La base para el período de uso prescrito de los preparados en instituciones médicas es la siguiente:
Los "preparados de instituciones médicas" se refieren a preparados de prescripción fija preparados por instituciones médicas en función de las necesidades clínicas de la unidad con aprobación y para uso de la unidad. No se permite la comercialización de preparados en instituciones médicas.
Reglamento sobre el uso de preparados en instituciones médicas:
1. Los preparados preparados por instituciones médicas deben someterse a una inspección de calidad de acuerdo con la normativa.
2. Estar calificado y contar con receta médica de un médico practicante de esta institución médica.
3. No se venderá en el mercado ni disfrazado, ni se anunciarán preparados en instituciones médicas.
4. Con la aprobación del Consejo de Estado o del departamento regulador de medicamentos del gobierno popular de una provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central, se puede utilizar entre instituciones médicas designadas.
5. La preparación de preparados especiales especificados por el Departamento de Administración y Supervisión de Medicamentos del Consejo de Estado y la preparación de preparados por parte de instituciones médicas en todas las provincias, regiones autónomas y municipios deben ser aprobados por el Departamento de Supervisión y Administración de Medicamentos. Departamento de Administración del Consejo de Estado.
Preparación de instituciones médicas:
1. Permiso: Las instituciones médicas que preparen preparados farmacéuticos deben obtener la aprobación del departamento administrativo de salud del gobierno popular de la provincia, región autónoma o municipio donde se encuentre. están ubicados y deben obtener la aprobación de la región provincial o autónoma, el departamento de regulación de medicamentos del gobierno popular municipal aprobó y emitió una "Licencia de preparación de instituciones médicas". No se permite ninguna preparación sin una "Licencia de Preparación de Institución Médica".
La “Licencia de Preparación de Institución Médica” tiene una vigencia de cinco años.
2. Aprobación de la variedad: debe ser una variedad que no esté disponible en el mercado y que sea clínicamente necesaria para la unidad, y que solo pueda formularse después de la aprobación del departamento de regulación de medicamentos del gobierno popular del país. provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central.
3. Gestión de uso: Utilizar según prescripción médica en esta institución médica. En circunstancias especiales, con la aprobación del departamento de reglamentación de medicamentos del Consejo de Estado o del gobierno popular de una provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central, los preparados preparados por instituciones médicas pueden utilizarse entre instituciones médicas designadas. Los preparados preparados por instituciones médicas no se venderán en el mercado.
4. Características: Tiene las características tanto de empresas fabricantes de productos farmacéuticos como de empresas operativas farmacéuticas.
El ejemplo 1 no es un problema. Los preparados producidos por instituciones médicas pueden venderse en el mercado.
La respuesta es incorrecta. Análisis: Los "preparados de instituciones médicas" se refieren a los preparados de prescripción fija preparados por instituciones médicas en función de las necesidades clínicas de la unidad y utilizados por la unidad. No se permite la comercialización de preparados en instituciones médicas.
Ejemplo 2 Una de las condiciones necesarias para que las instituciones médicas preparen preparados es que deben obtenerlos de acuerdo con la ley ().
A. Licencia de Preparación b. Licencia de Preparación para Instituciones Médicas
C. Licencia de Preparación para Instituciones Médicas
Análisis: Instituciones Médicas en preparación. Los preparativos deben obtener una "Licencia de preparación de instituciones médicas".