¿Cómo gestionar las recetas y recetas externas de medicamentos Clase A y B en los seguros médicos?
Una es estandarizar las recetas para uso externo, es decir, las recetas para uso externo deben ser emitidas por un médico en una institución médica designada, con la firma del médico y un sello especial de la institución médica designada.
En segundo lugar, para evitar que las instituciones médicas designadas "monopolicen" la dispensación de recetas, es necesario dejar claro si los asegurados pueden recetar recetas fuera del hogar. Esto no lo deciden las instituciones médicas designadas, sino el propio asegurado. asegurado, es decir, una vez que el asegurado manifieste su voluntad de dispensar recetas en el exterior, la institución médica designada deberá sellar inmediatamente el certificado para acreditarlo.
El tercero es la revisión estricta de las recetas, es decir, las farmacias minoristas designadas deben seguir estrictamente la revisión, la fórmula y los procedimientos de revisión para dispensar las recetas. Los farmacéuticos de las farmacias minoristas designadas no pueden distribuir medicamentos sin verificación y firma, y deben conservar las recetas durante más de dos años para referencia futura.
Sistema de gestión de recetas de seguros médicos del Departamento de Seguro Médico del Hospital:
1. Todas las recetas de medicamentos del seguro médico solo pueden emitirse después de la aprobación del director a cargo del negocio.
2. La receta debe estar escrita a bolígrafo, completa en ítems, con letra clara y firmada por el médico. Si se requieren cambios, el médico debe aprobarlos.
3. El personal de farmacia tiene derecho a devolver las recetas que no cumplan los requisitos o sean incompatibles.
4. Cada prescripción está limitada a tres días y no puede exceder de cinco medicamentos. Se implementa una gestión del límite de prescripción para enfermedades crónicas.
5. Las recetas de venenos, anestésicos y medicamentos de efecto limitado deben utilizar prescripciones especiales y la dosis no debe exceder la dosis comúnmente prescrita.
6. La receta es válida el mismo día. Si se supera el plazo, un médico deberá volver a prescribirlo antes de poder dispensarlo.
7. Las recetas deben encuadernarse en un libro todos los días, contabilizarse el número y cantidad de recetas, y mensualmente deben envasarse y almacenarse. Las recetas generales se conservan por un año, las de anestésicos por tres años y las de tóxicos y psicotrópicos por dos años.