Red de conocimientos sobre prescripción popular - Cuidado de la salud en otoño - Interpretaciones del Tribunal Popular Supremo y la Fiscalía Popular Suprema sobre varias cuestiones relativas a la aplicación de la ley en la tramitación de casos de litigios de interés público (revisada en 2020)

Interpretaciones del Tribunal Popular Supremo y la Fiscalía Popular Suprema sobre varias cuestiones relativas a la aplicación de la ley en la tramitación de casos de litigios de interés público (revisada en 2020)

1. Disposiciones generales Artículo 1 Para aplicar correctamente las disposiciones de la "Ley Civil de la República Popular China", la "Ley de Procedimiento Civil de la República Popular China" y la "Ley de Procedimiento Administrativo de la República Popular China". "sobre el sistema de litigios de interés público iniciado por la Fiscalía Popular, combinado con el propio proceso procesal y la labor fiscal, Desarrollar esta interpretación. Artículo 2 Las principales tareas de los tribunales populares y las fiscalías populares en la tramitación de casos de litigios de interés público son ejercer plenamente sus funciones de supervisión judicial y jurídica, salvaguardar la autoridad jurídica de la Constitución, salvaguardar la equidad y la justicia sociales, salvaguardar los intereses nacionales y los derechos sociales. intereses públicos, e instar a los sujetos calificados a cumplir con la ley Ejercer el derecho a litigar en interés público y promover la administración conforme a la ley y la estricta aplicación de la ley. Artículo 3 Al tramitar casos de litigios de interés público, los tribunales populares y las fiscalías populares respetarán las disposiciones de la Constitución y las leyes, los principios del sistema de litigios y las normas de funcionamiento de los poderes judicial y fiscal. Artículo 4 Cuando la Fiscalía Popular, como fiscal de litigios de interés público, inicia un litigio de interés público, gozará de los derechos de litigio correspondientes y cumplirá las obligaciones de litigio correspondientes de conformidad con la Ley de Procedimiento Civil y la Ley de Procedimiento Administrativo, a menos que las leyes y los tribunales dispongan lo contrario. interpretaciones. Artículo 5 Los litigios civiles de interés público de primera instancia iniciados por la Fiscalía Popular municipal (prefectura) estarán bajo la jurisdicción del Tribunal Popular Intermedio del lugar donde se produjo la infracción o donde esté domiciliado el demandado.

Los litigios administrativos de interés público de primera instancia iniciados por la fiscalía popular de base estarán bajo la jurisdicción del tribunal popular de base donde se encuentre la agencia administrativa contra la cual se interpone la demanda. Artículo 6 Al tramitar casos de litigios de interés público, la Fiscalía Popular podrá investigar y recopilar pruebas de los organismos administrativos pertinentes, otras organizaciones y ciudadanos. Los organismos administrativos pertinentes, otras organizaciones y los ciudadanos cooperarán si es necesario tomar medidas de preservación de pruebas, que se manejarán de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Ley de Procedimiento Civil y la Ley de Procedimiento Administrativo. Artículo 7 El sistema de asesoría popular se aplicará a los juicios de litigios de interés público en primera instancia iniciados por la Fiscalía Popular. Artículo 8 Cuando el Tribunal Popular conozca de un litigio de interés público iniciado por la Fiscalía Popular, notificará la comparecencia a la Fiscalía Popular tres días antes de la audiencia.

La Fiscalía Popular enviará personal para comparecer ante el tribunal y presentará una notificación de envío del personal para comparecer ante el tribunal dentro de los tres días siguientes a la fecha de recepción de la notificación para comparecer ante el tribunal. El aviso de envío del personal para comparecer ante el tribunal deberá expresar el nombre, la condición jurídica y las funciones específicas que se desempeñarán ante el tribunal. Artículo 9 Los fiscales que comparezcan ante el tribunal desempeñarán las siguientes funciones:

(1) Leer el auto de procesamiento del litigio de interés público;

(2) Presentar y explicar las pruebas recabadas por el Tribunal Popular. Fiscalizar y analizar las pruebas pertinentes. Realizar contrainterrogatorios;

(3) Participar en investigaciones judiciales, debates y expresar opiniones;

(4) Participar en otras actividades de litigio de conformidad con la ley. Artículo 10 Si la Fiscalía Popular no está satisfecha con la sentencia o fallo del Tribunal Popular de primera instancia, podrá apelar ante el Tribunal Popular del nivel inmediatamente superior. Artículo 11 Cuando el Tribunal Popular conozca un caso de segunda instancia, la Fiscalía Popular que inició el litigio de interés público enviará personal para comparecer ante el tribunal, y la Fiscalía Popular de nivel superior también podrá enviar personal para participar. Artículo 12 Si la sentencia o fallo de un litigio de interés público iniciado por la Fiscalía Popular adquiere fuerza legal y el demandado no cumple, el Tribunal Popular la transferirá para su ejecución. dos. Litigio de interés público civil Artículo 13: La Fiscalía Popular descubre en el desempeño de sus funciones cualquier comportamiento que dañe el medio ambiente ecológico y la protección de los recursos, infrinja los derechos e intereses legítimos de muchos consumidores en el campo de la seguridad de alimentos y medicamentos, o infrinja los nombres, retratos, reputaciones, honores, etc. de los héroes y mártires, y los planes de interponer una demanda en litigios de interés público se anunciarán de conformidad con la ley, y el plazo de anuncio será de 30 días.

Si los órganos, organizaciones pertinentes, héroes, mártires y otros familiares cercanos prescritos por la ley no presentan una demanda después de que expire el período de anuncio, la Fiscalía Popular puede presentar una demanda ante el Tribunal Popular.

La Fiscalía Popular también puede consultar directamente a los familiares cercanos de héroes y mártires cuando maneje casos de litigios de interés público civil que infrinjan los nombres, retratos, reputaciones y honores de héroes y mártires. Artículo 14 Cuando la Fiscalía Popular inicie un litigio de interés público civil, deberá presentar los siguientes materiales:

(1) Acusación de litigio de interés público civil y presentar copias según el número de imputados;

(2) Demandados La conducta perjudicó el interés público;

(3) Prueba de que se han completado los procedimientos de anuncio y se han solicitado las opiniones de familiares cercanos de héroes y mártires.

Artículo 15 La Fiscalía Popular inicia un litigio de interés público civil de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 2 del artículo 55 de la Ley de Procedimiento Civil, que cumple con los párrafos 2, 3 y 4 del artículo 119 de la Ley de Procedimiento Civil y esta Interpretación Si el Si se especifican las condiciones para el procesamiento, el tribunal popular archivará y registrará el caso. Artículo 16 Si el demandado presenta una reconvención en un litigio de interés público civil iniciado por la Fiscalía Popular, el Tribunal Popular no aceptará el caso. Artículo 17 Después de que el Tribunal Popular acepte un caso de litigio de interés público civil presentado por la Fiscalía Popular, entregará una copia de la acusación al acusado dentro de los cinco días siguientes a la fecha de presentación del caso.

Si la Fiscalía Popular ha completado el procedimiento de anuncio previo al litigio, el Tribunal Popular ya no hará ningún anuncio después de presentar el caso. Artículo 18 Si el Tribunal Popular considera que las demandas judiciales presentadas por la Fiscalía Popular son insuficientes para proteger los intereses sociales y públicos, podrá explicar a la Fiscalía Popular que las demandas judiciales por el cese de la infracción, el restablecimiento del estatus original, etc., pueden ser modificado o añadido. Artículo 19 Durante el juicio de un litigio de interés público civil, si la Fiscalía Popular retira la acusación después de que se hayan realizado todas las reclamaciones del litigio, el Tribunal Popular lo permitirá. Artículo 20: Cuando la Fiscalía Popular inicie un proceso penal por actos delictivos que dañen el medio ambiente ecológico y la protección de los recursos, infrinjan los derechos e intereses legítimos de muchos consumidores en el campo de la seguridad de los alimentos y medicamentos, o infrinjan los nombres, retratos, reputaciones y honores de héroes y mártires, podrán presentar casos incidentales ante el Tribunal Popular. Los litigios civiles de interés público serán conocidos por el mismo órgano judicial del Tribunal Popular.

Los litigios incidentales penales de interés público civil iniciados por la Fiscalía Popular estarán bajo la jurisdicción del Tribunal Popular que conoce de las causas penales.