Reglamento sobre la Administración de la Importación y Exportación de Precursores Químicos (2006)
Los departamentos de comercio de todas las provincias, regiones autónomas, municipios directamente dependientes del Gobierno Central y ciudades bajo una planificación estatal separada (en adelante, departamentos de comercio provinciales) son responsables de la gestión de la importación y exportación de precursores químicos. en sus regiones. Al mismo tiempo, el Ministerio de Comercio le ha encomendado la responsabilidad del examen preliminar de las licencias de importación y exportación de precursores químicos y de algunas licencias de importación y exportación de precursores químicos en la región.
Los departamentos de comercio competentes a nivel de condado o superior son responsables de la supervisión e inspección de la importación y exportación de precursores químicos en la región. Artículo 5 Quien importe o exporte precursores químicos mediante intercambios, intercambios, cooperación, donaciones, asistencia y servicios con el exterior deberá solicitar una licencia de importación (exportación) de conformidad con el presente reglamento. Artículo 6 Si un importador o exportador de precursores químicos (en adelante, el operador) importa o exporta precursores químicos a través del comercio de procesamiento o como productos terminados procesados o subproductos de precursores químicos y necesita venderlos en el país, deberá cumplir con las regulaciones. De acuerdo con las disposiciones de estas Medidas, primero debe obtener la licencia de importación (exportación) correspondiente y realizar los trámites pertinentes con la licencia de importación (exportación). Artículo 7 Si la mezcla contiene precursores químicos, el operador deberá solicitar una licencia de importación (exportación) de conformidad con este reglamento después de convertir la cantidad de precursores químicos, excepto en el caso de preparaciones compuestas que contengan precursores químicos. Artículo 8 Para la importación y exportación de muestras de precursores químicos, se debe solicitar una licencia de importación (exportación) de conformidad con este reglamento. Artículo 9 Para el tránsito, transbordo y transporte combinado de precursores químicos, se deberán solicitar licencias de importación (exportación) de conformidad con el presente reglamento. Artículo 10 Los precursores químicos deberán solicitar una licencia de importación (exportación) de conformidad con este reglamento al ingresar o salir del país y al entrar o salir de áreas especiales de supervisión aduanera y lugares aduaneros como áreas aduaneras y zonas de procesamiento de exportaciones.
Si los precursores químicos ingresan o salen del país entre áreas especiales de supervisión aduanera, como áreas aduaneras y zonas francas de procesamiento de exportaciones y lugares aduaneros, o entre las áreas especiales de supervisión aduanera y lugares aduaneros mencionados anteriormente, no hay necesidad de presentar una solicitud. para entrada (Licencia de exportación. Artículo 11 Los operadores que importen o exporten precursores químicos deberán declarar verazmente ante la aduana y presentar una licencia de importación (exportación), y la aduana se encargará de los procedimientos de despacho de aduana basados en la licencia. Cuando se importen productos químicos precursores farmacéuticos Clase I, también se deberá presentar el "Formulario de Despacho Aduanero de Medicamentos Importados" emitido por el departamento de supervisión y administración de alimentos y medicamentos. Artículo 12 El personal de entrada y salida que transporte productos químicos precursores de Clase I y permanganato de potasio en el Reglamento sobre Gestión de Precursores Químicos se limitará a cantidades razonables para uso personal y estará sujeto a supervisión aduanera.
El personal de entrada y salida no deberá transportar precursores químicos distintos de los especificados en el párrafo anterior. Artículo 13 El Estado implementa un sistema de verificación internacional para la importación y exportación de algunos precursores químicos. Las normas de gestión se formularán por separado. Artículo 14 La efedra y otros precursores químicos controlados clave serán importados y exportados por empresas aprobadas por el Ministerio de Comercio en conjunto con los departamentos pertinentes del Consejo de Estado. Las medidas de gestión se formularán por separado. Capítulo 2 Solicitud y Revisión de Licencias de Importación y Exportación Artículo 15 Al solicitar la importación y exportación de precursores químicos, los operadores deberán autenticar, presentar de manera precisa y completa la solicitud a través de la plataforma de gobierno electrónico para la gestión de importaciones y exportaciones de artículos de doble uso. y tecnologías del Ministerio de Comercio Diligenciar el formulario de solicitud de importación y exportación de precursores químicos y presentar datos electrónicos. Artículo 16 El departamento de comercio provincial revisará los datos electrónicos de las solicitudes de importación y exportación dentro de los 3 días siguientes a la fecha de recepción, si se cumplen las condiciones de la solicitud, se notificará al operador que presente materiales escritos en línea; , los motivos se explicarán en línea y se devolverán y volverán a declarar.
Artículo 17 Luego de recibir la notificación para presentar materiales escritos, el operador deberá presentar los siguientes materiales escritos al departamento de comercio provincial:
(1) Importación (o exportación) de precursores químicos firmados y sellados con sello oficial) Formulario de solicitud original;
(2) Copia del formulario de registro de operador de comercio exterior;
(3) Copia de la licencia comercial;
(4) Licencia o registro certificado para la producción, operación y compra de precursores químicos;
(5) Copia del contrato de importación y exportación (convenio);
(6) Copia del certificado de identidad del agente.
Al solicitar una licencia de exportación de precursores químicos, también debe presentar una copia del certificado de uso legal de precursores químicos emitido por el departamento gubernamental del importador o un documento de garantía del uso legal de precursores químicos por parte del importador. . Original.
Si hay alguna pregunta sobre las copias de los materiales especificados en este artículo, el departamento de comercio competente podrá exigir al operador que presente los originales de los materiales relevantes antes mencionados.
Si los materiales escritos están incompletos o no cumplen con la forma legal, el departamento de comercio provincial notificará al operador todo el contenido que necesita ser complementado y corregido dentro de los 5 días siguientes a la fecha de recepción de los materiales escritos. Si los materiales escritos no se notifican dentro del plazo, la solicitud será aceptada a partir de la fecha de recepción de los materiales escritos. Artículo 18 Al solicitar productos químicos precursores de Clase III en el Catálogo de Importación y Exportación que no requieren verificación internacional, el departamento de comercio provincial deberá, dentro de los 5 días a partir de la fecha de recepción de los materiales escritos completos y calificados, revisar la información presentada por el operador. Se revisan los materiales escritos y los datos electrónicos y se toma una decisión sobre si se concede o no el permiso.
Si se concede el permiso, el departamento de comercio provincial deberá emitir el "Formulario de aprobación para la importación (exportación) de artículos y tecnologías de doble uso" dentro del período anterior y enviar los datos electrónicos al Ministerio de Comercio para registro; si no se concede el permiso, el departamento de comercio provincial notificará al operador por escrito y explicará los motivos.