Red de conocimientos sobre prescripción popular - Cuidado de la salud en otoño - ¿Qué enfermedades impiden que las personas obtengan un certificado de cualificación docente?

¿Qué enfermedades impiden que las personas obtengan un certificado de cualificación docente?

Hola, la Educación Pública de China te dará la respuesta:

Estándares de examen físico para solicitantes de títulos docentes:

Artículo 1: Cardiopatía reumática, miocardiopatía, enfermedad coronaria, cardiopatía congénita, etc. La enfermedad cardíaca cualitativa falla. Son elegibles aquellos con enfermedades cardíacas congénitas que no requieren cirugía o se curan con cirugía.

Si se presenta alguna de las siguientes condiciones, se descarta la enfermedad y se califica al paciente:

(1) Hay un soplo a la auscultación cardíaca;

>(2) Contracciones prematuras frecuentes;

(3) Frecuencia cardíaca inferior a 50 latidos por minuto o superior a 110 latidos

(4) Otras condiciones de electrocardiograma anormal;

La segunda presión arterial se califica si se encuentra dentro del siguiente rango: la presión arterial sistólica es inferior a 140 mmHg; la presión arterial diastólica es inferior a 90 mmHg.

Artículo 3: Enfermedades del sistema sanguíneo, inhabilitación. Para la anemia simple por deficiencia de hierro, si la hemoglobina es superior a 90 g/L en hombres y 80 g/L en mujeres, está calificada.

Artículo 4: La tuberculosis no está calificada. Sin embargo, se califican las siguientes condiciones:

(1) Tuberculosis primaria, tuberculosis secundaria, pleuresía tuberculosa, el período estable después de la curación clínica es de 65438 ± 0 años;

( 2) Extrapulmonar tuberculosis: tuberculosis renal, tuberculosis ósea, tuberculosis peritoneal, tuberculosis ganglionar, etc. , no hubo recurrencia 2 años después de la curación clínica y no hubo cambios después del examen en un hospital especializado.

Artículo 5: Bronquitis crónica acompañada de enfisema obstructivo y bronquiectasias graves

Dilatación, asma bronquial grave, sin calificar.

Artículo 6: No se califican la pancreatitis crónica, la colitis ulcerosa, la enfermedad de Crohn y otras enfermedades crónicas graves del sistema digestivo. Están calificados aquellos que no presentan complicaciones graves después de la gastrectomía subtotal.

Artículo 7: Son incalificados todos los tipos de hepatitis aguda y crónica y cirrosis.

Artículo 8: Tumor maligno, sin calificar.

Artículo 9: No se califican la nefritis, la pielonefritis crónica, la poliquistosis renal y la insuficiencia renal crónica causadas por diversas causas.

Artículo 10: No están calificados los pacientes diabéticos con daños severos en la función del corazón, cerebro, riñón, ojos, circulación periférica y otros órganos, así como enfermedades del sistema endocrino como diabetes insípida y acromegalia. . Están calificados aquellos que no presentan síntomas ni signos 1 año después de la curación del hipertiroidismo.

Artículo 11: Quienes tengan antecedentes de epilepsia, psicosis, histeria, sonambulismo nocturno, neurosis graves (dolores de cabeza frecuentes, mareos, insomnio, pérdida manifiesta de memoria, etc.). ), mientras que el abuso y la dependencia de sustancias psicoactivas no son elegibles.

Artículo 12: Calificados lupus eritematoso, dermatomiositis, polimiositis, esclerodermia, poliarteritis nudosa, artritis reumatoide y otras enfermedades difusas del tejido conectivo, arteritis de Takayasu, etc.

Artículo 13: Se descalifican la esquistosomiasis tardía y la filariasis tardía acompañada de hinchazón gomosa o quiluria.

Artículo 14: Se descalifican los defectos del cráneo, los cuerpos extraños intracraneales, las malformaciones cerebrales y el síndrome postraumático.

Artículo 15: Osteomielitis crónica grave, descalificado.

Bocio simple de decimosexto grado, no calificado.

Artículo 17: No se califican cálculos biliares ni cálculos obstructivos del tracto urinario.

Artículo 18: Se descalifican la gonorrea, la sífilis, el chancroide, el linfogranuloma venéreo, el condiloma acuminado, el herpes genital y el SIDA.

Artículo 19: Aquellos cuya agudeza visual corregida en ambos ojos sea inferior a 4,8 (agudeza visual decimal 0,6), cuya agudeza visual corregida en un ojo sea inferior a 4,9 (agudeza visual decimal 0,8), o que tengan discapacidad visual evidente será descalificado.

Artículo 20 Las personas con pruebas de visión cromática anormales no podrán ejercer puestos docentes en arte, química, biología, etc. que utilicen el color como indicadores técnicos y datos experimentales. Las personas con daltonismo o debilidad por colores no son aptas para postularse para jardín de infantes, educación especial o calificaciones profesionales relacionadas como docentes.

Artículo 21: Serán descalificados quienes tengan discapacidad auditiva en ambos oídos y no puedan oír el habla normal a menos de 2 metros de ambos oídos utilizando dispositivos auditivos artificiales.

Artículo 22: Serán descalificados quienes presenten tartamudez severa, articulación poco clara, ronquera persistente, pérdida de la voz y defectos físicos en la cavidad bucal que dificulten la pronunciación.

Artículo 23: Para quienes soliciten la calificación de maestro de jardín de infantes, se agregan elementos de inspección adicionales para gonococos, Treponema pallidum y Trichomonas vaginalis (los dos últimos se refieren a ginecología) como resultados positivos. los síntomas respiratorios requieren una radiografía de tórax.

Artículo 24: No se califican otras enfermedades graves que no estén incluidas en las normas de examen físico y afecten el normal desempeño de las funciones.