Lista de estándares de discapacidad de diez niveles
Los estándares de discapacidad de nivel 10 son los siguientes:
1) Quienes cumplan con uno de los estándares de desfiguración moderada.
2) Cicatrices faciales, injertos de piel, extraños; pigmentos ¿El depósito o pérdida es mayor a 2cm?;
3) El área de la cicatriz en todo el cuerpo es menor a 5, pero mayor o igual a 1;
4) Postraumático artrosis espinal con lumbalgia en el segmento lesionado, menores de 50 años
5) Aquellos con hernia discal juvenil que no hayan sido sometidos a cirugía
6) La interfalángica distal; Se disloca la articulación de cualquier dedo excepto el pulgar. Alteración o pérdida de función, etc.
Base legal:
"Clasificación de los grados de invalidez de las lesiones humanas"
Artículo 4 Clasificación de los grados de invalidez Esta norma divide el grado de invalidez de las lesiones humanas en 10 niveles, desde el nivel uno (la tasa de discapacidad del cuerpo humano es 100) hasta el nivel diez (la tasa de discapacidad del cuerpo humano es 10), la tasa de discapacidad de cada nivel difiere en 10. Consulte el Apéndice A para conocer las bases para clasificar los niveles de discapacidad.
Artículo 5
Se clasifica como lesión laboral nivel 10 a quien cumpla con el 5.10.1 o una de las siguientes cláusulas.
1) Quienes cumplan alguno de los criterios de desfiguración moderada
2) Cicatrices faciales, injertos de piel, pigmentación de cuerpo extraño o pérdida > 2cm2; 3) Área de cicatriz en todo el cuerpo <5, pero ≥1;
4) Traumatismo agudo que provoca hernia del núcleo pulposo del disco intervertebral, acompañado de signos de irritación nerviosa;
5) Extirpación de un dedo Fuera del pulgar, la articulación interfalángica distal de cualquier dedo está cortada o ha perdido su función;
6) Injerto de piel en la punta de los dedos (cicatriz hipertrófica de más de 1 cm2);
7) Injerto de piel en dorso de la mano Área >50cm2, con cicatrices evidentes;
8) Injerto de piel en zona de palmas y plantas >30;
9) Excepto las grandes dedo del pie, falta el segmento distal de algún dedo;
10) Zona de injerto de piel en el dorso del pie gt; l00cm2
11) Personas con lesiones de menisco o cruzado de rodilla; lesiones de ligamentos que no se han sometido a cirugía
12 ) Sin deterioro funcional o deterioro funcional leve después de que las fracturas en varias partes del cuerpo hayan sanado;
13) El deterioro funcional leve persiste después de la curación; el desgarro de tendones y ligamentos de las grandes articulaciones de las extremidades;
14) Aquellos con daño cutáneo crónico por radiación de grado II o superior en una o ambas manos;
15) Los corregidos la agudeza visual de un ojo es ≤0,5 y la agudeza visual corregida del otro es ≥0,8;
16) Ambos ojos Agudeza visual corregida ≤0,8
17) Uno o ambos; los lados del ectropión o cierre incompleto del párpado necesitan corrección después de la cirugía plástica
18) Ptosis del párpado y pupila 1/ 3. Aquellos que se sometieron a corrección después de la cirugía plástica
19) Aquellos cuyos; blefarofarosis afectada de rotación del globo ocular se sometió a corrección después de cirugía plástica 20) aquellos que se sometieron a seguimiento de lentes intraoculares después de cirugía de cataratas ocupacionales y traumáticas, aquellos con visión normal corregida
21) Cataratas ocupacionales y traumáticas de 1º a 2º; grado (o leve o moderado), aquellos con visión normal corregida.
22) Dislocación parcial del cristalino;
23) No se ha eliminado el cuerpo extraño en la órbita;
24) El cuerpo extraño en el globo ocular no ha sido eliminado;
25) Dilatación pupilar traumática;
26) Aquellos que se han recuperado de lesiones penetrantes corneales y esclerales;
27) Pérdida de audición en ambos oídos ≥26 dB, o en un oído ≥56 dB;
28) Pérdida de función vestibular bilateral, incapaz de permanecer de pie con los ojos cerrados
>29 Rinopatía por cromo (asintomática);
30) Pérdida del olfato
31) Extracción de muelas del juicio Excepto por la pérdida de uno o más incisivos o más de otros dos dientes;
32) Anquilosis de la articulación temporomandibular de un lado, dificultad para abrir la boca I grado;
33) Senos o mejillas Hay un cuerpo extraño que no ha sido extraído; p>
34) Atresia unilateral de cavidad nasal o fosa nasal;
35) Perforación del tabique nasal;
36) Parálisis facial incompleta de un lado;
37) Después del drenaje cerrado simple de sangre y neumotórax, las adherencias pleurales se espesaron;
38) Después del tratamiento conservador de la contusión y laceración de órganos abdominales;
39) Reparación mamaria postoperatoria; >
40) Reducción leve de la función inmune causada por daño por radiación
41) Intoxicación crónica leve por fósforo
42) Intoxicación crónica leve por fluoruro y otros compuestos inorgánicos;
43) Bursitis de trabajadores subterráneos;
44) Osteonecrosis por descompresión en estadio I;
45) Erosión dental de primer grado.
46) Las enfermedades profesionales de la piel no se pueden curar con un tratamiento prolongado.
Reglamento del Seguro de Accidentes de Trabajo
Artículo 17 Si un trabajador resulta lesionado en accidente o es diagnosticado o identificado como enfermedad profesional de acuerdo con lo establecido en el Código de Prevención de Enfermedades Profesionales y Ley de Control, la unidad donde labore deberá presentar a partir de la fecha del accidente o lesión dentro de los 30 días siguientes a la fecha de su diagnóstico e identificación como enfermedad profesional, la solicitud de reconocimiento de lesión laboral. el departamento administrativo regional coordinador del seguro social. En caso de circunstancias especiales, el plazo de solicitud podrá ampliarse adecuadamente con el consentimiento del departamento administrativo de la seguridad social.
Si el empleador no presenta la solicitud de reconocimiento de accidentes de trabajo de conformidad con lo previsto en el párrafo anterior, el trabajador sindical o sus familiares próximos o la organización sindical podrán presentar directamente una reclamación en el plazo de 1 año a partir de la fecha de la lesión por accidente o de la fecha del diagnóstico o identificación de una enfermedad profesional Presentar una solicitud de reconocimiento de lesión relacionada con el trabajo ante el departamento administrativo del seguro social en el área coordinadora donde se encuentra el empleador.
Los asuntos que deban ser determinados por el departamento administrativo provincial del seguro social de conformidad con el primer párrafo de este artículo serán tratados por el departamento administrativo municipal del distrito del seguro social donde esté ubicado el empleador con base en el principio territorial. El empleador no presenta una solicitud de identificación de lesiones relacionadas con el trabajo dentro del plazo especificado en el párrafo 1 de este artículo. Durante este período, el empleador correrá con los gastos pertinentes, como las prestaciones por lesiones relacionadas con el trabajo que cumplan con las disposiciones de estos. regulaciones.