pequeño taller de alimentos deberá registrarse en el departamento de administración y supervisión de alimentos y medicamentos a nivel del condado y solo podrá participar en la producción y procesamiento de alimentos después de obtener un certificado de registro de pequeño taller de alimentos.
Artículo 13 Para solicitar el certificado de registro de pequeño taller de alimentos, se deberá presentar original y copia de la cédula de identidad del operador, domicilio, lugar de producción y procesamiento, nombre y variedad de alimentos producidos y procesados, nombre y variedad de aditivos alimentarios utilizados, y requisitos sanitarios. El certificado del empleado se presentará a la autoridad de registro y otros materiales. Artículo 14 El departamento de administración y supervisión de alimentos y medicamentos a nivel del condado revisará los materiales relevantes presentados por los solicitantes para abrir pequeños talleres de alimentos de acuerdo con la ley y realizará inspecciones in situ de las instalaciones comerciales y de producción del solicitante si es necesario; las condiciones especificadas en el artículo 11 de este Reglamento, si no cumple con las condiciones prescritas, no se registrará y se explicarán las razones por escrito;
El departamento de administración de alimentos y medicamentos a nivel del condado tomará una decisión sobre si se debe registrar dentro de los 15 días siguientes a la fecha de aceptación de la solicitud de registro, y no cobrará ninguna tarifa ni la cobrará de forma encubierta.