Red de conocimientos sobre prescripción popular - Colección de remedios caseros - Identificación y Sanción de Medicamentos Falsificados y de Calidad Subestándar

Identificación y Sanción de Medicamentos Falsificados y de Calidad Subestándar

Subjetividad legal:

Sanción por el delito de producción y venta de productos falsificados y de calidad inferior: si el monto de las ventas está entre 500.000 y 200.000 yuanes, será sentenciado a una pena de prisión de duración determinada de no más de dos años. o detención penal, y también o únicamente se le impondrá una multa si el importe de las ventas está entre 200.000 y 500.000 yuanes, será condenado a una pena de prisión de no menos de dos años pero no más de siete años, y también será multado; multado. Sin embargo, si un productor o vendedor adultera o adultera un producto, hace pasar un producto falso como genuino, un producto de mala calidad como un buen producto o hace pasar un producto de mala calidad como un producto calificado, y el monto de las ventas supera los 50.000 yuanes, puede considerarse que constituye este delito.

Objetividad jurídica:

El artículo 141 de la "Ley Penal" que produzca y venda medicamentos falsificados será condenado a pena privativa de libertad no superior a tres años o prisión preventiva, y también serán multados los que causen daños graves a la salud o concurran otras circunstancias graves, con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años, y también serán multados los que causen la muerte o hayan causado la muerte; En otras circunstancias particularmente graves, serán sancionados con pena privativa de libertad no menor de diez años ni mayor de diez años, o con pena de muerte, y también con multa pecuniaria o confiscación de bienes. Los drogadictos que, a sabiendas, proporcionen a otros medicamentos falsificados para su uso, serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior. Artículo 142 El que produzca o venda medicamentos de calidad inferior que causen daños graves a la salud humana, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años, y también multa si las consecuencias son especialmente graves; será sancionado con pena privativa de libertad no menor de diez años o cadena perpetua y estará sujeto a multa o confiscación de bienes. Los toxicómanos que a sabiendas suministren a otros drogas de calidad inferior serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior.