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Medidas para el manejo de la amplificación clínica de genes en instituciones médicas

Análisis legal: Las medidas de gestión para los laboratorios clínicos de amplificación genética en instituciones médicas son las siguientes: 1. Con el fin de estandarizar la gestión de los laboratorios de amplificación clínica de genes en las instituciones médicas, garantizar la calidad de las pruebas de amplificación clínica de genes y la bioseguridad de los laboratorios, y garantizar la cientificidad y racionalidad del diagnóstico y tratamiento clínicos, de conformidad con el "Reglamento sobre la Administración de Servicios Médicos". Instituciones Médicas” y “Gestión de Laboratorios Clínicos de Instituciones Médicas”, “Medidas” y “Medidas para la Administración de Aplicación Clínica de Tecnología Médica” para formular las presentes Medidas. 2. Los laboratorios clínicos de amplificación de genes se refieren a laboratorios que detectan ADN o ARN específicos mediante amplificación para realizar diagnósticos de enfermedades, seguimiento del tratamiento y juicio de pronóstico. Las instituciones médicas deben tener una gestión centralizada y unificada. 3. Este método se aplica a instituciones médicas que llevan a cabo tecnología de pruebas clínicas de amplificación de genes. 4. El Ministerio de Salud es responsable de la supervisión y gestión de los laboratorios clínicos de amplificación genética en las instituciones médicas de todo el país. Los departamentos administrativos de salud provinciales son responsables de la supervisión y gestión de los laboratorios clínicos de amplificación genética de las instituciones médicas dentro de sus respectivas regiones administrativas. 5. Los proyectos de pruebas de amplificación genética con fines de investigación científica no emitirán informes de pruebas para ensayos clínicos y no cobrarán honorarios a los pacientes.

Base jurídica: "Reglamento sobre la gestión de instituciones médicas"

Artículo 6. El departamento administrativo de salud del gobierno popular local a nivel de condado o superior se basará en la población y los recursos médicos. , necesidades médicas y distribución de las instituciones médicas existentes Según la situación, formular un plan para el establecimiento de instituciones médicas en esta región administrativa.

Los gobiernos, las empresas y las instituciones públicas pueden crear instituciones médicas según sea necesario e incorporarlas en la planificación de las instituciones médicas locales.

Artículo 7 Los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior incorporarán planes para el establecimiento de instituciones médicas en los planes de desarrollo de salud regionales locales y en los planes generales para la construcción y el desarrollo urbano y rural.

Artículo 8 El establecimiento de instituciones médicas deberá cumplir con el plan de establecimiento de instituciones médicas y los estándares básicos de las instituciones médicas. Las normas básicas para las instituciones médicas las formula el departamento administrativo de salud del Consejo de Estado.

Artículo 9 Cuando una entidad o individuo establece una institución médica, debe ser aprobada por el departamento administrativo de salud del gobierno popular local a nivel de condado o superior y obtener una "Aprobación para el establecimiento de una institución médica". Institución". [1]

Artículo 10 Al solicitar el establecimiento de una institución médica, se deberán presentar los siguientes documentos: (1) Solicitud de establecimiento (2) Informe del estudio de viabilidad (3) Informe de selección del sitio y plan de diseño arquitectónico; .

(1) Las instituciones médicas sin camas o con menos de 100 camas deberán solicitarlo al departamento administrativo de salud del gobierno popular local a nivel de condado. (2) Las instituciones médicas y hospitales especializados con más de 100 camas se aplicarán de acuerdo con los reglamentos del departamento administrativo de salud del gobierno popular provincial.

Artículo 12 El departamento administrativo de salud del gobierno popular local a nivel de condado o superior deberá dar una respuesta por escrito de aprobación o desaprobación dentro de los 30 días a partir de la fecha de aceptación de la solicitud de establecimiento si el establecimiento es; aprobada, se emitirá la "Carta de Aprobación".

Artículo 13 Las instituciones médicas bajo planificación nacional unificada serán decididas por el departamento administrativo de salud del Consejo de Estado.

Artículo 14 Las agencias, empresas e instituciones establecerán departamentos, clínicas y clínicas (salas) de salud para pacientes ambulatorios de acuerdo con los estándares básicos de las instituciones médicas nacionales para atender al personal interno de la unidad e informar a el departamento administrativo de salud del gobierno popular local a nivel de condado Presentación.