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Sistema de atención de urgencias al paciente crítico

1. Cuando los pacientes en estado crítico necesiten ser rescatados, deben notificarlo al médico de inmediato. 2. Antes de la llegada del médico, el personal de enfermería no debe abandonar al paciente y debe proporcionar inmediatamente medidas de primeros auxilios según la afección, incluida la inhalación de oxígeno, la succión de esputo, la medición de la presión arterial, el establecimiento de un acceso intravenoso, la respiración artificial, las compresiones torácicas, Monitorización de ECG, compatibilidad sanguínea y hemostasia.

Base jurídica:

Reglamento sobre la gestión de instituciones médicas

Artículo 6 El departamento administrativo de salud del gobierno popular local a nivel de condado o superior deberá, basado en la población, los recursos médicos, las necesidades médicas y basado en la distribución de las instituciones médicas existentes, formular un plan para el establecimiento de instituciones médicas en la región administrativa.

Los gobiernos, las empresas y las instituciones públicas pueden crear instituciones médicas según sea necesario e incorporarlas en la planificación de las instituciones médicas locales.

Artículo 8 El establecimiento de instituciones médicas deberá cumplir con el plan de establecimiento de instituciones médicas y los estándares básicos de las instituciones médicas.

Los estándares básicos para las instituciones médicas son formulados por el departamento administrativo de salud del Consejo de Estado.

Artículo 9: Cualquier unidad o individuo que establezca una institución médica debe obtener la aprobación del departamento administrativo de salud del gobierno popular local a nivel de condado o superior y obtener una "Aprobación para el establecimiento de una institución médica". ".

Artículo 40 Los departamentos administrativos de salud de los gobiernos populares a nivel de condado o superior ejercerán las siguientes facultades de supervisión y gestión:

(1) Responsable de la aprobación, registro de prácticas y verificación del establecimiento de instituciones médicas;

(2) Inspeccionar y orientar las actividades prácticas de las instituciones médicas;

(3) Responsable de organizar la evaluación de las instituciones médicas;

(4) Sancionar las infracciones a estas normas.